RODRIGO FUENMAYOR, UN ARBITRISTA DEL SIGLO XVII
 
 
 
 
 
 
 
 
 

INDICE GENERAL

I.- PRESENTACION..........................................................................................p. 2

II.- EL HOMBRE Y SU ENTORNO VITAL...........................................p. 8

II.1.- La trama del ascenso social.....................................................p. 8

II.2.- LA aventura cortesana................................................................p. 17

II.3.- La práctica política: el motín de 1665...........................p. 30

III.- EL CONTEXTO INTELECTUAL DE DON RODRIGO................p. 61

III.1.- El pensamiento político europeo en los siglos XVI y XVII........p. 61

1.- La herencia de la Edad Media.............................................p. 61

2.- La justificación del Absolutismo en el siglo XVI.......p. 63

3.-El pensamiento utópico en el Renacimiento...............p. 65

4.-La teoría política del Barroco y la apología del Estado Absoluto.p. 68

5.- La aportación del protestantismo moderado...........p. 69

6.- El ideario popular extremista.............................................p. 70

7.- El ius gentium y el derecho natural..............................p. 71

III.2.- El arbitrismo castellano del Siglo de Oro..................p. 73

IV.- EL PENSAMIENTO POLITICO DE DON RODRIGO...........Ö....p. 86

IV.1.- Las propuestas............................................................................Ö.....p. 86

1.- Objetivos..............................................................................................p. 86

2.- Fundamentos teóricos...............................................................p. 90

3.- Programa de acción....................................................................p. 95

IV.2.- Las ideas...........................................................................................Ö.p. 99

1.- La concepción del poder monárquico...........................p. 99

2.- El buen ministro.........................................................................p. 103

3.- La decadencia de Castilla......................................................p. 106

V.- ESTUDIO DIPLOMATICO...................................................................p. 109

VI.- CRITERIOS DE EDICION..................................................................p. 113

VII.- EDICION CRITICA DEL MEMORIAL...................................p. 115

VIII.- BIBLIOGRAFIA DE REFERENCIA...........................................p.147

VIII.1.- Criterios de selección..........................................................p.147
VIII.2.- Bibliografía..................................................................................p. 149
 
 

I.- PRESENTACION

Rodrigo de Fuenmayor y Salcedo vino al mundo en Calahorra en 1594, marchó joven a la Corte siguiendo los pasos de varios parientes bien situados en la Administración real, pero lejos de iniciar una carrera funcionarial ordinaria, la vida le condujo por otros derroteros bien distintos. Fue procesado tres veces, encarcelado dos y desterrado otras tantas, ejerció como arbitrista e intelectual aficionado y, ya en la recta final de su vida, participó en la política activa de su pueblo, organizando un motín antioligárquico. Una vida ciertamente atípica, pero no tanto como podría pensarse a simple vista. En realidad, don Rodrigo ejemplifica lo que podríamos llamar un hombre comprometido según los parámetros del siglo XVII y, por supuesto, no fue el único. Vivió la vida intensamente y, como dijera mucho tiempo después Kipling, ni los éxitos ni los fracasos le hicieron cambiar el paso.

A través de su biografía y de una parte escasa de su obra que ha llegado hasta nosotros podemos rastrear el latido del corazón de la España del siglo de Oro: la vida picaresca y corrupta de la Corte; las injusticias de las oligarquías locales y la resistencia popular a admitirlas; el sentimiento de introspección colectiva, como dijera Elliot, al que condujo la evidencia del declinar político y económico de Castilla; el revulsivo social que supuso América y la burguesía en la sociedad Castellana; el pensamiento político y económico de la época; entre otras muchas cosas. Como puede verse, don Rodrigo, pese a ser un personaje extraño y, desde luego, completamente desconocido hasta el presente, es un modelo historiográfico de primer orden para entender su tiempo.

Hombre contradictorio y apasionado hasta la imprudencia, capaz de llevar una vida de rentista alternada con la más pura delincuencia y, a la par, sostener ideas políticas y sociales de un populismo radical, ejemplifica también muchas de las contradicciones con las que vivía la sociedad española de la época.

Seguro que él hubiese juzgado su vida de otro modo, pero para la historia hizo dos cosas importantes, y ambas son el objeto central de este trabajo. La primera fue escribir, hacia 1634, un memorial al rey proponiendo un sistema mediante el cual se expropiarían todos los títulos de deuda pública -los juros, como se conocían en la época- con el objeto de sanear la Hacienda Real y, de ese modo, fortalecer militarmente al reino y reducir la presión fiscal sobre su población. La segunda fue, al contrario que la mayoría de los intelectuales metidos a políticos, intentar poner en práctica sus ideas en cuanto tuvo ocasión de hacerlo. Para ello no dudó en provocar en 1665 una sublevación popular antioligárquica en Calahorra, sin duda uno de los movimientos sociales más interesantes de toda la Edad Moderna castellana.

Una valoración objetiva no podría ser más pesimista: el memorial fue absolutamente ignorado por sus destinatarios y el motín, además de fracasar, arruinó la vida a media población de Calahorra, incluido el propio don Rodrigo. Sin embargo, el tiempo difumina el lado trágico que todo fracaso conlleva y, por el contrario, ensalza sus aspectos épicos. El fracaso político e intelectual de don Rodrigo no nos transmite, al menos no ha sido así en mi caso, un mensaje de pesimismo. Antes creo que sus andanzas y pensamientos suponen un acicate intelectual, amén de cierto grado de amenidad literaria, siempre de agradecer.

Este trabajo tiene, en cualquier caso, unos objetivos humildes: dar a conocer a un hombre y su pensamiento político, uno de aquellos a quienes, despectivamente, se llamaba arbitristas, asÌ como sacar a la luz un documento inÈdito hasta el momento y la informaciÛn que puede permitir su estudio desde perspectivas m·s ambiciosas o simplemente distintas. El memorial que elevó a la Corte es, desde luego, el n_cleo central de la obra y podría dar lugar a un estudio mucho más profundo desde Ûpticas diferentes a la que yo he adoptado. A mí me ha interesado más reconstruir al personaje imbricándolo en todos aquellos ámbitos en los que se desenvolvió: el pensamiento político de la época, especialmente el castellano, su familia y los conflictos antioligárquicos de Calahorra en los que tomÛ parte.

II.- EL HOMBRE Y SU ENTORNO VITAL

II.1.- LA TRAMA DEL ASCENSO SOCIAL

Nació Rodrigo en Calahorra durante el invierno de 1594 y le bautizaron un 10 de noviembre. Unos meses después de que Enrique IV de Borbón abjuraba de su religión y dijera, según cuentan, aquello de que París bien vale una misa, su padre, Rui Díaz, abjurÛ de sus apellidos, que eran a la sazón Díaz Grávalos, y bautizó a su hijo con el pomposo nombre de Rodrigo de Fuenmayor y Salcedo, apellidos con abundantes hidalgos e incluso algún señor de vasallos entre sus filas.

Era esta una práctica común y que no vulneraba, además, precepto legal explícito alguno. Durante siglos los apellidos no habían sido otra cosa que un instrumento que identificaba al individuo dentro de su comunidad, sin que hubiese criterio jurídico alguno que los regulara, de ahí que la gente se apellidase con el nombre del pueblo de donde procedía, por su oficio o el de su padre o incluso que tomase por apellido el apodo por el que era conocida su familia. Era frecuente que cada hermano adoptase apellidos diferentes, e incluso que una misma persona tomase un apellido distinto según el momento y el lugar adonde le llevara la vida. De todos modos, la nobleza, que fundamentaba sus privilegios en la herencia, trataba de imponer la costumbre de adoptar el apellido del padre y de la madre, por este orden, con el fin de impedir casos de pura y simple falsificación de antepasados, como acababa de suceder con el pequeño Rodrigo.

Aquel niño iba a ser contemporáneo de la generación cumbre de la cultura española, por aquellos años nacían también Zurbarán, Velázquez, Calderón, Gracián, Ribera; y Quevedo o Ruiz de Alarcón eran aún cualquiera de esos chiquillos anónimos que corrían por las calles. También lo era de los hombres que iban a dirigir el país en sus últimos momentos de grandeza: el Conde-duque de Olivares tenía siete años. El esplendor cultural coincidía con la agonía del sueño imperial de los reyes de España: aquel mismo año, 1594, las tropas españolas abandonaban París y Enrique de Navarra, o de Borbón, el calvinista, el feroz enemigo de España, se hacía coronar rey en Notre Dame de París, unos meses después declararía la guerra. También aquel año moría en Arrás Alejandro Farnesio, el último de los grandes generales victoriosos del ejército español, y con él también la esperanza de someter militarmente a los rebeldes de Holanda.

El declive de Castilla, el corazón militar y económico de la Monarquía, era ya un hecho constatado y daría lugar a toda una literatura política, el arbitrismo, en la que personajes de todo tipo se preguntarían durante décadas por los males de la patria y propondrían soluciones de la más variada índole, sin descartar un buen número de simples majaderías. Don Rodrigo iba a ser uno de ellos.

Dicen que cuando un niño nace sólo tiene futuro, pero no es cierto. La verdad es la contraria: sólo tiene pasado; y su presente no es otra cosa que la memoria y el esfuerzo de sus predecesores. La historia de aquel niño había comenzado a fraguarse muchos años atrás y pesaría sobre él como una losa a lo largo de toda su vida, abriéndole unas puertas, cerrándole otras y convirtiéndole en blanco de la inquina de todo un grupo social en declive: los viejos hidalgos de sangre del pueblo riojano donde había nacido.

Cien años antes de que Rodrigo naciera, más o menos cuando llegaron a Calahorra las primeras noticias de que un tal Colón había descubierto una nueva ruta para las Indias, su bisabuelo regentaba la barcaza que enlazaba ambas orillas del Ebro, uniendo el camino entre San Adrián y Calahorra. Finalizaba el siglo XV, era el agitado tránsito de la Edad Media a la Modernidad y todavía, en los ambientes poco ilustrados, se discutía acaloradamente sobre si la tierra era plana o esférica y se creía a pies juntillas que, en cualquier caso, era el centro del Universo y los astros giraban en torno a ella. Cuando el sol salía cada mañana, los hombres daban gracias a Dios, pues creían que en verdad podía detener su curso y condenar a los hombres a las tinieblas eternas. Cuando caía la noche, la gente se refugiaba en sus casas de la oscuridad.

Pero aunque la mayoría ni siquiera lo intuyese, llegaban tiempos nuevos, tiempos en los que cambiarían las fronteras y las formas de gobierno, los sueños y los miedos, también tiempos en los que el nieto de un barquero se pasearía por las calles vestido de caballero, espada al cinto y con la cruz de Santiago bordada al pecho. Aquel niño que acababa de nacer iba a ser la prueba viviente de aquel mundo que alboreaba.

Durante los últimos seiscientos años, el Ebro había separado dos reinos independientes, Castilla y Navarra, los contactos comerciales no eran muy numerosos y las relaciones entre ambas orillas estaban marcadas por periódicos conflictos armados. Sin embargo, hasta los reyes parecían estar aliados para fraguar el futuro de Rodrigo Fuenmayor: el rey de Navarra murió sin descendencia y Fernando el Católico, en 1512, penetró con sus tropas en Navarra y la incorporó por la fuerza de las armas a los dominios del rey de Castilla.

Los contactos comerciales y humanos aumentaron desde entonces y aquel barquero vio como su negocio crecía de año en año. Además, la economía castellana iba viento en popa. Años antes hubiese sido impensable, pero incluso consiguió que su hijo Rui Díaz Caballero accediese a la universidad, donde obtuvo el grado de Licenciado y del Obispo licencia para cantar misa, es decir, se hizo cura. Sin embargo, en aquella época una cosa era ser cura y otra poder sobrevivir con ese oficio, conseguir la licencia del Obispo no era demasiado complejo, pero luego había que buscarse un beneficio, una plaza de cura en una parroquia, y eso sí que era difícil para un joven que no disponía del respaldo de una familia rica y poderosa. Así que Rui, carente de influencias, no podía aspirar a ninguna parroquia rica y, como tantos jóvenes ambiciosos de su época, se embarcó para América en 1538. Iba en compañía de un pariente lejano, riojano como él, pero miembro de la familia Fuenmayor, oriunda de Albelda, aunque afincada también en Yanguas, gente ésta no sólo rica, sino también muy bien situada en la Corte y la administración colonial, donde un pariente suyo era Presidente de la Audiencia de Santo Domingo.

Las relaciones de parentesco entre la familia del barquero y los Fuenmayor de Albelda y Yanguas son confusas, incluso puede que inexistentes. En cualquier caso, el único vínculo probable se remonataba al padre del tatarabuelo de don Rodrigo, de nombre desconocido, y uno de cuyos hijos, Fernando Díaz, bachiller, emigró a Yanguas y se casó con una tal Elvira García. Uno de los hijos de éstos, Rui Díaz, contrajo matrimonio en Agreda con Margarita Peralta, vecina de Tudela e hija de Garci Pérez, Alcaide de Tudela y descendiente de Mosén Pierres de Peralta, Condestable de Navarra. Fue el hijo de Rui Díaz óhomónimo del Licenciadoó y Margarita Peralta, Juan Díez de Fuenmayor quien encumbró a la rama Fuenmayor de Yanguas, luego dispersada por varias poblaciones riojanas y sorianas, por las colonias americanas y por la Corte.

Juan Díez Fuenmayor, nacido hacia 1518, obtuvo el grado de Licenciado, siendo luego, hacia 1560, nombrado oidor de la Chancillería de Valladolid, caballero de Calatrava óen 1562ó y, por último, oidor del Consejo de Castilla. Sus descendientes, aprovechando la red de amigos que creó a lo largo de su dilatada trayectoria burocrática, no dejarían de ocupar cargos de importancia en los cien años siguientes.

Pero volvamos a nuestro protagonista, el Licenciado Rui Díaz Grábalos, el hijo del barquero. Cuando llegó el momento del embarque, Rui Díaz declaró a los comisarios que iba rumbo a Santo Domingo y que sus padres eran Juan de Fuenmayor e Isabel Vázquez y que había nacido en la villa de Albelda. No había peligro, a su lado estaba su pariente José de Fuenmayor, quien le había prestado el apellido. El fraude fue redondeado por el Comisario que inspeccionaba las licencias de embarque, quien no sólo declaró que conocía personalmente al joven, sino que informó que se trataba del sobrino del Presidente de la Audiencia de Santo Domingo. Probablemente no por casualidad, el comisario se llamaba Diego Caballero, el mismo apellido que la auténtica madre del Licenciado Rui Díaz:

"Dijo Diego Caballero que le conoce y que es sobrino del Presidente [de la Audiencia de Santo Domingo]"

Poco o nada sabemos de las andanzas del Licenciado Rui en América, donde debió de residir unos veinte años, porque para 1561 ya estaba de nuevo en España. Lo que sí conocemos son los resultados y es que de las colonias volvió rico y decidido a promover el asenso social de su humilde familia. Fue, seguramente, uno de esos colonos españoles que, para desesperación de los misioneros más altruistas, no pretendían en América salvar las almas de los indígenas, sino abrirse camino en la vida, romper con un futuro previsto de pobreza y sumisión mediante el enriquecimiento rápido y sin escrúpulos.

Cuando el Licenciado Rui regresó a España, hizo que su padre y sus hermanos se trasladasen desde San Adrián a Calahorra, ya que una ciudad siempre ofrecía mayores posibilidades de medro social. De todos modos, en principio sus proyectos no eran fáciles de lograr: Calahorra tenía por esas fechas poco más de 1.000 vecinos, unos 4.000 habitantes, de manera que todo el mundo se conocía y no era fácil que la familia de un barquero, recién llegada a la ciudad, fuese admitida en el selecto club de la nobleza local.

La elección de Calahorra no fue, como veremos, improvisada. Por un lado, la madre del Licenciado Rui era María Caballero, de Calahorra, de modo que ya contaban con una red de amigos y parientes que les apoyarían en sus proyectos. Por el otro, Rui Díaz, no sabemos por qué medios, logró acumular dos beneficios, es decir, dos cargos de cura titular, en las parroquias de San Andrés y de Santiago, centros de enorme poder e influencia en una ciudad como Calahorra, donde la Iglesia siempre jugó un papel decisivo en la vida política local.

Pero había más, la ciudad se hallaba por entonces dividida como pocas veces lo había estado antes. Resultaba que un grupo de vecinos, algunos ciertamente ricos y poderosos, pero ni siquiera todos lo eran, venían exigiendo desde unos años atrás que se les reconociese como hidalgos, algo desconocido hasta entonces en la ciudad. La población se negó, por supuesto, a reconocerles como tales y mucho menos a concederles privilegio fiscal o político alguno. La disputa terminó con muertes y pleitos.

Estos pretendidos hidalgos necesitaban dinero si querían hacer valer sus pretendidos derechos de sangre ante la Sala de Justicia de la Chancillería de Valladolid; y entonces apareció el Licenciado Rui como por obra de la Providencia. El cura recién llegado aportó dinero y, en aquellos años de confusión, no se oyó una sola voz en contra entre los hidalgos, es más, incluso nombraron al hermano del cura, Antonio Díaz, procurador general de su estamento. Los hidalgos de Calahorra, que hasta entonces no habían dispuesto de ningún tipo de organización institucionalizada, fueron fácilmente dominados por los ambiciosos parientes del cura enriquecido: las reuniones del estamento se realizaban en casa de los Fuenmayor; su archivo era custodiado por la familia; y el cargo de procurador estuvo en manos de ellos durante dos generaciones.

El dinero, sin embargo, no pudo acallar todas las voces y el procurador pechero, un tal Yanguas, se apresuró a denunciar toda la trama ante la Sala de Hijosdalgo de la Chancillería. Cuando se supo en la ciudad que el tribunal había ordenado que Antonio Díaz fuese empadronado como pechero y desposeído de su recién estrenado rango nobiliario, el procurador pechero apareció una mañana ahogado: los ojos de la ciudad entera se volvieron hacia el Licenciado Rui y su sobrino homónimo, padre de Rodrigo, pero nadie se atrevió a acusarles formalmente del crimen.

Hasta la muerte parecía estar del lado del futuro Rodrigo: su abuelo Antonio, que de todos modos hubiese sido excluido del estamento noble, estaba ya enfermo cuando se cometió el crimen y murió poco después, el 27 de marzo de 1572, así que la Provisión Real en la que se le notificaba que debía abandonar el estamento noble jamás pudo serle notificada. Vistos los antecedentes, nadie lo intentó de nuevo con su hijo Rui, padre de Rodrigo, quien, entre la murmuración general, pudo vestir y actuar como un noble durante toda su vida.

Por si acaso, el influyente cargo de Procurador del estamento hidalgo pasó a manos de Amador Licaox, marido de Ana Díaz, hermana de Antonio, así que todo siguió bajo el control de la familia Fuenmayor.

No desaprovecharon en esos años ni un sólo instrumento accesible para el ennoblecimiento. En esta época, los caminos a seguir eran tortuosos y muy limitados: el servicio a la Corona desde la administración, para lo cual había que acudir primero a la universidad, salvo que se tuviesen parientes muy influyentes en la Corte; el clero, que tenía similar requisito; la compra de oficios municipales, que exigía fuertes inversiones; y el matrimonio con nobles empobrecidos. Los Fuenmayor los utilizaron todos a un tiempo y con una eficacia realmente asombrosa.

Antonio Díaz Fuenmayor, abuelo de don Rodrigo, amén de ser Procurador de los hidalgos de Calahorra, consiguió una preciada familiatura del Santo Oficio, cargo que otorgaba reputación a su linaje y, además, le convertía a él y a su familia en gente temible: su trabajo consistía en denunciar a sus vecinos ante el Tribunal de la Inquisición. Rui Díaz Fuenmayor, padre de don Rodrigo, se alistó en el ejército y marchó como soldado a los afamados Tercios de Sicilia; y, aunque nunca pasó de simple soldado ólos puestos de oficiales estaban reservados a noblesó pudo presumir de haber servido a la Corona con las armas, un argumento que siempre habían alegado los nobles para justificar sus privilegios. Luego ocuparía la familiatura del Santo Oficio que dejó libre su padre al morir en 1572 y, años después, compraría un regimiento perpetuo en la ciudad.

Su hermano, Pedro Díaz Fuenmayor, junto con su primo Juan, fue enviado a la Universidad de Salamanca siendo todavía un muchacho y, tras conseguir el título de bachiller el 21 de abril de 1567, se matriculó en Cánones, se conserva su acta de matriculación:

"Lunes 29 de junio [de 1570], en la Cámara Rectoral, ante el Muy Magnífico Señor Doctor Luis de Pañuela, Rector, y ante mí el infra escripto notario, pareció presente el bachiller Pedro Díaz de Fuenmayor, natural de Calahorra, y pidió licencia al dicho Señor Rector para se graduar de licenciado en Cánones por esta Universidad, para lo cual presentó un título de bachiller en cánones firmado por AndrÈs de Guadalajara, Secretario de la Universidad de Salamanca, y también firmado y signado por Bartolomé Sánchez, Appostólico notario, lugarteniente del dicho Andrés de Guadalajara..."

En una carrera meteórica, como era ya usual en esta familia, fue admitido en el influyente Colegio de San Antonio, tardó sólo dos años en obtener el título de Licenciado en Cánones y unos meses en convertirse en cura racionero de la Catedral de Calahorra.

El matrimonio de Rui Díaz Fuenmayor, padre de don Rodrigo, fue otra de las claves del éxito del proceso de medro social de la familia del barquero. Su tío el Licenciado Rui no dejó nada al azar y fue, sin duda, el ingeniero de toda la estrategia matrimonial y política de la familia. En 1586, siendo ya un anciano, fundó dos mayorazgos, uno para cada uno de sus sobrinos carnales: Rui Díaz, padre de don Rodrigo e hijo de su hermano Antonio; y el Licenciado Juan Díaz, hijo de su hermana María.

Rui era pues ya rico y con un tipo de riqueza honorable, reputada por la institución del mayorazgo óreservada, en teoría, sólo a los noblesó, familiar del Santo Oficio, hijo de un militar y lejanamente emparentado con los Fuenmayor de Yanguas y Albelda, ennoblecidos por sus servicios burocráticos a la Corona. No era suficiente para conseguir una esposa aristocrática, pero sí para asegurarse una muchacha noble de segunda fila.

Es probable que en este asunto los remotos lazos de parentesco con los Fuenmayor funcionaran, porque la seleccionada fue doña Juana de Salcedo, hija de Francisco Salcedo, señor de Aldea del Señor, en Soria, y miembro de una familia relativamente poderosa tanto en La Rioja como en la Corte relacionada con los Fuenmayor. Doña Juana Salcedo aportó a la familia el espaldarazo definitivo a sus expectativas de ascenso social.

En la década de 1590, para desesperación de las familias hidalgas de Calahorra, que ya empezaban a ver con rencor el creciente poder de los hijos del barquero, el clan de los Fuenmayor, todavía casi unos recién llegados, tenía a la ciudad de Calahorra en sus manos. Los regimientos acababan de ser perpetuados y de los 14 oficios que se vendieron, a un precio medio de unos 1.500 ducados, los Fuenmayor poseían tres, es decir, que habían sido capaces de invertir unos 4.500 ducados, una fortuna. Otros cuatro primos eran clérigos en distintas iglesias de la ciudad, dos de ellos abades de Santiago y San Francisco.

A partir de ahora, en cualquier caso, el futuro de todos ellos estaba en la Corte, la pequeña ciudad de Calahorra se les empezaba a quedar pequeña. La rama de María Díaz de Fuenmayor fue la primera en comprenderlo y orientó a sus dos hijos hacia la carrera burocrática: su hijo mayor, Juan, el otro beneficiario del mayorazgo del Licenciado Rui Díaz, marchó a la Universidad y se licenció en leyes; y el hijo de éste, Alonso, primo de don Rodrigo, llegaría a ser Caballerizo de la Reina y Caballero de Calatrava.

Así que cuando bautizaron a Rodrigo Fuenmayor y Salcedo en 1594, primogénito de Rui Díaz, regidor perpetuo y familiar del Santo Oficio, y Juana Salcedo, hija de un señor feudal, su familia estaba en la cumbre su poder en Calahorra. Sin embargo, jamás se repetiría una situación como aquella porque, como hemos dicho, ambas ramas de la familia terminaron, con distinta suerte, por trasladarse a la Corte y ello les privó de seguir ejerciendo un papel dominante dentro de la oligarquía local.

Hacia 1602 los vecinos de Calahorra, hartos de los abusos que cometían los regidores perpetuos, se movilizaron contra ellos. Trataron de anular las ordenanzas agrarias que éstos habían impuesto en 1596, tachándolas de ser un instrumento al servicio de los terratenientes del pueblo; les acusaron formalmente de apropiarse del dinero del Ayuntamiento; y, finalmente, se reunieron en concejo abierto y procedieron a iniciar los trámites judiciales necesarios para suprimir los oficios perpetuos y reinstaurar el sistema electivo tradicional.

Los Fuenmayor, cuyos principales representantes estaban ya en la Corte, quedaron pues desposeídos de sus tres regimientos y prácticamente desaparecen del mapa político durante 65 años, hasta que un anciano llamado Rodrigo Fuenmayor regresó de la Corte con su familia dispuesto a recuperar el tiempo perdido.
 

II.2- LA AVENTURA CORTESANA

Rodrigo era todavía muy joven cuando partió para la Corte. Tenía afincados en Madrid algunos parientes cercanos, descendientes de su tÌa-abuela María Díaz, que habían heredado el segundo mayorazgo que fundó el Licenciado Rui. De entre ellos destacaba, sin duda, don Alonso de Fuenmayor, su primo, Caballerizo de la Reina, Señor de Castellanos y Caballero de Calatrava. Otro de sus primos, el Licenciado Juan Antonio, afincado también en Madrid, había cursado estudios desde el prestigioso Colegio Mayor de San Bartolomé, era pues un manteísta, el grupo universitario más influyente de la época y, por último, emparentado tras el matrimonio de su padre con Juana Salcedo, estaba también en la Corte don Diego Ruiz de Castejón, Señor de Conejares y Alcaide de Agreda. Junto a éstos, un número indeterminado de parientes lejanos y amigos de su familia.

Un muchacho menos impulsivo que Rodrigo hubiese comenzado una lenta y laboriosa carrera administrativa a la sombra de sus parientes o hubiese intentado la vía universitaria, pero semejante proceder no encajaba en absoluto con la personalidad de nuestro protagonista, por entonces poco más que un adolescente fascinado por la agitada vida del Madrid de los Austrias.

Todavía hoy en día sigue siendo una experiencia arrolladora dejar tu pueblecito y adentrarte en una gran ciudad; pero este mismo proceso, a mediados del siglo XVI era mucho más que eso, era iniciar una nueva vida en todos los sentidos. Y Rodrigo se lanzó a ella con ese apasionamiento y esa imprudencia que es patrimonio exclusivo de los jóvenes de buena familia, que no han de preocuparse por un futuro que saben confortable y asegurado. Así que la vida de Rodrigo en Madrid fue durante bastantes años muy parecida a la de los pícaros literarios, sólo que sin ese componente de miseria y marginalidad de Lázaro o Pablos.

Por lo poco que sabemos acerca de su estancia en la Corte, no tuvo nunca una ocupación definida. El mismo reconoce en su memorial que había estado doce años dedicado a escribirlo, es decir, prácticamente desde su llegada a Madrid. Sin embargo, su vida madrileña no estuvo precisamente dedicada al estudio y la escritura, óaunque él presumirá de elloó porque según se desprende del memorial su nivel cultural, entendido en términos académicos, era bastante limitado, y su formación autodidacta.

La breve reseña de sus ocupaciones cortesanas que en 1628 hizo uno de sus enemigos capitales, don Juan de Echáuz, vecino como él de Calahorra y oidor del Consejo de Hacienda, es bien explícita:

"Hombre inquieto, de malas costumbres y vida depravada, cuyo ejercicio es el juego, que habiéndose hecho amigo de don Juan Ramírez Farinas, hijo del Señor don Fernando Ramírez Farinas, se concertó con un paje suyo le metiese unos naipes floreados, que le darían ducientos reales, el paje los metió y entre éste, don Rodrigo y otro fullero le ganaron seis mil reales"

Apenas unos años antes de que se le concediese el hábito de Santiago, en 1625, don Rodrigo terminó en la cárcel. Implicado, junto con otros tres compinches, en una trama de coacción a los testigos que habían de corroborar la autenticidad de una deuda a favor de don Juan de Echáuz, fue condenado a 100.000 maravedís de multa y cuatro años de destierro de la Corte.

Desde Calahorra y desde las propias instituciones madrileñas, la vida de don Rodrigo era observada con lupa por las viejas familias hidalgas riojanas. Para ellos era y seguiría siendo siempre el nieto de un barquero, indigno de sentarse a su lado: eran los Echáuz, los Bracamonte, los Guerrero, los Medrano, los Vallés, entre otros; familias éstas acostumbradas a mandar y a ser obedecidas, gente rica y poderosa, también extremadamente violenta y soberbia.

Hacer un repaso, meramente somero, del papel social y político que ejercían estas familias en Calahorra a mediados del siglo XVII puede dar una idea de con quiénes se iba a enfrentar don Rodrigo a lo largo de toda su larga y agitada vida política:


P E R S O N A O F I C I O / D I G N I D A D FECHA 



Diego Medrano Echáuz Caballero de Santiago 1667 


Pedro Medrano Echáuz Paje del Rey. Caballero de Alcántara 1641

Juan Echáuz y Velasco Oidor del Conejo de Hacienda 1628 


Pedro Guerrero Andía Secretario Real. Veedor General de Milán Caballero de Santiago 1645 



Pedro Díaz de Velasco Caballero de Santiago 1648 


Pedro Medrano Regidor perpetuo. Familiar del Sto. Oficio 1645

Gonzalo Mancebo de Velasco Teniente Alcalde Mayor. Capitán 1645

Diego Ruiz Araciel Familiar del Sto. Oficio. Diputado hidalgo 1645

Francisco Alvarez Andosilla Regidor perpetuo. Abogado 1645

Francisco Díaz de Tejada Familiar del Sto. Oficio 1645

Manuel Moreda Familiar del Sto. Oficio. Diputado hidalgo 1645

Clemente Andosilla Licenciado. Regidor perpetuo 1645

Francisco Puelles y Luna cura 1645

Juan Medrano cura 1645

Francisco Ruiz de Velasco Familiar del Sto. Oficio 1652

Manuel Mangado Velasco Regidor perpetuo 1652

Jerónimo Echáuz de Velasco Regidor perpetuo 1652 


Andrés Sandi Regidor perpetuo (acumula 2 oficios) 1652  


Rastreando las ideas que don Rodrigo expresa en su memorial podemos comprobar que el desprecio era mutuo. Para él, éstas oligarquías locales, enriquecidas al calor del gobierno municipal, eran una lacra para el fortalecimiento del Estado y el enriquecimiento del país. El origen de toda riqueza está en la agricultura, escribirá, lo que supone decir que está en el trabajo de los campesinos, precisamente las víctimas propiciatorias de la oligarquía de Calahorra. También dirá que los oficios deben repartirse según los méritos de cada cuál, nada más opuesto a la idea del poder político vigente entre las oligarquías castellanas de la época. En el pensamiento político de don Rodrigo apenas si existe algún rastro de actitudes pronobiliarias y sí muchos de un radicalismo cercano a las demandas que el pueblo castellano de la época expuso con reiteración siempre que tuvo ocasión de hacerlo.

En cualquier caso, los odios personales tendrán tanta importancia como las ideas políticas en el enfrentamiento entre don Rodrigo y la oligarquía de Calahorra.

En 1628, la azarosa vida de don Rodrigo dio un nuevo golpe de timón. Llevaba ya bastantes años en la Corte y la juventud comenzaba a abandonarle, a sus 34 años, para las costumbres matrimoniales de la época, era ya casi un solterón. Pero, con esa buena estrella que parecía no olvidar nunca a su familia, dio en la diana. Uno de sus enemigos capitales, don Juan de Echáuz, oidor del Consejo de Hacienda, lo explicaba con un laconismo bien significativo:

"A doña María Tafur de Córdoba, viuda de dos maridos, hizo Su Majestad merced de un hábito [de Santiago] para el tercero que se casara con ella. Este fue don Rodrigo de Fuenmayor, natural de Calahorra"

Era el primer vecino de Calahorra que alcanzaba el grado de caballero, demasiado para la paciencia de la nobleza local. Desde la ciudad llovieron los memoriales denunciando los antecedentes familiares de don Rodrigo y acusándole poco menos que de ser un vividor sin escrúpulos. Si tenemos en cuenta que para ser caballero de Santiago era imprescindible ser hidalgo de sangre, las denuncias estaban más que fundadas. Cuando los jueces designados por la Corona para investigar a los antepasados de don Rodrigo llegaron a Calahorra había malos presagios. Sin embargo éstos, sobre cuya honestidad habría mucho que decir, se limitaron a interrogar a seis hidalgos de segunda fila, todos ellos amigos de los Fuenmayor, a cuatro clérigos y, para completar el cupo, a 17 pecheros. A las principales familias nobles de la ciudad no se les dio oportunidad de hablar ante los jueces.

Así que en medio de un escándalo general, un 6 de noviembre de 1628 don Rodrigo vistió por primera vez la cruz de Santiago en el pecho. Aunque las denuncias de los nobles no sirvieran de nada, merece la pena incluir al menos una, pues demuestra hasta qué punto la memoria histórica estaba presente en las disputas entre los Fuenmayor y el resto de los nobles de la ciudad:

"...su visagüelo se llamó Juan Díaz Grávalos, que fue barquero en San Adrián, media legua de dicha ciudad, el cual tuvo dos hijos, al uno llamaron Antón Díaz Grávalos y al otro el Licenciado Rui Díaz de Grávalos, clérigo que pasó a Indias, de donde vino muy rico, habiendo tomado el apellido de Fuenmayor, haciendo que su padre hiciese lo mesmo y dejase el oficio de barquero, viniendo a vivir a la dicha ciudad de Calahorra, donde mediante su inteligencia no le empadronaron, siendo villano, ni tampoco a su hijo Antón Díaz, que así mesmo tomó el apellido de Fuenmayor, el cual casó con una hermana de Diego Ibáñez Estella, escribano, y tuvieron por su hijo legítimo a Rui Díaz de Fuenmayor, padre del dicho don Rodrigo de Fuenmayor..."

Cuando los Medrano obtuvieron similar concesión óel primero de ellos fue don Pedro de Medrano, Paje del Rey, en 1641, y el segundo su hijo Diego en 1667ó, don Rodrigo y sus parciales respondieron con mayor dureza si cabe. Les acusaron, y ésta era la afrenta mayor que podía hacerse en la época, de ser descendientes de judíos:

"Entre los Sambenitos que hay en la iglesia de Lampezo está uno de los Medrano, deudos y antecesores de la dicha Aldonza de Medrano, de donde desciende el pretendiente"

También les acusó, devolviéndoles la moneda, de haberse cambiado el apellido, que era a la sazón Sánchez Gorjete, para ocultar sus orígenes plebeyos y judíos. Incluso, sobre el benjamín de los Medrano, Diego, quien accedió al hábito de Santiago cuando don Rodrigo tenía ya 73 años, llegó a decir cosas similares a las que en 1628, cuarenta años antes, habían dicho de él:

"El pretendiente es hombre escandaloso, poco temeroso de Dios y de la Justicia, se comprueba por haber hecho cinco resistencias a cinco alcaldes mayores que ha habido en la ciudad de doce años a esta parte [...] y se halló en hurtar ducientos reales de a ocho al Licenciado Márquez, beneficiado desta ciudad"

Durante los muchos años que don Rodrigo vivió en la Corte jamás se le conoció oficio alguno, se dedicó a llevar la típica vida del rentista ocioso, algo que, en la época, no sólo no era criticado, sino que se consideraba un signo de distinción y nobleza. Propio de gente sin ambiciones mercantiles ni políticas, casi una prueba de virtud, al menos de virtud caballeresca. Un libro de la época retrataba así al noble perfecto:

"Seis cosas ha de tener el hombre para que enteramente se pueda llamar honrado: el valor de la propia persona; la hacienda; la nobleza y antigüedad de sus antepasados; tener alguna dignidad o officio honroso; tener buen apellido y gracioso nombre; buen atavío de su persona, andar bien vestido y acompañado de muchos criados"

A quien le preguntaba, don Rodrigo respondía que su ocupación era servir al rey con la pluma, oficio honroso donde los hubiera, como decía un contemporáneo de don Rodrigo, que parecía estar pensando en la familia Fuenmayor:

"Han sido en todas las edades, no sólo exentos de tributos y gabelas... sino estimados, y abraçados de los mayores príncipes. La razón es, porque son Hidalgos y nobles tanto que han levantado ellos a la nobleza a infinitas familias, dándoles el lustre con que oy luzen"

Esta vida supuestamente intelectual de la que don Rodrigo llegará a presumir años más tarde, fue enteramente autodidacta, lo que le dejará serias lagunas en su formación, como veremos en otro capítulo. En cualquier caso, la afición por la lectura y la política no le abandonará nunca, pocos años antes de su muerte, cuando sus bienes fueron embargados por la justicia, se encontraron entre ellos objetos típicos de una persona cultivada, como nada menos que 42 cuadros ónueve de ellos representando ciudades y países extranjerosó, de los que sólo uno era de temática religiosa óuna virgenó, 2 escritorios, cuatro tapices, un arpa y cinco ba_les cargados de papeles escritos. Lamentablemente no disponemos de inventario alguno de su biblioteca.

En una época como el Barroco, que consideraba al protocolo, a la apariencia externa, un requisito indispensable para cualquier manifestación de rango social o de virtud pública, don Rodrigo podía presumir de ser aceptado en el selecto club de la alta burocracia de la Corte, he puesto el hombro al trabajo continuo de doce años, andando como a la caça de hombres famosos y eminentes, reconocerá en su memorial. Sin otro atributo que su reconocido afán por los asuntos de la república, el aval de sus parientes y, como diría Quevedo, su campanudo nombre .

Su vida ociosa estaba respaldada por un patrimonio considerable que le permitía vivir sin trabajar. No sabemos con exactitud cuál era la fortuna que llegó a acumular don Rodrigo, pero sí que sabemos los bienes que poseía en la ciudad de Calahorra, sin duda el grueso de su hacienda, gracias al auto de embargo que contra ellos dictó el juez pesquisidor que en 1665 le procesó por incitar a la sublevación al pueblo de Calahorra:

PROPIEDADES DE RODRIGO FUENMAYOR EN 1665

P R O P I E D A D E S Nº/SUPERFICIE 


Casas:

.- Casa habitual del barrio de Santiago 1 de13 habitaciones

.- Casa del barrio de Santiago 1

.- Casa en Murillo de Calahorra 1

.- Casa de campo en Murillo de Calahorra 1

Dependencias industriales:

Bodegas 1

Corrales 3

Molinos 2

Tierra 


Olivares 3 con 200 olivos 



Fincas de secano 28 con 216 fanegas 


Huertas 2 con 4,5 fanegas

Viña 1 con 60 peonadas

Censos 4 de 9.900 ducados

Bienes muebles: 


Acericos 2 


Alfombra 1

Almohadas 10

Arcas 8

Arpa 1

Artesa 2

Asador 1

Bacías 2

Banco con respaldo 4

Baúles 7

Botas 2

Brasero 1

Bufetes 10

Caladera 1

Calderos de estaño 3

Calentador 1

Camas 10

Candelabro 1

Candil 1

Cántaro de 12,5 cántaras 1

Cazo 1

Cazos 2

Cedazos 3

Colador 1 


Colchones 14 



Comportas 12 


Contador 1

Cortinas 3

Cuadros 42

Cubas 8

Cubillo de trujalar 1

Escritorios 2

Escudillas de Talavera 10

Escudillas sencillas 4

Escudo de armas 1

Escultura del niño Jesús 1

Espejo 1

Fuente 1

Fusta de cama dorada 1

Gamellas 8

Golilla 1

Jergones 3

Lámina 1

Mantas de lana 2

Mantel 1

Mantillo 1

Manto de cuero 1

Media de medir con su rasera 1

Medias y calcetas 6

Mesa 1

Morillos de açofar ?

Odre 6

Pandero 1

Pañuelos 4

Parrilla 1

Pellejos 3

Platos de Talavera 20 


Platos sencillos 10 



Sábanas y sobrecamas 16 


Sartenes 1

Servilletas 9

Sillas de bagueta de moscovia 22

Sillas sencillas 2

Tapices 4

Tinajas 6

Toalla 1

Toneles 2

Torteras 3

Trillo 1

Vasos 2

.- Productos embargados en especie

Lino 86 madejas

Lienzo 10 vara

Tocino 4 perniles

Vino 108 cántaras

Aceite 22,5 cántaras 


Trigo 34 fanegas 


Debe tenerse en cuenta que el listado de bienes que aquí reproducimos debería incrementarse con un buen número de propiedades y objetos de valor que don Rodrigo escondiÛ ótuvo unos tres meses para hacerloó con el objeto de evitar que fuesen embargados. Aun así, sólo el trigo, el vino y el aceite que se le pudo incautar en especie, fue subastado y adjudicado por un importe total de 2.960 reales:

BIENES DE DON RODRIGO SUBASTADOS EN 1665

PRODUCTO CANTIDAD VENTA 


Trigo 34 fanegas 1.158 reales

Vino 108 cántaras 812 reales

Aceite 22,5 cántaras 990 reales 


TOTAL 2.960 reales 


Esta cantidad, para hacernos una idea del nivel de renta de don Rodrigo, suponía, aproximadamente, los ingresos de un jornalero de Calahorra durante unos nueve o diez años de trabajo. Además, el embargo se ejecutó en el mes de abril, es decir, cuando los frutos de la cosecha estaban ya en su casi totalidad vendidos.

En cuanto a la rentabilidad de sus propiedades inmuebles, es difícil hacer una estimación mínimamente rigurosa. Una fuente de ingresos cuantificable de don Rodrigo eran los censos, que le suponían una renta fija de unos 500 ducados al año ó5.500 realesó, el sueldo bruto de un jornalero durante unos 18 años. La tierra de labor, 216 fanegas, suponiendo que todas estuviesen arrendadas óque era lo más frecuente entre la nobleza localó, le producirían un mínimo de unos 9.000 reales al año; y las casas, en la misma situación jurídica, unos 600 reales al año. En total, don Rodrigo podría disponer, en el peor de los casos, de 20.000 reales cada año, una auténtica fortuna de la que seguía disfrutando después de toda una vida de relativa ociosidad.

Siendo ya un anciano de unos 70 años, don Rodrigo dio por terminado su largo periplo madrileño. Había pasado medio siglo desde que, siendo todavía un muchacho, abandonó Calahorra. Ciertamente, no había tenido éxito alguno en su vida profesional, pero volvía siendo caballero de Santiago y con esa aureola de hombre de mundo que dan las canas y las ausencias prolongadas. Al poco de llegar fue elegido regidor por el estamento noble en el Ayuntamiento, era el año de 1664 y, aunque era un político nato, probablemente fuese la primera vez en su vida que ocupaba un cargo público, ciertamente no iba a desperdiciar la oportunidad de poner en práctica sus ideas políticas.

II.3.- LA PRACTICA POLITICA: EL MOTIN DE 1665

Los sucesos en que don Rodrigo de Fuenmayor se vio involucrado tras su regreso a Calahorra, de los que fue acusado de ser el principal y casi único promotor, se inscriben sin embargo en una pugna ya secular entre la nobleza local, grandes propietarios de tierra en su mayoría, y los plebeyos, gente humilde, jornaleros, pequeños campesinos, artesanos y otros oficios modestos. La serie de sublevaciones populares sucedidas durante en el año 1665 y la agitada situación política que se vivió en los años siguientes no fueron sino el colofón de cien años de resistencia popular al creciente poder de un grupo de familias adineradas, cada vez más agresivas e irrespetuosas con las tradiciones democráticas y asamblearias que habían regido el pueblo hasta mediados del siglo XVI.

Todo había comenzado, paradójicamente, de la mano de los Fuenmayor, cuando aportaron el dinero y las influencias necesarias para que en 1562 se instaurase en la ciudad la llamada distinción de estados. Con este sistema se reservaban a la nobleza local un 50% de los oficios municipales electivos y se le concedían importantes privilegios fiscales. La imposición de este nuevo sistema de gobierno vulneraba una tradición de siglos según la cual todos los vecinos podían optar en régimen de igualdad a ocupar cargos públicos. La novedad se introdujo en medio de graves tensiones sociales y aprovechando la oportunidad que ofrecía la supresión de los regimientos perpetuos, que habían sido instaurados unos años antes por un grupo de vecinos adinerados. Para la población, deseosa de liberarse del yugo de los oficiales perpetuos a cualquier precio, consentir los privilegios de los nobles de la ciudad era, por así decirlo, un mal menor.

De cualquier modo, jamás fue una realidad aceptada gustosamente ni que se considerase inalterable. Durante los cien años siguientes, los vecinos plebeyos no dejaron de combatir sin descanso los privilegios de ese puñado de familias nobles, hasta que un día de febrero de 1665 los odios acumulados durante un siglo estallaron con toda su virulencia. Debe tenerse en cuenta que, hasta ese momento, Calahorra se gobernaba por un régimen asambleario: los concejos abiertos. A estas asambleas de vecinos todos los hombres mayores de edad acudían en régimen de igualdad jurídica, cada hombre era un voto y todos tenían derecho a tomar la palabra. En ellas se elegían los encargados de gestionar los asuntos políticos y administrativos, los diputados, y también los encargados de impartir justicia, los alcaldes.

Tras la reforma electoral de 1561, el concejo estaba compuesto por cuatro regidores, dos hidalgos y dos plebeyos, que ejercían, junto con el alcalde mayor del rey, el gobierno político de la ciudad. Permanecían, aunque sin participación directa en labores políticas, los 6 diputados que cada año elegían los vecinos democráticamente en su concejo abierto, asamblea que se realizaba cada año el día de San Prudencio. También ese día se designaban a los cuatro alcaldes del campo, con jurisdicción para aplicar las ordenanzas agrarias y sobre las tierras comunales de la ciudad.

Desde 1562 el Ayuntamiento fue completamente dominado por las familias nobles de la ciudad, que aprovecharon su hegemonía política para introducir toda una serie de cambios organizativos y legislativos en beneficio de los grandes hacendados. Uno de los asuntos más polémicos fueron las ordenanzas que habrían de regular la venta de vino y que el renovado ayuntamiento oligárquico aprobó en 1584. El vino no era un producto fundamental en la economía de Calahorra, pero ocupaba un lugar más que digno, ya que, según sus propias estimaciones, se cosechaban cada año una media de 70.000 cántaras. Hasta entonces, la venta de vino había sido libre, sin otro control que el precio de venta, que era fijado por los diputados elegidos en el concejo abierto por los vecinos:

"Los vecinos de Calahorra, de tiempo inmemorial a esta parte, habían estado en posesión, uso e costumbre que qualquiera vecino della o de los lugares de su tierra pudiese poner en esa ciudad taberna de vino blanco o tinto, sin pedir licencia al concejo, justicia y regimiento, más de tan solamente llevar el vino que quisiesen vender al regidor diputado de aquel mes para que se hiciese postura como se había de vender, y luego hacían postura y con ella se vendía, sin haber habido otra cosa en contrario dello."

La reforma introducida por los regidores intentaba centralizar la venta en cuatro tabernas municipales controladas directamente por ellos. Las sospechas de los vecinos sobre las intenciones de la oligarquía quedan bien explícitas en la denuncia que hicieron al Consejo de Castilla:

"Y agora, de pocos días a esta parte, vos, por vuestros intereses particulares y en quebrantamiento de la costumbre, habíades hecho ordenanzas por la cual prohibíades y poníades estanco para que de aquí adelante no obiese en esa dicha ciudad más de cuatro tabernas, a fin y efeto de que en las dichas cuatro tabernas se vendiese el vino de los oficiales dese Ayuntamiento e de sus deudos y amigos, por malo que fuese, antes que el de los demás vecinos, de los cual los vecinos, especialmente la gente pobre, recibía notable daño y perjuicio, porque los que tenían vino que vender con que remediarse para sus necesidades, so color de la dicha ordenanza, no se lo dejábades vender hasta que se acabase el de los oficiales y el de sus deudos y amigos, demás de que se vendía mal vino e rebanado e de necesidad lo habían de comprar los pobres, aunque fuese malo, por razón de no haber más de las dichas cuatro tabernas y si como antes hubiese otras tabernas irían a buscarlo donde mejor lo vendiesen.

Los enfrentamientos entre la oligarquía noble y el resto de la población subirían de tono cuando hacia 1590 un grupo de vecinos ricos compró los oficios de regidores al rey y se suprimió el sistema electivo. La población respondió recurriendo a las viejas formas asamblearias medievales que todavía persistían, de modo que los sucesivos concejos abiertos se convirtieron en una cauce para la denuncia de la política municipal y para la organización de las protestas. En estas asambleas, los regidores perpetuos apenas lograron superar nunca los cien votos, mientras que las propuestas populares obtenían respaldos habituales de 500 y más, a pesar de que las coacciones a la población se repetían antes de cada asamblea:

"Andan de casa en casa, persuadiendo y amenazando para que voten por sus deudos y parientes, porque les parece no les puede hacer contradicción ninguno y el día de la elección no dejan votar con la libertad que es justo que se haga [...] y buscan votos para ellos de noche y a horas cautas, y a los que no se los quieren dar los ponen terror y miedo"

Si la población pudo sobreponerse durante décadas a la coacción de la oligarquía dirigente fue, entre otras cosas, porque disponía de unos recursos organizativos sólidos que jamás pudieron ser desarticulados desde el Ayuntamiento. Entre ellos estaba una poderosa organización estamental plebeya, la llamada junta de los ocho, renovada cada año en una asamblea que se celebraba el día 3 de mayo. Esta junta consistía en los dos regidores plebeyos ócuando los oficios no estaban perpetuadosó y en 6 diputados. Pero de modo habitual el estamento sostenía un procurador del común en el concejo, un procurador de pleitos en Madrid ante el Consejo de Castilla y dos procuradores de pleitos más ante la Chancillería de Valladolid. Además controlaban a los recaudadores de impuestos a través del Comisario Receptor y Recaudador, elegido en la misma asamblea y que se encargaba de designar a los cogedores o recaudadores.

Pese a la organización popular, la presión de la oligarquía local no dejó de intensificarse tras la perpetuación de los regimientos, coincidiendo además con una recesión económica generalizada. En 1596 los regidores perpetuos procedieron a una reforma completa de las ordenanzas agrarias de corte intervencionista y, según sospechaba el pueblo llano, diseñadas en beneficio exclusivo de las familias que gobernaban el Ayuntamiento. Los regidores pretendían suprimir determinados derechos comunitaristas tradicionales, como la libertad de pasto en las tierras incultas, costumbre vital para que los campesinos con pequeñas propiedades pudiesen alimentar a sus ganados de labor. Las denuncias de los diputados populares fueron apoyadas en el concejo abierto celebrado el día de San Prudencio de 1603 ó28 de abriló por 117 votos contra nueve, pero el Consejo de Castilla terminó dando la razón a los regidores.

Esta y otras iniciativas de los regidores terminaron por decidir al pueblo por iniciar, como en 1561, un nuevo proceso de consumo de los oficios perpetuos. Operación que exigía un costoso pleito judicial y la indemnización a los regidores. Sólo esto último significaba una inversión de 25.000 ducados, que se cargaban sobre unas finanzas municipales que ya arrastraban deudas valoradas en 9,579.737 maravedís más intereses. Ante la imposibilidad de obtener dinero de otro modo, los vecinos, reunidos en concejo abierto, decidieron imponer un impuesto especial de medio real por fanega de sembradura y vender una parte importante de los bienes comunales de la ciudad:

"Se ha adehesado y rompido mucha parte de los términos y pastos que confinan con los lugares [las aldeas] y con término del reino de Navarra, como son los términos comunes que dicen el Campo Bajo y Somera y parte del Cascajo y el campo de los Aguados y otros sitios que se incluyen en el camino de Yerga y de el dicho lugar de Aldeanueva hasta el lugar de la Muga de Autol y todo lo que se dice La Estanca hasta el río de los Majuelos de La Torrecilla, por el río Hondo hasta llegar al río Mayor de la dicha ciudad, y el camino que va della al dicho lugar de Aldeanueva adentro, comprendiéndose todo lo que se siembra en ambas hojas, y el término que llaman de Candarra y Velades, de la Punta de la Dehesa del Rey hasta cerca de la Venta de Pradejón y hasta la Punta de la Dehesa de Sartaguda y todo lo que con ella confina hasta el río de Ebro y otros sitios que son del pasto y aprovechamiento común de los vecinos"

La decisión popular iba a tener unas consecuencias trágicas en el devenir futuro de la ciudad. Significaba privar a los campesinos pobres de la posibilidad de acceder a los pastos comunales y a la labranza de las tierras de propios que cada año se repartían entre ellos. Además, los impuestos, que hasta entonces se pagaban en buena parte con el dinero que se obtenía de las tierras comunales, tendrían que ser abonados directamente por los vecinos, práctica que, medio siglo después, provocaría la sublevación popular liderada por don Rodrigo Fuenmayor.

Las finanzas municipales, como era norma en la Castilla de la época, iban de mal en peor. Los ingresos ordinarios apenas si permitían cubrir los gastos y, desde luego, cualquier impuesto estatal o cualquier gasto extraordinario quedaba fuera del alcance de las finanzas de la ciudad. Conocemos la evolución de la hacienda municipal de Calahorra durante algunos años del siglo XVII, veámoslas:

HACIENDA MUNICIPAL DE CALAHORRA EN EL SIGLO XVII

A Ñ O I N G R E S O S G A S T O S S A L D O 



1609 369.356 328.850 40.506 


1610 386.584 358.896 2.312

1611 380.354 353.323 25.961

1612 - - -

1613 446.792 429.722 17.070

1614 - - -

1615 454.205 461.381 -7.176

1621 472.985 471.425 1.560

1622 399.915 414.279 -19.359

1623 391.646 388.593 3.053

1624 408.319 462.516 -54.197

1625 412.159 505.139 -92.980

1626 386.746 508.385 -121.639

1633 494.892 527.544 -32.652

1634 401.910 488.367 -86.457

1638 353.247 479.133 -125.886 


1639 350.991 389.813 -38.822 



1644 370.319 405.999 -35.680 


1649 276.508 429.065 -152.558

1650 275.012 306.053 -29.941

1651 263.432 262.752 646

1652 319.294 348.602 -29.308

1653 259.692 293.556 -33.864 


1654 229.364 327.046 -97.648 


El exiguo saldo que presentaban la rentas municipales hizo que para 1613 la ciudad acumulase unas deudas, sólo contabilizando el costo de los 25.000 ducados que había supuesto consumir los regimientos perpetuos, de 9,579.737 maravedís más intereses óéstos _ltimos debían suponer unos 4,670.000 maravedís más, aproximadamenteó. Así que hubo que imponer impuestos especiales sobre todo aquel consumo susceptible de generar algún ingreso extra para las arcas municipales: la caza, el pescado fresco, el aceite de ballena, el pescado curado, el congrio, la carne de ballena, la carnicería y el trigo vendido por el Pósito. Eran impuestos que se cargaban sobre el consumo, lo cual, en una sociedad en la que el grueso de la poblaciÛn vivía crónicamente al borde de la subsistencia, resultaba casi dramático. Además, su rentabilidad fue escasísima en relación al esfuerzo contributivo:

IMPUESTOS ESPECIALES SOBRE EL CONSUMO


AÑO RECAUDACION 


1618 604.212

1619 625.454

1620 609.776

1621 664.875

1622 673.081 


1628 626.097 


Este esfuerzo fiscal adicional apenas si servía para cubrir los cerca de 500.000 maravedís que montaban cada año los intereses de los 25.000 ducados que se debían a los prestamistas. La crisis financiera terminó por ser crónica y fue agravándose con el paso del tiempo, de modo que a partir de los años 30 los déficits fueron la norma, no sólo por la caÌda de los ingresos ordinarios, que se reducen casi a la mitad, sino por la corrupción de una oligarquía que actuaba con mayor impunidad conforme pasaba el tiempo. En 1633 el concejo se vio obligado a pedir un préstamo adicional de 20.000 ducados y a establecer nuevos impuestos indirectos sobre los artículos alimenticios. Pero la evolución financiera del Ayuntamiento, lejos de mejorar, empeoró todavía más.

Para terminar de agravar las cosas, en 1635 las familias más ricas, quince en total, tras una negociaciÛn secreta en Madrid, volvieron a comprar los regimientos al rey, con lo que todo el esfuerzo había resultado en vano.

La corrupción del grupo dirigente alcanzó a partir de aquel instante niveles que ni los vecinos más desconfiados pudieron jamás llegar a sospechar. En un juicio de residencia que se tomó a los oficiales se les probaron apropiaciones indebidas de rentas municipales, sólo en el año 1633, por valor de 1,480.364 maravedís, cuarenta y seis veces más que el déficit municipal de ese mismo año. Las finanzas municipales, como era de esperar, se derrumbaron definitivamente y, desde entonces, los impuestos se cobraban prorrateándolos entre los vecinos. Aquel que se negaba a pagar o no tenía recursos para hacerlo, era embargado sin contemplaciones por los recaudadores.

Los problemas iban mucho más allá de la quiebra de la hacienda municipal, las familias poderosas, ya sin oposición alguna en el Ayuntamiento, no se conformaban con apropiarse del dinero público, ni siquiera les bastaba repartir los impuestos entre los vecinos más indefensos para evadirse ellos de su pago, exigían sumisión a la población. Los clérigos de la ciudad exponían así la situación en 1652 en un memorial que enviaron a la Corte:

"los regidores causan violencias, daños e injusticias... y tienen a los vecinos en opresión nacida y originada de la perpetuidad de los oficios y regimientos, que ha hecho insufrible e intolerable el gobierno de los que los poseen"

Se les acusaba también de haberse apropiado de lo poco que quedaba de las tierras comunales del concejo, conduciendo a la miseria más absoluta al resto de la población. El procurador general lo denunciaba así en un concejo abierto celebrado en 1652:

"Dijo y propuso al concejo y vecinos que bien saben y les era notorio la opresión en que se hallaban con la carga intolerable de tener regidores perpetuos, porque después acá que tenían los dichos oficios se habían experimentado grandes inconvenientes, porque con la mano poderosa de los dichos regidores, muchos de ellos que eran en hacienda numerosa, habían echado grandes cantidades de ganados mayores y menores en los términos de la dicha ciudad, con lo cual se comían no solamente las hierbas, sino también los pastos y dehesas boyadas destinadas para el ganado de labor de la ciudad, que era el principal trato y granjería della..."

Así que los vecinos, reunidos en concejo abierto, decidieron, por tercera vez en menos de un siglo, proceder a comprar los regimientos perpetuos, consumirlos en el lenguaje jurídico de la época. Los exiguos recursos financieros de la ciudad, tras décadas de expolio, convertían la empresa en irrealizable, pero pudieron contar con el apoyo de los eclesiásticos, con el Obispo a la cabeza, que se comprometieron a aportar el 50% del dinero necesario:

"Atendiendo a la gran disminución a que han venido los frutos decimales desta ciudad y su tierra, que son alimentos de los eclesiásticos [...] y que todo procede de la necesidad y pobreza de los vecinos de la ciudad, porque siendo la sustancia della la labranza y granjería y cultura de los campos, con que todos se sustentan della, está ésta tan abatida y atropellada y sin alivio los pobres"

El coste de la operación volvía a ser muy elevado:

COSTE DEL CONSUMO DE LOS REGIMIENTOS EN 1652 


R E G I D O R P E R P E T U O INDEMNIZACION 



Manuel Mangado Velasco 600 


Juan Marín 600

Andrés Sandi 1.000

Manuel Alonso Escudero 1.200

Miguel García Jalón 1.050

José Arrieta 1.000

Licenciado Clemente Andosilla 1.200

Simón Urrutigoiti 1.000

Pedro de Medrano 1.000

Andrés Sandi (2º regimiento) 1.000

Diego Mercarrero 1.000

Pedro Ontiveros 1.000

Juan Marín 1.000

Ventura Marín 1.000

Domingo Gurrea 1.000

Jerónimo Echáuz y Velasco 999

Andrés González Zugaiti 1.000

José Alonso Escudero 1.000

Pedro Jiménez 1.000

Juan Díaz González (2 contadurías) 727 


Costas del proceso en el Consejo de Castilla 253 



TOTAL 20.314 


El cambio de sistema de gobierno fue lento, puesto que cada año se suprimían sólo dos regimientos y, como las finanzas municipales iban de mal en peor, era un esfuerzo económico considerable. Con todo, los vecinos pudieron presenciar algún episodio gratificante, como cuando un juez de comisión procesó en 1658 a los odiados regidores perpetuos, condenando a un buen número de ellos.

Pero pasados los primeros años todo volvió a ser como siempre: aprovechando el sistema de electoral, basado en la cooptación, las familias poderosas se reemplazaban unas a otras en el gobierno municipal y los impuestos volvieron a ser cargados sobre los vecinos más pobres.

Esta era la situación que se vivía en Calahorra cuando don Rodrigo regresó a la ciudad hacia 1663. Era ya un anciano de unos setenta años y cualquier otro hubiese aprovechado el regreso para asegurarse una vejez plácida entre parientes y viejos amigos. Pero semejante proyecto no encajaba en absoluto con la personalidad inquieta y arrolladora de don Rodrigo, que en poco tiempo se vería arrastrado por un torbellino político y social extraordinario.

En 1664 consiguió ser designado regidor por el estamento de los hidalgos que su familia había dirigido y casi creado cien años antes. Por primera vez se vio frente a frente con los representantes de las familias que le habían difamado a él y a los suyos durante décadas, debió ser gratificante para don Rodrigo sentarse a su lado y mirarles a los ojos desde la distancia que da la edad y las experiencias vividas. Pero no interpretó la ocasión en términos literarios, sino como una oportunidad, la última de sus días evidentemente, de poner en práctica los proyectos de regeneración social y económica que le bullían en la cabeza desde joven.

Adoptó, desde el primer momento, una postura hostil y agresiva hacia el grupo dirigente, formado por las mismas familias que le habían despreciado a él y a su familia durante años, provocando constantes trifulcas en las reuniones del concejo. Pero lo que le permitió ganarse el apoyo popular fue la presentación de un proyecto de reforma en el sistema de recaudación de impuestos:

"Para que (decía) se excusasen en los vecinos las grandes quejas que había y corriese la paga según la hacienda que cada uno tiene y comercia"

No se conformó con usar los cauces legales, sino que coaccionó reiteradamente a los cobradores de los impuestos cuando embargaban los bienes de los vecinos morosos, una práctica que tanto prestigio hizo ganar en el Antiguo Régimen a los bandoleros:

"Pasó de autoridad y hecho propio a quitar diferentes prendas que los cobradores de los padrones tenían de algunos vecinos de las cantidades repartidas, pasándose a maltratarlos y ajarlos de obra y de palabra"

Cuando en 1665 hubo nuevas elecciones, don Rodrigo ya no fue reelegido e inició sus actividades de agitador: en enero de 1665 colaboró en el estallido de un motín contra el grupo de familias hidalgas que pretendían perpetuar los regimientos, eran los Echáuz, los Medrano, los Vallés, sus enemigos de siempre. Pero fue en febrero, al saberse que su proyecto de reforma fiscal había sido abandonado por el nuevo equipo de gobierno, cuando no dudó en sumarse a la movilización popular:

"Aconsejó a los vecinos resistiesen los repartimientos y padrones, yendo a sus casas y diciéndolo en plazas y calles, y les dijo que si estaban fuertes en no admitirlos, fuesen a su casa por pólvora y balas para levantarlos (a los hidalgos) y que más de cincuenta personas fueron por el dho. don Rodrigo a su casa y lo llevaron al concejo que hubo el primer domingo de enero, vitoreando y diciendo "¡Viva don Rodrigo de Fuenmayor, restaurador de los pobres!", y que en el concejo votaron lo que decía don Rodrigo, sin otro voto ni razones, y que acabado lo volvieron a su casa en la misma forma, y le hicieron grande hoguera en la puerta de ella, vitoreándolo como va referido y disparando arcabuzazos al aire"

Don Rodrigo puede considerarse el arquetipo de líder catalizador : con el prestigio social de ser Caballero de Santiago óel único que había por esas fechas en la ciudadó, un hombre de mundo, residente en la Corte durante muchos años, con parientes influyentes y bien situados, con experiencia de gobierno y con honestidad, a los ojos del pueblo, más que probada; amén de cierta fama de hombre instruido y aficionado a la política. Este tipo de líderes eran descritos óy así lo ha asumido buena parte de la historiografíaó como conspiradores y agitadores que instrumentalizaban al pueblo en su propio y exclusivo beneficio, pero, aun teniendo algún fundamento esta idea, no tenían demasiado que ver con lo que hoy en día entendemos por agitadores de las masas. Por un lado, el pueblo contaba con recursos organizativos propios, que dificultaban la labor de un hipotético agitador interesado; por otro, su actitud carecía del radicalismo demagógico de los líderes populistas posteriores, actuando en todo momento con extremada prudencia en las formas, adoptando comportamientos paternalistas; como fue el caso de don Rodrigo que, tras colaborar en el estallido del motín, no olvidó justificar su actitud ante las mujeres del pueblo:

"Indujo asimismo a las vecinas diciéndoles: "buena traición os tenía armada la justicia y regimiento, si se hubieran descuidado un poco os quedarais viudas", diciéndolo a muchas mujeres de la gente del común"

El líder, si bien participaba ósiempre desde la sombraó en el estallido de los motines, adoptaba actitudes paternales: recomendaba calma y prudencia, pedía que se respetase la vida de los tiranos y jamás daba órdenes, sino que, como buen patriarca, se limitaba a ofrecer sugerencias "como padre que soy de los pobres desta ciudad" . De hecho, una vez que estallaba la violencia, surgían de forma espontánea cabecillas populares con ideas propias y la población fijaba su estrategia de forma asamblearia, fenómenos que terminaban arrinconando a los líderes de extracción elitista.

En Calahorra, por ejemplo, el liderazgo cayó en manos de Simón Martínez Ginés, un albañil, y de otros cuatro cabecillas de extracción estrictamente popular: un sastre, dos jornaleros y un hidalgo pobre*. Estos implantaron una auténtica militarización de la población y plantearon objetivos mucho más radicales:

"ha sido (Simón Mnez. Garcés) de los principales promovedores y amotinadores de los tumultos (...), yendo a las casas de los demás vecinos y haciéndoles salir en tropas y cuadrillas y con un hacha que llevaba rompió diferentes puertas y echó voz y amenaza no habían de entrar ningunas personas de las que estaban huidas (...) y pasó a intitularse y ponerse nombre de corregidor** , andando con sus pistolas de día y de noche"

En todo grupo rebelde siempre conviven, como mínimo, dos sectores de opinión: una mayoría moderada, partidaria de estrategias prudentes, defendidas con argumentaciones que recurren al pragmatismo, a resaltar las posibilidades que encierran los cauces de la legalidad y, en general, siempre con un planteamiento pesimista sobre las posibilidades que existen de lograr un éxito total; y una minoría radical, partidaria de soluciones rápidas y de objetivos maximalistas, que se defienden con argumentos de tipo moralista y con un alto grado de optimismo en las posibilidades de éxito.

En las movilizaciones populares, más que en las de cualquier otro tipo, este fenómeno se ve con toda claridad. Existe además cierta reiteración en las características que re_nen los que forman el ala radical durante las movilizaciones: suele ser gente joven, solteros y menores de edad en su mayoría, y, en cuanto a su extracción social, jornaleros, artesanos y, en menor medida, pequeños propietarios agrícolas. Si prestamos atención a las profesiones de los principales implicados en el motín de Calahorra, las conclusiones son evidentes:

PRINCIPALES IMPLICADOS EN EL MOTIN DE 1665 


PROFESION N º 


Artesanos 10

jornaleros 9

labradores 15

menores de edad 6 


hidalgos 2 


La pugna moderados-radicales tenía como primer resultado el abandono de las filas rebeldes por los miembros de la élite que, en un primer momento, habían participado en los tumultos. En el caso de Calahorra podemos saber con total precisión quiénes fueron los que desertaron de las filas rebeldes entre el 4 de enero óprimer motínó y el 2 de febrero ósegundo motín, esta vez controlado por los radicalesó :
 
 
 

DESERCIONES DE LAS FILAS REBELDES


PROFESION N º 


Hidalgos 19

mercaderes 1

menores de edad 1

escribanos 3

labradores 2 


artesanos 1 


En los primeros actos de protesta no era necesaria una disciplina especialmente férrea, los ánimos de la población estaban todavía muy encrespados y no había riesgo de deserciones. Sin embargo, cuando los tumultos se prolongaban, los miembros de la élite que apoyaban al pueblo desertaban de inmediato óincluso participaban en su represión*ó, pero lo más importante era que un amplio sector del pueblo llano, normalmente mayoritario, empezaba a replegarse: el miedo a la represión que se avecinaba y la escasa confianza que les merecía el tono radical que iba adquiriendo la movilización tendrían, probablemente, la culpa. Los líderes radicales de extracción popular actuaban entonces imponiendo una disciplina claramente militarista. En Calahorra un cabecilla popular, jornalero de profesión, hacía lo siguiente:

"Iba reconociendo desde los primeros hasta los últimos la gente que iba en los tumultos, y si alguno se le quedaba atrás, lo hacía incorporar al tumulto amagando con la espada"

Los tumultos con participación masiva eran reemplazados por desfiles militarizados, en los que los vecinos paseaban con las armas al hombro, redoblando los tambores, sonando las campanas a hermandad, y con banderas; como sucedía, por ejemplo, en Alfaro en 1652:

"Y acabado el dho. concejo abierto, vinieron el dho. alcalde mayor y los que votaron a la plaza en hilera de cuatro en cuatro y de cinco en cinco, capitaneándolos un hermano de Félix Alonso y un maestro de armas, y así vinieron en dicha orden, tocando una caja a fuero de guerra"

Veamos en detalle la primera asamblea, celebrada el 4 de enero de 1665, y en la que el pueblo decidió amotinarse contra un grupo de vecinos hidalgos que pretendían perpetuar los regimientos. Desde finales del año anterior la noticia de la inminente perpetuación circulaba de boca en boca, pero había una profunda división entre el pueblo, en general mucho más preocupado por el problema de la recaudación de impuestos. En este ambiente ócalentado por la noticia, todavía rumor, de que los regidores no tenían intención de modificar el sistema recaudatorioó el Ayuntamiento, como era tradición, convocó concejo abierto en el convento de San Francisco, pero sólo entraron a él los hidalgos, mientras que la plebe se reunía amenazadoramente en la plazuela exterior:

"Se conoció que los vecinos del común estaban conmovidos y alterados, pues sacaron los bancos a la plazuela que hace frente al convento de San Francisco, y que no vinieron se entrase dentro, como era costumbre, aunque lo mandó don Martín de Echáuz, teniente del corregidor"

En la asamblea popular se discutió la actitud a tomar ante el proyecto de perpetuar los regimientos y de desestimar la reforma del sistema de recaudación fiscal que había propuesto don Rodrigo de Fuenmayor. Había, por lo que sabemos, dos posturas; unos eran partidarios de no intervenir en el problema:

"¿Qué nos importa ódecíanó que se vendan los regimientos si nosotros no hemos de ser (nunca) regidores?"

Otros, por el contrario, proponían impedirlo a cualquier precio, relacionando la perpetuación con el problema que realmente preocupaba al pueblo, el de la presión fiscal:

"diciendo se debía resistir por todos medios la compra de los dhos. regimientos, porque sólo Dios era bueno para perpetuo (...) y que ellos quedarían esclavos y que no se quitarían los padrones y repartimientos y otras razones"

Al final se impuso la tesis radical, que incluía el boicot popular al concejo y una acción violenta selectiva contra las cinco familias de las que se tenía la certeza de que planeaban comprar regimientos perpetuos:

"No quisieron nombrar repartidores de alcabalas, ni procurador general, y muchos dellos llevaban espadas y desde ese día empezaron a andar en cuadrillas de día y de noche"

Ocho días después, la noche del 12 de enero, comenzaban los tumultos:

"Pasó la primera inquietud y alboroto, mal trato y rompimiento de cinco puertas de cinco personas que querían comprar, arcabuzazos a las ventanas y el decir de noche y con estruendo "¡Traidores, queréis comprar regimientos y a nosotros con ellos! ¡Caigan!""

Tras dos noches de tumultos, los cinco vecinos aceptaron firmar un documento notarial por el que renunciaban a comprar oficios en el futuro. La calma volvió a la ciudad durante un par de semanas, sobre todo gracias a que las autoridades no se atrevieron a procesar a ninguno de los vecinos implicados; pero comenzaron a circular rumores inquietantes:

"Corrió la voz en esta ciudad que don Eugenio Pérez del Castillo, alguacil mayor, se halló en una junta con el alcalde mayor y otras personas y que se resolvió el ahorcar a algunos vecinos de los que habían andado atumultuados y descompuestos y dispuso unos cordeles para ejecutarlo"

Los rumores eran ciertos, al menos en parte, porque los hidalgos habían resuelto sus disputas internas para terminar con una movilización popular que amenazaba con ir mucho más allá del asunto de las perpetuaciones. Además, tenían que hacerlo ellos mismos, porque el corregidor de Logroño, a quien el Consejo de Castilla había ordenado intervenir, no se atrevía a hacerlo hasta que no se le proporcionasen tropas. Así que el 2 de febrero, el alcalde mayor, acompañado de 46 hidalgos, intentó apresar a varios cabecillas populares, acto que aprovecharon los hidalgos para realizar un ataque armado contra un grupo de vecinos pecheros que se hallaban en el Raso de Santiago, lugar típico de reunión en la ciudad:

"El fin que llevaron ódiría después el juezó fue de ajar y amedrentar a los labradores, atajándoles los bríos para que no los tuviesen en la resistencia de los oficios (perpetuos) y admisión de los arbitrios"

En la refriega hubo varios heridos, pero rápidamente, en pocas horas, el pueblo se volvía a reunir ordenadamente en concejo abierto para decidir la táctica más conveniente:

"Se juntaron en el Raso de Santiago, según la más cierta prueba, pasados de cuatrocientos hombres y parece comenzaron a tratar del sentimiento general con que se hallaban, de haberles tratado de pícaros villanos y de haberlos maltratado y herido estándose quietos y sin hacerles daño, de lo que se había de hacer contra ellos"

Nuevamente se repitió la división entre moderados y radicales:

"Y unos fueron del sentir los matasen y otros que no, porque se perderían, y que sólo se hiciese mucho ruido y se maltratasen las puertas y tirasen arcabuzazos a las ventanas, poniéndoles terror y miedo para que se apartasen de sus ojos y no pasasen a matarlos encontrándolos en las calles o campos. Y otros insistían en que no, que por lo menos habían de matar a los que los habían herido sus hermanos, primos y otros deudos, pues estando sin armas lo habían ejecutado"

Esta vez fueron mayoría los moderados, que impusieron su estrategia de respetar las vidas de las personas, un precepto ético presente en buena parte de las movilizaciones populares conocidas:

"Y se redujo la materia al dho. maltrato y rompimiento de puertas, asentando entre ellos que ninguno entrase dentro de las casas ni tomase cosa alguna, ni hiciese fuerza ni agravio a las mujeres, criados y criadas, y que rompiesen sólo las puertas de los que así los habían maltratado y que al que se saliese de esto lo habían de matar, y así consta por mucho número de testigos se ejecutó, sin que nadie hubiera hurtado cosa ni hecho fuerza, ni maltrato, muerte ni latrocinio"

A partir de este momento hubo asambleas a diario y en ellas se fueron tomando las decisiones, que fueron luego realizadas sin ninguna vulneración de lo aprobado: asaltar la armería de concejo y repartir las armas entre el pueblo, revisar los repartimientos y hacer pagar a los hidalgos sus deudas fiscales, colocar pasquines prohibiendo a los jornaleros trabajar en las tierras de los nobles huidos, etc.

La rigurosa organización popular permitió que hasta el 10 de abril ómás de dos meses después del motínó no fuese posible enviar un juez. Hubo que recurrir al Regente de Navarra y a las tropas acuarteladas en ese reino óalgo sumamente irregular, puesto que las autoridades navarras no tenían jurisdicción en Castillaó, porque el corregidor de Logroño, al que se le había ordenado reprimir la revuelta a primeros de febrero, se negó a hacerlo:

"Pues tengo por sin duda ódecíaó que a mí me perderán el respecto, porque el menor delicto que han cometido los tiene tan continuamente juntos y dispuestos para no admitir castigo"

El cansancio y el miedo a la represión terminaron por hacer mella en la población tras cuatro meses de revuelta. Los que pudieron, optaron por huir, don Rodrigo entre ellos, que se refugió en Logroño, el resto fue desfilando por la Audiencia que el Regente estableció en la ciudad; a quienes huyeron se les juzgó y condenó en rebeldía.

La población en masa negó cualquier tipo de colaboración al juez, salvo cuando se trataba de elogiar la figura de los principales encausados, pero todo estaba escrito de antemano: bastó la declaración de los hidalgos, principales víctimas del motín, para condenar a los procesados. La lista de sentenciados es pasmosa:

SENTENCIAS DEL JUEZ PESQUISIDOR CONTRA LOS AMOTINADOS


N O M B R E PROFESION SENTENCIA 



Rodrigo Fuenmayor y Salcedo Cab. de Santiago 1.500 ducados y 4 años en el Presidio de San Sebastián 



Antonio Paredes Regidor 10.000 maravedís  


Juan López Munillas Hidalgo 20.000 maravedís

Juan Gómez de Larroya Regidor 6.000 maravedís

Jerónimo Remírez Hidalgo 4.000 maravedís

Jerónimo Torrecilla Hidalgo 10.000 maravedís

Juan Gómez Carrero Hidalgo 10.000 maravedís

Juan Gómez Mercader 4.000 maravedís

Francisco de Salamanca Hidalgo 3.000 maravedís

Diego Cuéllar Hidalgo 6.000 maravedís

José de Soria Hidalgo 3.000 maravedís

José de Salinas Cerero 3.000 maravedís

Sebastián de Pereda Hidalgo 10.000 maravedís

Martín de Reta Hidalgo 6.000 maravedís

Bernardo Garrido Hidalgo 6.000 maravedís 


Diego de la Canal Hidalgo 5.000 maravedís 



Miguel García Jalón Regidor 10.000 maravedís 


Francisco Martínez Nieva Hidalgo 3.000 maravedís

Blas Antonio Martínez Azagra Hidalgo 5.000 maravedís

Francisco Díaz de Esparza Regidor 5.000 maravedís

Manuel Díaz González Escribano 6.000 maravedís

Diego López Munillas Hidalgo 6.000 maravedís

Sebastián Escudero Hidalgo 6.000 maravedís

Pedro Paniagua Hidalgo 6.000 maravedís

Pedro García Jalón Escribano 10.000 maravedís

Juan Cordón Palacios Proc. del Común 20.000 maravedís 


Simón Martínez Ginés Albañil 200 azotes, 10.000 maravedís 10 años de galeras 



Baltasar del Rey Jornalero 8 años de galeras, 2 años de destierro, 200 azotes, 10.000 maravedís 



Juan González Bretón Jornalero 5 años de galeras, 1 año de destierro, 10.000 maravedís 


Diego González Bretón Labrador 6 años en el Presidio de Melilla, 10.000 maravedís

Pedro Bravo Soldado 10.000 maravedís y 6 años en el Presidio de Gibraltar

Pedro González Costales Labrador 5 años de galeras, 1 año de destierro, 10.000 maravedís

Diego Sáinz de Calahorra Labrador 5 años de galeras, 1 año de destierro, 10.000 maravedís

Francisco Ayensa hidalgo 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 


Juan de Ayensa Labrador 6.000 maravedís 



Pedro Marín Labrador 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 



Antonio Garrido Labrador 20.000 maravedís 



Sebastián Garrido Labrador 6 años en el Presidio de Melilla, 10.000 maravedís 


Pedro Alcaide Jornalero 2 meses en el Presido de Pamplona, 20.000 maravedís

Blas Ubero Labrador 4 años en el Presidio de Melilla, 10.000 maravedís

Diego de Leza Labrador 6 años en el Presidio de Gibraltar, 10.000 maravedís

Francisco Anguiano Pobre 6 meses de destierro, vergüenza pública 


Juan Félix Jornalero 10.000 maravedís 


Pedro Pérez Alvarez Labrador 20.000 maravedís

Esteban Gutiérrez Labrador 15.000 maravedís

Domingo Ferrer ? 15.000 maravedís

Antonio Amador Alcaide Cárcel 20.000 maravedís

Manuel Zapata Labrador 10.000 maravedís

Manuel Mancebo de Velasco Hidalgo 6.000 maravedís 


Juan Martínez Barranco ? 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 



Francisco González Acereda ? 15.000 maravedís 


Celedón Royo ? 10.000 maravedís

Juan Díaz de Ureta ? 2.000 maravedís

Francisco Cabezón ? 2.000 maravedís 


Pedro Benito ? 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 



Pedro Fernández de las Heras ? 3.000 maravedís 



Domingo Uyabiaga Menor de edad 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 



Pedro Jalón Portero 3.000 maravedís 


Manuel de Salamanca Hidalgo 6.000 maravedís

Juan Alvarez Hidalgo 6.000 maravedís 


Laurencio Sánchez Hidalgo 6.000 maravedís 



Marcos Ramírez de Arellano Hidalgo 6.000 maravedís 


Sebastián de Pereda Hidalgo 6.000 maravedís

Francisco Ruiz Araciel Hidalgo 6.000 maravedís

Juan de Urtubia Hidalgo 6.000 maravedís

Celedón Racetón Hidalgo 6.000 maravedís

Jerónimo Remírez Hidalgo 6.000 maravedís

Alfonso Arrieta Hidalgo 6.000 maravedís

Alfonso Arrieta, hijo Hidalgo 6.000 maravedís

Diego Cuéllar Hidalgo 6.000 maravedís

Diego Cuéllar, hijo Hidalgo 6.000 maravedís

Martín Oliván Hidalgo 3.000 maravedís

Eugenio Pérez del Castillo Alguacil Mayor 6.000 maravedís

Antonio Paredes Hidalgo 6.000 maravedís

Blas Martínez Azagra Hidalgo 6.000 maravedís

José de Soria Hidalgo 6.000 maravedís

Meterio Platero 6.000 maravedís

José de la Gran Hidalgo 6.000 maravedís

Francisco Arrieta Hidalgo 6.000 maravedís

Pedro García Jalón Menor de edad 3.000 maravedís

Francisco López Hidalgo 6.000 maravedís

Pedro Zapata Hidalgo 6.000 maravedís

Meterio Ruiz de Velasco Hidalgo 6.000 maravedís

Juan Royo Hidalgo 6.000 maravedís

Diego de la Canal Hidalgo 6.000 maravedís

Jorge Alonso Hidalgo 6.000 maravedís

Manuel Moreda Hidalgo 6.000 maravedís

Andrés de Sandi Hidalgo 6.000 maravedís

Juan de Oñate ? 5.000 maravedís

Juan Royo Moreno ? 6.000 maravedís

Francisco Miranda ? 8.000 maravedís 


Pedro Fernández Cortijo ? 5.000 maravedís 



Juan Tamayo Menor de edad 2.000 maravedís 



Diego González ? 6 años en el Presidio de Melilla, 10.000 maravedís 



Manuel Fernández ? 5.000 maravedís 



José Rubio ? 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 



Francisco Martínez ? 3.000 maravedís 


Juan S·inz Marta ? 5.000 maravedís 


José de Herce ? 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 



Gabriel de los Aradros ? 5.000 maravedís 


José S·inz de los Aradros ? 5.000 maravedís 


Francisco García Ulloqui ? 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 


Juan García Ulloqui ? 4 años en el Presidio de Gibraltar 


Pedro de Aragón ? 6.000 maravedís 


Juan de Luna ? 5.000 maravedís

Francisco Ibáñez ? 6.000 maravedís 


Francisco de Ocón ? 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 



Domingo Martínez ? 4.000 maravedís 


Martín de Ureta ? 6.000 maravedís 


Domingo de las Heras Menor de edad 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 



Manuel Miranda ? 6.000 maravedís 


Francisco Collado ? Absuelto

Blas Aróstegui ? 3.000 maravedís

Antonio Alonso ? 4.000 maravedís

Juan S·inz Larrodera ? 5.000 maravedís

Juan Vailo ? 5.000 maravedís 


Francisco S·inz, alias el Rufián ? 4.000 maravedís 



Francisco de Oñate ? 6.000 maravedís 


Jacinto Oñate ? 6.000 maravedís

Francisco López Munilla Hidalgo 6.000 maravedís

José Aróstegui Hidalgo 6.000 maravedís

Diego Aragón ? 10.000 maravedís

Francisco Alonso ? 2.000 maravedís 


Francisco Soriano Jornalero 200 azotes, 10 años en las Pregonero galeras,10.000 maravedís 



Diego Gualite ? 5.000 maravedís 


Juan Llorente ? 6.000 maravedís

Antonio Mancebo ? 6.000 maravedís 


Diego López Pastor 6 años en el Presidio de Gibraltar, 10.000 maravedís 


Francisco Sara ? 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís

Diego Ferrer, alias el Roña ? 4 años en el Presidio de Melilla, 10.000 maravedís

Pedro Gómez Falcón ? 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 


Eugenio Pérez del Castillo Alguacil Mayor 300 ducados, 4 años en el Presidio de San Sebastián, 4 años de suspensión de oficio público 



Valeriano Pérez del Castillo Teniente de 300 ducados, 3 años de Alguacil Mayor destierro 


Miguel Cordón Palacios Procurador del 100 ducados, 4 años en el número Presidio de Pamplona 


Baltasar Ruiz Cedacero 3.000 maravedís 


Pedro Aguado ? 3.000 maravedís

Baltasar Ferrer ? 4.000 maravedís

Pedro Ayensa ? 3.000 maravedís 


Juan Ruiz Campos ? 5.000 maravedís 



Matías Garrido ? 2.000 maravedís 


Juan Pérez Roldán ? 5.000 maravedís 


Francisco Caro, alias el Malagués Sastre Embargo mitad de sus bienes, Muerte en la horca 


Pedro Esteban Labrador 200 azotes, 10 años en las galeras, 10.000 maravedís

Esteban Arlés Labrador Embargo de la mitad de sus bienes, Muerte en la horca

Pedro las Heras Pintado Labrador 10 años de galeras, 10.000 maravedís 


Celedón Miguel* Labrador Muerte en la horca, embargo de la mitad de sus bienes 



Pedro Martínez de la Peña Labrador 200 azotes, 10 años de galeras, 10.000 maravedís 


Manuel de Arnedo Labrador 4 años en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís

Celedón Visaires Albañil 8 años de galeras, 10.000 maravedís

Cosme López Labrador 4 años en el Presidio de San Sebastián, 10.000 maravedís

Gil Ruiz Cedacero 10 años de galeras, 10.000 maravedís

Rodrigo Arnedillo Labrador 2 meses en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís

Diego Ibáñez Labrador 4 años en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 


Agustín Ciria ? 2.000 maravedís 



Agustín Malvaseda ? 4 años en el Presidio de San Sebastián, 10.000 maravedís 



Juan Martínez de la Peña ? 4 años en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 



Gaudosio Preciado ? 2.000 maravedís 



Juan Aguado ? 4 años en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 


Antonio Garrido ? 4 años en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís

Juan de Golina ? 4 años en el Presidio de Pamplona, 10.000 maravedís 


Juan de la Sala ? 2.000 maravedís 



Francisco Castañares ? 4 años de destierro, 4 años en el Presidio de Gibraltar, 20.000 maravedís 


La historia de don Rodrigo se oscurece a partir de los motines populares de 1665, pero no por ello dejó de intervenir, desde la sombra, en los acontecimientos políticos de la ciudad. En 1668 seguía todavía con vida y conservaba arrestos para organizar una conspiración contra los hidalgos que controlaban el concejo y que tramaban reinstaurar el sistema de recaudación de impuestos que había provocado los disturbios de 1665. Uno a uno, los enemigos de los regidores fueron pasando por casa de don Rodrigo, quien los recibía por la noche. En el Ayuntamiento era regidor ese año su hijo Antonio, a quien el alcalde mayor describía así en un informe secreto enviado al Consejo de Castilla:

"El regidor preeminente es don Antonio de Fuenmayor... quien jamás ha tenido otro oficio de república y está falto de experiencia y sobrado de la influencia de su padre, don Rodrigo de Fuenmayor"

Cuando se supo respaldado por el pueblo llano y por una parte de los vecinos influyentes, sobre todo eclesiásticos, volvió a repetir su comportamiento de 1665 e instó a los vecinos a oponerse por todos los medios. Las palabras de don Rodrigo corrieron de boca en boca por la ciudad durante la primavera de 1668 y pronto, como una bola de nieve, la amenaza del motín se repitió:

"Si vuelven los padrones ódecía un informante anónimoó se levantarán los vecinos y a don Andrés de Sandi y a don Manuel Mancebo, regidores, les habían de quemar las casas por ser los que lo fomentaban"

Al menos aquel año no volvieron los padrones, tampoco volvió a mencionarse en la documentación que sobre Calahorra se conserva en el Archivo Histórico Nacional el nombre de Rodrigo Fuenmayor. Tenía ya 74 años y probablemente vivió poco más.
 

III.- EL CONTEXTO INTELECTUAL DE DON RODRIGO

III.1.- El pensamiento político europeo en los siglos XVI y XVII

1.- La herencia de la Edad Media

El pensamiento medieval óal igual que el grecolatinoó daba por sentado el famoso axioma de Aristóteles: "El hombre es un ser social (...) pues la ciudad es, por naturaleza, anterior al individuo, porque el todo es necesariamente anterior a la parte". Esta idea clásica fue recogida por todos los autores cristianos, desde San Agustín a Santo Tomás y con pocas modificaciones.

Del mismo modo, la existencia de poderosos y subordinados, de relaciones de poder, se consideraban como una consecuencia necesaria óen su acepción dialécticaó de la propia desigualdad social; de ahí que se dedicasen enormes esfuerzos a justificar teóricamente, por ejemplo, la desigualdad estamental, pero muy pocas líneas a hacer lo propio con la existencia de reyes y otras formas de poder.

Se producía paralelamente una identificaciÛn entre comunidad civil y comunidad política: Es decir, que aquel que no participa en el poder óel esclavo, el judío, el extranjero, etc.ó no forma parte de la sociedad civil. En realidad, política y sociedad eran términos prácticamente sinónimos.

Al considerarse la existencia de dominadores y dominados como algo natural, teorizar sobre conceptos tan esenciales como el de soberanía, por ejemplo, carecía de sentido: lo único que realmente interesaba a nivel teórico era la forma en que se ejerciese la autoridad, no su origen o su futuro. El concepto, ya claramente estatal, de la soberanía era sustituido por el de la gracia, emanada de Dios y transmitida al Papa y, a través de él, a los reyes.

Se observa también un predominio absoluto de las tradiciones sobre las teorizaciones: En realidad, los pensadores políticos medievales ósi es que cabe hablar de su existenciaó no pretenden ofrecer formulaciones teóricas o filosóficas sobre el régimen político que conocieron, sino meras descripciones de lo existente o, más frecuentemente, meditaciones sobre la inevitable distancia que separaba a los imperativos ético-legales ódictados por las tradiciones seculares o religiosasó y de la praxis política.

En cualquier caso, existía a nivel popular una concepción ascendente y contractual de la soberanía, la cual, lógicamente, entraba en contradicción con la concepción de las élites ódesde el Papa hasta la nobleza laicaó que la tenía descendente: emanaba de Dios y éste, a través de la gracia, la transmitía al Papa, el cual, a su vez, hacía lo propio con los reyes y éstos, la transmitían a la nobleza.

Uno de los primeros síntomas de que algo estaba cambiando tuvo como víctima al Papado, depositario hasta la crisis bajomedieval de la gracia divina y, por tanto, máximo dispensador de autoridad política en el mundo cristiano. Aunque la famosa Guerra de las investiduras terminase con un éxito aparente del Papado, lo cierto es que las monarquías europeas empezarán a autoproclamarse reyes por la gracia de Dios, negando de este modo la intermediación papal.

Aunque todavía apenas existiese una justificación teórica y jurídica sólida, lo cierto es que las incipientes monarquías autoritarias de los siglos XIV y XV actuaban, de hecho si no de derecho, como si ellos fuesen los depositarios de la autoridad divina; W. Ullman llegará a definirlas como realezas teocráticas. Ciertamente, sería una concepción del origen del poder absoluto de los reyes con enorme futuro, pero, de momento, se trataba más de reforzar a los reyes frente al Papado y al Imperio, los dos supuestos herederos terrenales del poder que Jesús otorgase a San Pedro.

Ya en el siglo XV, los Papas de Roma carecerán de mecanismos efectivos para imponer sus decisiones, pero en el XVI, con la Reforma protestante en expansión y las monarquías absolutas católicas empeñadas en colocar a sus respectivas Iglesias nacionales bajo su control, éste desaparecerá por completo.

El segundo gran heredero de la Universitas cristiana, el Imperio tuvo un breve renacimiento al calor de la llegada al trono de Carlos V de Habsburgo. La idea imperial carolina, ampliamente apoyada por importantes intelectuales humanistas ócon Erasmo a la cabezaó, no era una mera recreación de los viejos ideales germánicos, sino una adaptación de éstos al nuevo contexto renacentista. De hecho, muchos humanistas óy el propio emperadoró creyeron llegado el momento oportuno de restaurar el antiguo Imperio Romano, aprovechando no sólo la coyuntura política, sino el ambiente cultural europeo de recuperación del legado clásico.

La idea imperial pretendía poner fin a buena parte de los problemas a los que se venía enfrentando Europa desde la crisis de la Baja Edad Media: la herejía y el descrédito del papado en lo religioso y el estado de guerra permanente entre monarquías en el que se hallaba inmersa Europa desde hacía unos 200 años en lo político. A esta utilidad práctica, según los teóricos de la idea imperial, se le sumaba la legitimidad jurídica emanada del legado romano óya se había descubierto, por ejemplo, que el Testamento de Constantino, en el que el Emperador cedía sus poderes terrenales al Papa, era una falsificaciónó: legitimidad jurídica, vuelta a la unidad de los cristianos, fin de las guerras fratricidas... fueron muchos los intelectuales que se sintieron fascinados por la posibilidad.

El proyecto imperial no sólo fracasó políticamente óel testamento de Carlos, dividiendo sus posesiones, sería la prueba finaló, sino que también lo hizo en el campo del pensamiento político. Como veremos, los principales humanistas no tardaron en olvidar el viejo sueño imperial para concentrar sus esfuerzos en explicar primero y justificar después a las emergentes monarquías absolutistas.

2.- La justificación del Absolutismo en el siglo XVI

Los orígenes del pensamiento político ya plenamente moderno, vinculado a la justificación del nuevo régimen absolutista y estatal que se abría paso, fueron relativamente modestos. Sin duda, el gran teorizador de este primer periodo fue Maquiavelo. Su gran obra El príncipe, se adaptó al ya viejo género del speculum princeps, ensayos que pretendían aconsejar al gobernante en el ejercicio de sus funciones, muy usado anteriormente. Sin embargo, aunque la forma fuese la misma, los contenidos serán diametralmente opuestos: no intentará enseñar al príncipe a adaptar su comportamiento a los preceptos evangélicos, sino que creará toda una nueva teoría política, basada en los siguientes principios:

a.- Autonomía moral y jurídica de la política, es decir, que las leyes y normas que rigen en el mundo de la ética y de las relaciones sociales cotidianas no cuentan a la hora de ejercer el gobierno.

b- Un acusado pragmatismo: sólo lo útil y lo que efectivamente estaba sucediendo tenía que ser tenido en consideración por el príncipe.

c.- Amoralidad, es decir, Maquiavelo enseña la estrategia, el arte de hacer políticas victoriosas, pero éste, lógicamente, puede ser usado igual por un gobernante justo que por un tirano.

d.- Su doctrina política se basa en una concepción de la sociedad y del individuo que rompe definitivamente con las tradiciones medievales: Pesimismo antropológico: el hombre es esencialmente malo, voluble y, en consecuencia, indigno de confianza. La política no puede olvidar nunca este hecho o, en sus propias palabras, un Estado no se puede gobernar con padrenuestros; la vida terrenal se halla gobernada por la Fortuna, cruel, injusta e irracional muchas veces; ante ella no cabe confiar en ningún tipo de providencia divina, sino enfrentarse a ella con nuestras mejores armas y los ardides más eficaces, oponer a la fortuna, en suma, la virtu humana; ante esas dos realidades óla maldad humana y la fortuna crueló no cabe otra opción que un análisis rigurosamente realista de cada situación. El príncipe, si actuaba con realismo y renunciando a cualquier utopía, sería dueño de su destino, capaz de sobreponerse al contexto hostil.

Maquiavelo tuvo la suerte ódigámoslo asíó de que ninguna de sus dos obras políticas óEl Príncipe y los Discursosó le fuesen publicadas en vida (murió en 1527 y se publicó en 1532). Cuando así fue, provocaron una oleada de críticas que terminaron por deformar totalmente los contenidos de su obra: Maquiavelo fue tachado de satánico y sus obras prohibidas en casi todos lado: en 1557 Maquiavelo fue quemado por la Inquisición en esfinge y sus obras proscritas. Sin embargo, la huella de su pensamiento permaneció, porque al calor de la polémica un buen número de intelectuales comenzaron a publicar distintas obras con títulos parecidos que pretendían ser alternativas piadosas al maquiavelismo. Recuérdese, por ejemplo, la piadosísima Educación para príncipes y princesas cristianas de José de Tejada, Confesor de Felipe II o el feroz antimaquiavelismo de los pensadores utópicos de la segunda mitad del siglo XVI óCampanella y Bacon, por ejemploó.
 

3.- El pensamiento utópico en el Renacimiento

Explicar los factores que explican es surgimiento del pensamiento utópico europeo es realmente complejo, pero yo destacaría los siguientes:

a.- La presión psicológica que sobre los humanistas ejercía el estado de guerra permanente en el que vivía la Europa del XVI.

b.- El contenido liberador  que poseían las doctrinas filosóficas del momento: la razón, la libertad, la tolerancia, la ciencia, etc., se consideraban capaces de regenerar tanto al individuo como a la sociedad en su conjunto.

c.- El revulsivo intelectual que supuso la Reforma, con la aparición de movimientos sectarios radicales que proponían un retorno a los modos de vida de las primeras comunidades cristianas ócolectivismoó y una aplicación rigurosa de los preceptos evangélicos a la vida social.

d.- La crisis de los ideales medievales, incluido el teocentrismo, que convertía en inevitables ócastigo de Diosó los defectos dramas sociales. Ahora, por el contrario, el hombre estará capacitado para solucionarlos, recurriendo para ello al esfuerzo óla virtusó y a la razón.

Los proyectos utópicos de los siglos XVI y XVII, entre los que cabe destacar a tres grandes autores, Thomas More (1478-1535), autor de Utopía, Campanella (1568-1639), autor de La ciudad del sol, y Francis Bacon (1561-1626), autor de La Nueva Atlántida. Aunque las diferencias entre estos tres autores sean grandes óy más lo serían de incluir a otros pensadores con alguna incursión en la literatura utópicaó, todos tienen una serie de rasgos comunes:

a.- Colectivismo de raÌz cristiana: El ideal evangélico de renuncia a la propiedad privada para sustituirla por diversas formas de comunidad de bienes está presente en todos los casos, aunque basándose es sistemas socio-económicos racionalizados, no en el recurso a la fe.

b.- Alternativa al ideal aristocrático, basado en la belicosidad y en el privilegio: La paz social y la igualdad entre los ciudadanos serán la alternativa. Esto supondrá un proyecto de regeneración del individuo y de la sociedad: cooperación a cambio de egoísmo, tolerancia a cambio de agresividad, valoración del mérito personal a cambio de privilegios heredados o impuestos por la fuerza.

c.-Recurso a la racionalidad, incluida la tecnología, para solucionar los problemas: Ninguno de los pensadores utópicos recurre a sobrevalorar al género humano, los hombres siguen careciendo de altruismo e inteligencia, pero esto se obvia mediante la instauración de complejos sistemas organizativos, basados en reglas exhaustivas que anulan, en menor o mayor medida, la tendencia individual hacia el egoísmo.

d.- Los proyectos utópicos no se presentan como meras elucubraciones teóricas, sino que pretenden ofrecer alternativas realizables para dar una solución a la inestabilidad provocada por los grandes procesos de cambio que se estaban produciendo: creación de Estados con políticas agresivas, aparición del capitalismo, intolerancia y sectarismo religioso

e.- Pese a lo dicho, todos presentan un acusado antimaquiavelismo: la política no debe adaptarse a la realidad, sino, valiéndose de la razón, transformarla.

4.- La teoría política del Barroco y la apología del Estado Absoluto

El pensamiento político en el Renacimiento tardío y el Barroco se halla caracterizado por una obsesión de la que sólo los utópicos y algunos intelectuales protestantes radicales escapan: justificar y redefinir el nuevo orden monárquico absolutista. El objetivo ya no será, como en la época de Maquiavelo, "educar" al príncipe, sino ofrecer una explicación racionalizada del nuevo y hegemónico sistema político.

Jean Bodin (1530-1596) será considerado por muchos el verdadero padre de la ciencia política moderna, fundamentalmente gracias a dos de sus obras De six livres de la República y De Monarchia, donde hace una profunda elaboración teórica y una clara apología del sistema absolutista. Veamos sus ideas claves:

a.- El Estado es una comunidad de ciudadanos regidos por un gobierno legalmente establecido. La legalidad la aportará no tanto la existencia de algún tipo de constitución, sino su adaptación a la ley natural, es decir, será legal si está bien ordenada y satisface las necesidades humanas. Como puede verse, es una concepción laica del Estado, muy en la línea de Aristóteles.

b.- El poder político de todo Estado descansa en una ley natural que convierte a la soberanía en absoluta, es decir, centralizada, única, perpetua e incuestionable. Por esta razón, será la monarquía absoluta el sistema que mejor se adapte.

c.- Los ciudadanos deben someterse a la ley del real sin ningún reparo y el rey sólo a la ley natural óen última instancia, Dios estaría detrás de ellaó. De este modo, el imperio de la ley precisaría de un gobierno autocrático y sin ninguna limitación legal a la voluntad del rey.

d.- Para que un Estado funcione correctamente no basta con que sea legítimo, sino que son necesarias tres condiciones: majestad ópoder absolutoó del monarca; autoridad óvaloración de sus consejosó de la aristocracia; y libertades órespeto a sus derechosó del pueblo. En suma: la ley natural, que otorga al monarca el poder absoluto; la razón, que otorga a la aristocracia capacidad para opinar; y la justicia, que salvaguarda al pueblo de los abusos.

Thomas Hobbes (1588-1679), autor del famoso Leviatán ópublicado en Londres en 1651ó, introducirá algunos elementos fundamentales en la justificación de los Estados Absolutos:

a.- Al igual que Maquiavelo, un profundo pesimismo acerca de la naturaleza humana. Según Hobbes, el hombre, si no encuentra cortapisas a sus impulsos naturales, se convierte en una bestia feroz, sería, por tanto, la guerra de todos contra todos, el caos y la autodestrucción.

b.- Existen dos imperativos que exigen impedir esta situación: en primer lugar, la ley natural, que nos obliga a garantizar nuestra supervivencia individual y la de nuestra especie; en segundo lugar, la razón, que nos induce a moderar nuestros instintos porque, objetivamente, entregarnos a ellos resultaría autodestructivo e inmoral.

c.- ¿Cómo aplicar estos dos imperativos? Pues mediante la constitución de una autoridad absoluta incuestionable óel monstruo Leviatán sería una metáforaó capaz de imponerlos mediante la coacción a los rebeldes y la persuasión a los sabios. En cualquier caso, limitar la libertad individual y convertir las decisiones de gobierno en incuestionables resultarían mecanismos irrenunciables para un mundo justo y próspero.

5.-La aportación del protestantismo moderado

La Reforma aportó una nueva teología de la autoridad política y de la relación entre el hombre cristiano la autoridad, sin embargo, los pensadores protestantes no elaboraron una teoría política sistematizada, sólo les interesaba saber cuál había de ser el papel del poder político en el seno de la comunidad cristiana, su justificación teológica y el nuevo orden que había de regir la relaciones cristiano-poder en el marco de la Reforma.

Martín Lutero en primerísimo lugar, pero también el anglicanismo inglés, supondrá un reforzamiento de la autonomía del Estado frente a la religión. La base teológica será que al establecerse un vínculo directo entre Dios y el creyente, éste es un hombre libre a la hora de organizar su vida material, de manera que Estado no era sino una proyección de esa libertad personal. Esto significa, en primer lugar, una secularización del Estado, que ya no necesita someterse a la autoridad eclesiástica para legitimar su existencia o su funcionamiento, en segundo lugar, su libertad funcional, al ser la plasmación exterior de la libertad interior óde concienciaó que había inaugurado la Reforma.

Martín Lutero elaborará la doctrina política clásica del protestantismo moderado, basada en los siguientes principios:

a.- La existencia de un Estado secularizado no sólo es tolerable, sino incluso deseada por Dios, puesto que un Estado confesional debería renunciar a la coacción, lo cual significaría, en la práctica, permitir que los malvados no tuviesen castigo.

b.- Siguiendo a San Pablo, afirmará que oponerse al poder político laico es oponerse a Dios, puesto que toda autoridad que existe en el mundo terrenal debe su presencia a la voluntad de Dios. El derecho a la resistencia contra el tirano, una idea tan afín al humanismo renacentista, quedará absolutamente proscrita.

c.- El único límite real que Lutero pone al poder secular será que no se inmiscuya en materias de fe, es decir, que respete la libertad individual de la conciencia del creyente.

Juan Calvino, por su parte, se alejará de la drástica separación Luterana entre autoridad civil y religión, para él Dios domina toda la creación y el derecho natural es sinónimo de la voluntad de Dios. El orden político quedará supeditado al ideal evangélico de instaurar un mundo acorde con el cristianismo: es un poder beligerante que actúa siempre bajo los designios de Dios, incluso cuando se comporta de un modo tiránico.

6.- El ideario popular extremista

La Reforma, pese a los desvelos de Calvino y Lutero, fue interpretada por amplios sectores sociales como el inicio de una liberación que tenía que llegar más allá del mundo de la conciencia individual, debería incluir también las esferas terrenales de la vida del hombre: la económica, la social, la cultural y la política. Veamos cuales fueron, a nivel general, sus principales tesis:

a.- La resistencia a la tiranía no es sólo un derecho, sino un deber ético de todo cristiano. Esto se explicará, además, aludiendo al derecho positivo, no a grandes principios teológicos: las rebeliones campesinas alemanas de 1530, las sucesivas revueltas protagonizadas por los grupos anabaptistas durante el XVI y, sobre todo, las rebeliones populares que acompañaron a la revolución inglesa de 1640.

b.- La desigualdad entre los hombres no tiene justificación religiosa alguna: los campesinos alemanes decían: "Cuando Eva hilaba y Adán cavaba ¿Dónde estaba el caballero? Ciertamente, este igualitarismo, comunismo en muchas sectas radicales, tenía una justificación eminentemente bíblica, alejada del pensamiento ilustrado, pero cuestionó de un modo definitivo las viejas concepciones medievales que consideraban a la desigualdad entre los hombres como un reflejo de la desigualdad celeste.

c.- Cualquier forma de dominación política es un atentado contra la libertad de conciencia. El antiestatalismo fue otro de los principios básicos de los sectarismos radicales óanabaptistas alemanes, seeker y ranters ingleses, cuáqueros, etc.ó.

d.- El único sistema de gobierno justo es el que garantice la igualdad, la libertad y la justicia social: aunque fuese con argumentaciones religiosas, lo cierto es que pensadores radicales, como Winstanley, John Warr, Milton o Bunyan harán planteamientos políticos democráticos.

7.- El ius gentium y el derecho natural

El concepto de ley natural, aunque ya esbozado por Aristóteles en la Política y en la Etica y recogido por la Escolástica bajomedieval, es, sin embargo, uno de los rasgos definitorios del pensamiento político renacentista y barroco. El ius gentium, aun teniendo un evidente origen en el derecho romano óera el código que se aplicaba a los extranjeros y a los pueblos sometidos que no gozaban ni de la ciudadanía ni del ius latii minusó , no es sino una aplicación más del derecho natural.

Por este concepto debemos entender, por un lado, un conjunto de derechos inherentes a cada individuo, colectivo social o Estado; y, por el otro, a una serie de preceptos jurídicos que, se suponía, son consustanciales a la vida social, son, por así decirlo, imperativos naturales a los que todo individuo o sociedad se ve sometido de una forma inconsciente.

Esta concepción de las fuentes del derecho significará romper con buena parte de las reglas vigentes durante la Edad Media, aunque, como es lógico, esa ruptura será paulatina y con no pocas continuidades. Veamos los principales puntos de ruptura:

a.- Ruptura con la concepción teológica del derecho: El orden jurídico no será fruto del designio divino, sino que hallará su origen en las creaciones humanas y en los imperativos naturales. Esto significa, en mayor o menor medida, una secularización del derecho.

b.- Ruptura con la tradición como fuente de legitimidad: Durante la Edad Media, los usos y costumbres eran una de las principales fuentes de derecho y de jurisprudencia. Ahora se pondrá en duda este principio: la tradición es una obra humana más y, por tanto, susceptible de ser sometida a crítica a la luz de la razón y de la ley natural.

c.- Ruptura con el ecumenismo cristiano: Durante la Edad Media existe una equiparación entre comunidad cristiana y comunidad civil y política, de hecho eran términos prácticamente sinónimos. Esto significa que lo no cristiano, ya sean individuos, colectivos sociales, naciones o meras prácticas sociales, no forma parte de la comunidad y, por tanto, carece de derechos. El derecho natural opinará, por el contrario, que todos los hombres y colectivos son partícipes de determinados derechos y que, por tanto, las relaciones entre naciones deben regirse bajo el precepto de que jamás pueden ser vulnerados. Se pondrá fin a la supuesta autoridad del Papado sobre todo el mundo no cristianizado, al derecho de conquista como derecho absoluto y a la posibilidad de privar de derechos a los no cristianos.

III.2.- El arbitrismo castellano del Siglo de Oro

Don Rodrigo era un hombre apasionado, y sin duda dedicó mucho tiempo a la preparación de este memorial, su vida de rentista se lo permitía sobradamente:

"Es el intento de aver puesto el ombro al trabajo continuo de doce años, andando como a caça de hombres famosos y eminentes, con quien he comunicado las cosas de la hazienda de Vuestra Majestad y he sacado (si bien por medios diversos) la resolución deste discurso"

Sin embargo, como él mismo reconoce, su formación intelectual es básicamente empírica, sin estar respaldada por una fase previa de formación cultural. Además, don Rodrigo carece de experiencia política alguna, todos sus conocimientos provienen, como él mismo dice, de la comunicaciÛn con hombres eminentes. Estas dos carencias unidas ódeficiente preparación intelectual y falta de experiencia política realó van a reflejarse de forma muy negativa en el valor literario e intelectual del bienintencionado memorial de don Rodrigo: habla, a menudo, con la osadía que propician la ignorancia y la inexperiencia, aunque, como contrapartida, su texto tiene la frescura que otorga la ausencia de las limitaciones que el academicismo del XVII exigía a todo trabajo intelectual.

Su formación autodidacta incluía, por supuesto, un interesante bagaje de lecturas, pero restringidas, según se puede deducir del texto y de su aparato crítico, a los escritores españoles de los siglos XVI y XVII y algún que otro texto medieval, conocido probablemente a través de traducciones al castellano. No ha leído de primera mano a los clásicos, algo que resultaba imperdonable en esta época para un intelectual con formación académica, pero no renuncia a aprovechar sus enseñanzas, aunque, eso sí, siempre o casi siempre basándose en comentarios y citas de autores castellanos del Renacimiento.

Presuponemos también que no dominaba el latín, probablemente tenía de esta lengua una formación meramente inicial, lo cual reducía todavía más sus posibilidades formativas al privarle del grueso de la producción ensayística, que había sido escrita óy en gran medida continuaba siéndoloó en latín.

Otro problema realmente serio que presenta el pensamiento político de don Rodrigo son sus pretensiones literarias. No es un intelectual y mucho menos un literato, pero pretende escribir a imitación de ellos, alejándose de la famosa frase de Juan Valdés óparafraseada luego por Cervantesó: escribo como hablo. Don Rodrigo, por el contrario, intenta presentar su pensamiento con un estilo recargado, ampuloso y enrevesado, muy al gusto del Barroco castellano, al menos de alguna de sus corrientes. Sin embargo, los resultados que obtiene son realmente pobres desde un punto de vista estilístico y su prosa se nos muestra oscura, difícil de entender y con no pocos errores crasos.

En cuanto a los fundamentos teóricos de sus propuestas y al aparato conceptual que maneja, es difícil encontrar nada novedoso. Su discurso se articula en torno a principios intelectuales muy conocidos por el pensamiento político castellano de la época, a menudo simples tópicos, repetidos ritualmente desde los inicios de la teoría política del Renacimiento.

Dicho todo esto, alguien podría preguntarse por el interés histórico del memorial de don Rodrigo. Evidentemente, éste no está en su calidad literaria ni en la profundidad intelectual de su discurso. La importancia de esta obra hay que buscarla, a mi juicio, en dos elementos: en su papel ejemplificador del llamado arbitrismo castellano y en la reinterpretación radical y populista que lleva a cabo de los conceptos fundamentales del pensamiento político de su época.

Como ejemplo de la literatura arbitrista del XVII nos acerca a lo que fue dicho fenómeno en la práctica social. Debemos tener en cuenta que buena parte de los análisis historiográficos que se han hecho sobre este interesantísimo fenómeno han tomado como fuente los grandes memoriales de autores con enorme entidad intelectual o política y, como contrapunto, las obras de auténticos majaderos que enviaban propuestas irracionales sin otro objeto que ocupar la ociosidad o lograr notoriedad en la Corte. La obra de don Rodrigo, por el contrario, es un trabajo serio y sincero, hecho por un hombre sin responsabilidades políticas, pero hondamente preocupado por la situación de Castilla y dispuesto ósu propia biografía lo demuestraó a arriesgar su poco o mucho prestigio personal para sacar adelante el país.

Mayor interés tiene, en mi opinión, el tono ideológico del discurso, radical, pero sin caer en posibilismos ni utopías, antes comprometido al extremo con la realidad y haciendo propuestas concretas a problemas específicos. Lo que a don Rodrigo le preocupa son los hechos, no las teorías, de ahí que no dude en mezclar argumentos y conceptos típicos de la literatura justificadora del absolutismo con otros ajenos a ella, como las tradiciones medievales o el pensamiento político de los indigenistas del XVI. Este cóctel es, como veremos a continuación en detalle, realmente interesante y muestra que, bajo la apariencia de una cultura dominada hasta en sus últimas manifestaciones por lo que podríamos llamar pensamiento ortodoxo, existía un dinamismo intelectual asombroso.

Todo el documento está plagado de referencias al bienestar de los más humildes, de alegatos en favor de una política socialmente activa, que favoreciese al pueblo llano aun a costa de los intereses y privilegios de los poderosos:

"Porque el oficio y fin para que se hizo el Rey fue para la Rep_blica, y no la República para el Rey"

Podría pensarse que se trata de recursos retóricos, pero no es así. En primer lugar porque no fue ni mucho menos el único arbitrista de la época que adoptó esta actitud y, junto a esto, porque su biografía personal, su comportamiento cuando, ya anciano, tuvo ocasión de ejercer el poder, demuestran su sinceridad sin ningún género de dudas.

Como paso previo y para poder valorar correctamente el pensamiento político de don Rodrigo es necesario conocer cuál fue el entorno intelectual en el que se fraguó su visión del mundo y de la política. Este contexto mental no puede ser otro que el del llamado arbitrismo castellano, sin duda la manifestación más interesante del pensamiento español del Siglo de Oro.

El término arbitrista surgió a finales del siglo XVII con intencionalidad despectiva. Con él se agrupaban un conjunto heterogéneo de obras ensayísticas enviadas a la corte por particulares de todo género con el objeto de denunciar los problemas sociales y económicos de Castilla y proponer soluciones, arbitrios en el lenguaje de la época. Se puede hablar de arbitrismo desde mediados del siglo XVI, cuando se escribieron los famosos memoriales de Luis Ortiz (1558) y Martín de Azpilicueta (1557), así como algunas obras ensayísticas de enorme influencia sobre este tipo de literatura política, como las de Tomás de Mercado (1569), Saravia de la Calle y otros tratados de economía política muy difundidos a partir de entonces.

Sin embargo, el periodo de mayor florecimiento de este tipo de literatura se corresponde con los años finales del siglo XVI y, más todavía, el reinado de Felipe III y los inicios del de Felipe IV. Como puede observarse, coincide con el periodo crítico de la hegemonía castellana en Europa, el momento en que se convierte en un lugar común hablar de decadencia. Los arbitristas tratarán de analizarla y, con mayor o menor fortuna, de proponer soluciones a las necesidades económicas y militares del reino. J.H. Elliot, en la mejor reflexión de conjunto que se ha hecho sobre este tema, define el movimiento como un ejemplo de introspección colectiva, es decir, un esfuerzo de toda la sociedad óel arbitrismo sería sólo una de sus manifestacionesó por autoanalizarse críticamente para encontrar las causas del declive español.

Los arbitristas fundamentaban la realización de su trabajo en un precepto ético por el que todo vasallo estaba obligado a socorrer a su rey con cuantos recursos poseyera, entre ellos, por supuesto, el del consejo y la palabra. Esto no negaba el hecho de que buena parte de sus escritos puedan considerarse como formas de oposición política contra los ministros del rey o incluso que contuvieran propuestas subversivas o fuesen meras obras de propaganda progubernamental.

El objetivo de todo arbitrista era doble: por un lado que su trabajo llegase a manos del rey o, en su defecto, de algún alto cargo de la administración; por el otro, que sus propuestas fueran conocidas por la población. Conseguir que un memorial llegase a manos del monarca era difícil, pero tampoco descabellado, puesto que hay múltiples pruebas que demuestran que se conseguía en un buen número de casos. Pero tampoco era necesaria la intervención del monarca para que un memorial fuese debatido por las altas instancias de la Administración, bastaba con lograr que fuese respaldado por uno o varios cortesanos influyentes. En cualquier caso, el arbitrista se veía forzado a formar parte de la fauna de individuos sin ocupación conocida que pululaban por la Corte y sus aledaños, como decía don Rodrigo, a la caza de personas importantes.

Para lograr el conocimiento general de la población los más radicales, como los frailes indigenistas del XVI o el franciscano Francisco Martínez de Mata en el XVII, llegaron a recurrir a los discursos callejeros y a los sermones de misa. Pero la mayoría se conformó con hacerlos circular, impresos o manuscritos, entre conocidos y personas poderosas, como fue el caso de don Rodrigo.

No es fácil clasificar este tipo de literatura política según el contenido intelectual de cada obra, sobre todo porque, más que corrientes ideológicas, lo que existía era una serie de planteamientos intelectuales no excluyentes entre sí. De tal manera que podemos encontrar trabajos que, aunque sea superficialmente, pueden ser adscritos a varias líneas de pensamiento diferentes. Esto era así porque este tipo de reflexiones ponían el acento en las propuestas de acción, dejando las justificaciones teóricas en un segundo plano.

Una de las interpretaciones de la realidad española más extendidas era la de tipo religioso. De acuerdo con la más pura ortodoxia católica imperante, existía una vinculación necesaria entre los actos del hombre, sus virtudes y sus pecados, y los designios divinos. De tal modo que la decadencia general de Castilla y sus fracasos militares eran fruto de la degeneración de las costumbres, de la holgazanería de los jóvenes, la inmoralidad sexual de los adultos y del ambiente hedonista que, según este grupo de arbitristas, se había adueñado del país, como denunciaban Fray Juan de Salazar o el Padre Mariana. Incluso los fracasos militares y los desastres demográficos y económicos llegaron a ser presentados como pruebas que Dios ponía a los españoles con el fin de comprobar la fortaleza de su fe, tal cual explicaba el jesuita Pedro de Ribadeneyra la derrota de la Armada Invencible. El rey Felipe IV llegó a considerar como una de sus principales consejeras a una monja de Agreda que le recordaba que los fracasos nacionales se debían a sus muchos pecados, lo cual provocaba crisis de conciencia en el rey de imprevisibles consecuencias. Desde la Corte se llegaron a cerrar las mancebías, a prohibir el teatro y a dictar toda una serie de leyes contra la ociosidad y lo que se consideraba como malas costumbres .

Otra de las explicaciones, esta mucho más extendida socialmente, hasta el punto que puede considerarse como un lugar común en el pensamiento político europeo de la época, era la que podemos definir como naturalista o, como la define Elliot, organicista. Se basaba, más que en la tradición judeocristiana, caso de la anterior, en el legado del pensamiento político grecorromano. Según esta teoría, todos los organismos, incluidas las creaciones de los hombres, estaban sujetos a un proceso de crecimiento, madurez y decadencia. Si todos los grandes imperios habían sucumbido ¿qué otro destino podía aguardarle al español?

Ciertamente, era un pensamiento fatalista, pero suponía la entrada en escena del factor humano, puesto que la historia demostraba que la caída de los imperios no era un hecho azaroso, sino fruto de un proceso degenerativo, detectable, analizable y, en lógica consecuencia, cuando menos posible de retrasar. Este proceso degenerativo se explicaba siempre mediante paralelismos con la enfermedad y la vejez, tal cual hacen Ceballos, Fernández de Navarrete, Sancho de Moncada y Lisón y Viedma, entre otros muchos.

Esta línea de pensamiento conducía, salvo contadas excepciones, a los arbitristas hacia posicionamientos ultraconservadores. Si la caída de los imperios era fruto de un proceso degenerativo, la solución, obviamente, era impedir que éste se produjera mediante la conservación a ultranza de las formas de vida y las ideas políticas que habían constituido el armazón del Estado hasta entonces. La buena política era, por tanto, conservar lo heredado, impedir cualquier tipo de novedad y, si era necesario, recuperar las viejas tradiciones del pasado. Para la mentalidad colectiva castellana, ese pasado a recuperar era, en primera instancia, el reinado de Felipe II y, con mucha mayor rotundidad, el de los Reyes Católicos, momento cumbre en el que las viejas tradiciones militaristas castellanas de la Edad Media dieron sus mejores frutos.

Los consejos arbitristas inspirados en esta teoría terminaron por ser coincidentes con los de la anterior: había que combatir las malas costumbres, las modas importadas del extranjero, había, en última instancia, que realizar una acción política de vuelta al pasado medieval, idealizándose para ello no sólo determinadas coyunturas históricas, sino también aquellas formas de vida que menos cambios habían sufrido, como la de los campesinos y pastores. Desde esta literatura se aconsejó, y a menudo la Corte accedió a ello, tomar medidas duras, tales como la expulsión de los moriscos, la persecución de los vagabundos y los mendigos profesionales, la censura de los libros de temática frÌvola, etc.

Con mayor o menor rotundidad, casi todos los arbitristas y autores de literatura política de la época defendieron este tipo de medidas políticas, empezando por Quevedo y Lope de Vega y siguiendo por autores y políticos tan prestigiosos en su momento como Caxa de Leruela, Baltasar de Zúñiga, el Conde-duque de Olivares, Pedro de Guzmán, Fray Juan de Santa María y otros muchos.

Por lo dicho hasta aquí, bien podría pensarse que el pensamiento político castellano del siglo XVII se hallaba infectado de un fatalismo paralizante que, a poco que se extremase, podía caer en el más puro irracionalismo. Ciertamente no faltan casos en que así fue, pero junto con las explicaciones puramente religiosas y moralistas convivieron un buen número de tesis elaboradas con una orientación científica, basadas en el análisis riguroso de la realidad, la elaboración de propuestas pragmáticas y, llegado el caso, la asunción de teorías y conceptos vigentes en las regiones europeas más avanzadas. Para algunos de estos autores, incluso, las novedades, el paradigma de toda degeneración para el pensamiento más ortodoxo, sólo eran malas si sus resultados eran perjudiciales. Es en esta línea intelectual en la que creo que debe introducirse el memorial de don Rodrigo Fuenmayor.

Detengámonos pues en este conjunto de autores que fueron capaces de analizar la realidad española huyendo del fatalismo y de los lugares comunes. La primera pregunta que debemos hacernos es, siguiendo la línea argumental que se repite siempre en los memoriales, cuáles son los síntomas de la decadencia del país.

El primero de ellos, también el más evidente por ser el de mayor espectacularidad, era el fracaso militar. Los españoles se había creado un autoconcepto de pueblo elegido por Dios para imponer en el mundo un Imperio católico bajo la soberanía del rey de España. Paralelamente, toda una literatura panfletaria exaltaba las virtudes guerreras del soldado español y la pericia sin igual de sus jefes. Sin embargo, de pronto comenzaron a llegar las derrotas. Las primeras, ya en los años finales del reinado de Felipe II, fueron el fracaso de la Armada Invencible y la incapacidad para someter a los rebeldes holandeses. Ciertamente, durante algunas décadas óla crisis final no llegaría hasta el infausto año 1640ó las victorias alternaban con los fracasos, pero para los testigos mejor situados era ya una opinión indudable a comienzos del XVII que España no tenía capacidad militar para sostener su hegemonía política en Europa.

El segundo de los síntomas, no menos evidente que el anterior, y sobre el que se centra el memorial de don Rodrigo, era la crisis financiera de la Hacienda Real. Durante el siglo XVI, los apuros de la Tesorería Real pudieron ser cubiertos, bien que a duras penas, con el aumento continuado de la presión fiscal y el crédito internacional. Pero la situación en el XVII se volvió dramática, la posibilidades de recurrir a nuevos créditos se redujeron drásticamente por el simple hecho de que las rentas y bienes de la Corona estaban ya hipotecadas desde hacía décadas, además, la situación social y económica del reino desaconsejaban cualquier aumento de los impuestos. Ante esta situación, las necesidades de la Corona aumentaban sin cesar y con la derrota militar como telón de fondo. Cómo recaudar más dinero, cómo gestionar mejor los recursos o incluso cómo formar ejércitos o ganar batallas sin gastos fueron temas usuales en la literatura arbitrista, pero más aún la denuncia de que no se podían cobrar mayores impuestos sin poner en peligro a la sociedad en su conjunto, dado el estado de miseria generalizada en que se encontraba el reino.

Otro de los síntomas era el olvido de las costumbres castellanas y su sustitución por modas extranjeras, ello unido, como hemos dicho, a lo que se consideraba una degeneración moral generalizada, basada en el gusto por el lujo desmedido, la ostentación, la gula, el hedonismo sexual, la holgazanería de amplios sectores sociales, la aparición de una masa de vagabundos y falsos pobres ólos famosos pícaros de la literaturaó, inmersos o bordeando la delincuencia, el abandono por la nobleza de sus ocupaciones tradicionales, la guerra por encima de todas, y un rosario de costumbres depravadas que alejaban a los villanos del trabajo y a los nobles del ejército.

Una denuncia presente en casi todos los arbitristas era la crítica situación de la balanza de pagos castellana, que dio lugar a la llamada tesis bullonista, que vinculaba la riqueza de los estados a la posesión de metales preciosos, lo cual exigía una política proteccionista rigurosa que impidiera las importaciones y, con ellas, la salida de moneda del reino. Lo cierto es que, contra los muchos lugares comunes que sobre este tema son visibles en la historiografía extranjera, el bullonismo tuvo una presencia muy reducida en España, tal cual demostró hace años Pierre Vilar. Lo que sí denunciarán los arbitristas casi sin excepción es que las importaciones masivas de productos manufacturados arruinaban a la industria castellana, una evidencia que la historia económica actual ha demostrado sin paliativos.

Por último, otra evidencia para la sociedad castellana de la época, aunque nunca llegaron a disponer de pruebas cuantitativas de ella, era el descenso de la población y, especialmente, de la población rural y, en consecuencia, de la producción agraria y ganadera. Algunas de las reflexiones más interesantes hechas desde el arbitrismo tendrán este tema como hilo argumental, empezando por el propio Rodrigo Fuenmayor y siguiendo por Caxa de Leruela, Lope de Deza y otros muchos, pudiendo hablarse de una corriente prefisiocrática en la España del XVII.

Desde este análisis riguroso de la realidad española del siglo XVII, un buen número de hombres trataron de arrimar el hombro, con la pluma en este caso, al proyecto reformista que encabezó el Conde-duque de Olivares a partir de 1620. Los fatalismos no tenían cabida en su discurso, las cosas iban mal porque se había seguido una política errónea, si ésta cambiaba, España volvería a conocer tiempos de gloria militar y prosperidad de sus habitantes. Precisamente al Conde-duque dedica su memorial don Rodrigo, como tantos otros arbitristas lo hicieran antes que él, con la esperanza de aportar una idea o un consejo útil que fortaleciera el gran proyecto político de Olivares.

Para estos hombres el objetivo no era retornar a ningún pasado medieval en el que adustos y frugales castellanos hacían de la guerra y el trabajo sus únicas ocupaciones. Antes al contrario había que innovar, que reformar bajo el principio de la razón de estado, concepto popularizado en Castilla en esta época, y fomentar la productividad, terminar con los privilegios que encorsetaban a la economía española, favorecer al comercio y a la industria, privilegiar a campesinos, comerciantes y artesanos frente a los grupos ociosos, cobrar más impuestos a los poderosos y reducírselos al pueblo llano. El programa de reformas, como tal, fracasó por razones que no vienen al caso y con él esta literatura cayó en el olvido hasta que otros reformistas, ya a finales del siglo XVIII, comprobaron que los pasos que ellos estaban dando ya habían sido exigidos un siglo atrás por un grupo de hombres avanzados a quienes la historia arrinconó.
 

IV.- EL PENSAMIENTO POLITICO DE DON RODRIGO

IV.1.- Las propuestas

Centrémonos a partir de ahora en el memorial de don Rodrigo, un texto, como se explica en otro lugar, cuyo contenido resulta en una primera lectura confuso por culpa de las pretensiones literarias del autor. A don Rodrigo le desbordan la ideas, pero sabe que un documento excesivamente extenso jamás sería leído por sus destinatarios -el Conde-duque y otros altos cargos de la Corte-, gente acostumbrada a los resúmenes que les preparaban sus secretarios. Por esta razón, buena parte de las ideas que desarrolla en el documento, además de resultar confusas, adolecen de un exceso de brevedad.

1.- Objetivos

Con su memorial, como era usual en los arbitristas castellanos de la época, don Rodrigo pretendía objetivos extraordinariamente ambiciosos. Cualquier conocedor de la vida pública, o de la gestión en general, sabe que los grandes proyectos requieren de una labor continuada y de múltiples actuaciones mantenidas durante largo tiempo. Pero esto no era tenido en cuenta por los arbitristas, y tampoco por don Rodrigo, quien mediante una simple receta óla supresión de los jurosó pretende, nada más y nada menos, que solucionar los problemas fundamentales a los que se enfrentaba la Corona y Castilla en su conjunto.

Su primer objetivo, tal cual él los jerarquiza, el solucionar los problemas financieros de la Corona. Esto suponía dos cosas básicamente, por un lado eliminar la deuda pública, que absovía los ingresos ordinarios e impedía cualquier proyecto de reforma fiscal en profundidad; por el otro, aumentar los ingresos propiamente dichos, con la salvedad de que esto no podía hacerse mediante el aumento de los impuestos dado el lamentable estado en que se encontraba la economía castellana de la época.

Llega incluso, y probando exhaustivamente sus aseveraciones, a cuantificar al detalle el aumento de rentas que supondría cada año para la Hacienda Real la puesta en marcha de sus propuestas, y la cantidad es realmente asombrosa:

"Su Majestad quedará con veinte millones [de ducados al año], de que hoy no goza cosa alguna, y con los dos de las tres gracias de Cruzada y tres que le traen de las Indias, tendrá veynte y cinco millones de renta cada un año, cosa tan grande que conseguirá Su Majestad y sus descendientes el tener el mundo a sus pies, pues le podrá conquistar y hazer el Imperio Español el más estendido"

Como puede comprobarse, el objetivo no es puramente financiero, sino que enlaza con el ya agónico imperialismo castellano, proyecto todavía no abandonado ni en la Corte ni en la sociedad.

Don Rodrigo se suma a uno de los grandes proyectos reformistas que el equipo de Olivares había establecido tras su llegada al poder en 1620 y ya explicitado en el Gran Memorial que firmó el Conde-duque en persona: una revisión completa del sistema de financiación de la Corona que dotara a la Hacienda Real de unos ingresos estables, objetivo que pasaba ineludiblemente por solucionar el problema de la deuda pública, que era estimada en más de cien millones de ducados por esos años. El asunto de los juros, la deuda consolidada sobre las rentas ordinarias, era, sin duda, el núcleo central de cualquier programa de reforma y ello estaba en boca de todos, no sólo de los arbitristas independientes, también de la propia Junta de Reformación que creó Olivares.

El segundo de los objetivos, continuando con la jerarquización que de ellos hace don Rodrigo, viene a ser una redistribución de los oficios públicos de la Administración castellana, según la cual, siguiendo el criterio renacentista del mérito, los cargos serían repartidos según el grado de formación de cada candidato:

"dar las mercedes a los beneméritos, que es lo que assegura el dominio de los Reyes, que es tener contentos a los vassallos por medio de la justa distribución de los premios, examinando los sujetos de los que huvieren de ser satisfechos a la prudencia"

Como puede comprobarse, don Rodrigo, además de recoger el concepto renacentista del mérito, mezcla éste con la idea del buen príncipe, uno de los temas centrales del pensamiento político de la época. El precepto de que los premios habían de repartirse según los méritos individuales de cada persona estaba presente, ciertamente, desde época medieval, como resultado del conocimiento de la ética aristotélica desde el siglo XIII, pero ahora se expresa en términos mucho más radicales, negándose incluso las preeminencias de la nobleza, como podemos leer en Saavedra Fajardo:

"Si los hábitos [de las Ordenes Militares] se dieren por la cuna o a los que no han servido, será merced, y no premio ¿Quién los procurará merecer por servicios si los puede alcanzar con la diligencia?"

Pero cómo valorar los méritos, aquí don Rodrigo no entra a fondo en el tema, limitándose a recurrir a lugares comunes y pura retórica. Incluso, sabedor de que este concepto levantaba ampollas entre buena parte del grupo dirigente castellano, se cura en salud proponiendo un sistema de indemnizaciones a quienes no fueran aptos para ejercer cargos públicos:

"Que la virtud, valor, letras y nobleza no queden defraudadas ni quexosas; pues se ha de atender a los merecimientos; y el que no fuere idóneo para un oficio, habiéndosele de dar por paga de su juro, lo fuera para otro de distinta calidad y el que para ninguno, lo será para pensión y renta que no tenga dependencia de oficio"

Sin duda que don Rodrigo conocía el absoluto fracaso que el programa de Olivares para la reforma de los criterios de selección de los funcionarios públicos y para la reducción de los oficios municipales, boicoteado por las Cortes y por el corporativismo de esos leguleyos a quienes tanto desprecia.

Sanear la Hacienda Real y redistribuir los oficios públicos según el criterio del mérito, objetivos que, desde luego, rozaban lo utópico, pero es que don Rodrigo pretendía conseguir esto sin aumentar la presión fiscal, es más, suprimiendo algunos impuestos y, de ese modo, superar la recesión económica del reino:

"y esto se consigue sin tocar en nueva carga de tributo de vassallos, haciéndoles merced, con su Real piedad y paternal clemencia, de darles por libre de los tributos y cargas de la sal y su nuevo crecimiento y de los Puertos Secos, para la unión y comercio de los reinos desta Corona, levantándola a estado abundante y rico"

Los proyectos de don Rodrigo permitirían, en la línea del reformismo que personificaba el equipo de gobierno del Conde-duque, llevar a cabo una política activa, que revitalizase la economía productiva del país, devastada tras décadas de una política fiscal depredadora:

"Les resulta el echarles nuevar cargas y imposiciones, crecimiento de rentas tales que no las pueden llevar, ni dexarse de assolar y aniquilar el reino [...] y el estado plebeyo aniquilado y la labranza, que es quien sustenta la grandeza de los reinos, así la agricultura como las personas laborantes, porque de la parte de los bienes naturales falta gente para labrar los campos y de la parte de los frutos industriales faltan laborantes para el trabajo y beneficio, que es la mayor riqueza"

Don Rodrigo, como suele ser usual en los arbitristas, cree haber encontrado la clave de todos los problemas que acosaban al país y que le estaban conduciendo a una decadencia cada vez más evidente. Considera que basta un golpe de ingenio óque, en este caso, pone éló y decisión política óque habría de ponerla el Conde-duqueó para arreglar las cosas.
 
 

2.- Fundamentos teóricos

Para alcanzar los tres objetivos que hemos adelantado, don Rodrigo era consciente de que resultaba necesario disponer de argumentos sólidos, capaces de convencer tanto a los responsables políticos de tomar las decisiones como a esos cuatro juristas, como él los llama, que habrían de considerar su programa de acción como ilegal. Debe tenerse en cuenta que esos juristas a quienes don Rodrigo, como otros muchos nobles de su época, tanto desprecia son los famosos letrados, es decir, el grupo de funcionarios y cortesanos con formación universitaria y que, desde las reformas de los Reyes Católicos, ocupaban un papel predominante en la Administración castellana. Las funciones políticas que este grupo había asumido significaron en la época una amenaza seria contra la nobleza de sangre, estamento al que don Rodrigo creía o decía pertenecer, y que consideraba que el ejercicio del poder era un derecho consustancial a su rango.

El desprecio por este grupo social, eminentemente burgués o, cuando menos, vinculado con formas de vida y de medro social ajenas a las tradiciones medievales feudalizantes, es un lugar común en la literatura política de la época. Evidentemente, es el sector más conservador de la intelectualidad el que lidera el desprecio por los universitarios, especialmente por los licenciados en leyes, pero también por los médicos y otros titulados universitarios laicos. Personajes como Quevedo les satirizaron con toda la crueldad de que eran capaces, que no era poca, acusándoles de ser gentes advenedizas, sin escrúpulos, parásitos sociales sin otro objetivo personal que el poder y la riqueza. Sin embargo, no debemos olvidar que, en última instancia, estamos ante un odio provocado por la competencia por el poder político entre quienes creían merecerlo por su condición jurídica -los nobles- y un grupo que alegaba el mÈrito de la formación intelectual.

Don Rodrigo está tan convencido de la bondad de su programa de acción y de la solidez intelectual y política de sus argumentos, que piensa sinceramente que las únicas razones que pueden impedir su puesta en marcha son la indecisión ñpor falta de valor o por desconocimientoñ de los altos responsables políticos o la mala fe de los letrados, el sector intelectual y, como tal, más legalista de la Administración.

Antes de iniciar su argumentación, deja clara cuál es su opinión sobre los letrados que dominaban en gran medida los órganos cortesanos de decisión. Su opinión va más allá de la mera crítica formal, les acusa poco menos de que de estar traicionando al rey y a Castilla:

"...juristas y tenedores del Patrimonio Real, que entienden y creen para sí se les debe de derecho divino y natural, y que tienen naturaleza eterna, como si fueran dioses, y que Vuestra Majestad sirva de un quidam, y que esté su Consejo de Hacienda hecho un esclavo y mayordomo perpetuo de los que tienen juros, pues no tiene más del nombre de rey de tantos tributos como pagan los reinos"

El primer argumento con el fundamenta sus ambiciosos objetivos políticos enlaza con la teoría política de la época, repetida en buena parte de las obras difundidas en la Castilla de la época y que don Rodrigo conocía, aunque sólo fuese superficialmente. Se trata de la teoría del buen gobierno o, en la terminología de la época, del buen príncipe. Según esta teoría, el poder no era entregado al rey sin condiciones, sino para que promoviera el bienestar de sus súbditos. En este sentido, los impuestos tenían por objeto permitir al rey ejercer una política benéfica activa, no sólo por razones constitucionales, sino incluso religiosas, puesto que existían preceptos bíblicos citados una y otra vez en este sentido.

Don Rodrigo cita un triple origen del poder monárquico: la herencia o sucesión en el trono; la gracia divina; y el pueblo, poseedor originario de la soberanía y que, en un determinado momento, la depositó en manos de los monarcas. Esta convivencia de teorías, formalmente contradictorias, es una de las claves para entender muchas de los asuntos esenciales del Absolutismo y dieron pie a buena parte de las reflexiones teóricas de la época y a las disputas constitucionales, rebeliones abiertas en ocasiones, que salpican la historia moderna europea. En cualquier caso, para don Rodrigo al menos, las tres orígenes del poder monárquico exigían similares pautas de comportamiento político al rey:

"Los innumerables reinos y provincias desta inmensa monarquía, que pertenece a Vuestra Majestad por justo derecho y sucessión legítima, que felizmente ha de continuar en sus sucessores, es justo que mirándolos como hereditarios y ejerciendo el oficio de rey, que Dios le encomendó, trate no sólo de su conservación, pero de su aumento. Que esta fue la principal condición con que el pueblo passó en los reyes la potestad real. Y porque con mayor comodidad, sin atender a otra cosa, cuidasen del bien de los súbditos, alentando las artes, aumentando la agricultura, pacificando las provincias, limpiando de corsarios los mares, repeliendo los enemigos, aquietando sediciones, castigando culpas y premiando virtudes, y finalmente conservando el pueblo en amor y concordia, porque se señalaron para su sustento los pechos y tributos, que es lo que dixo San Pablo"

El segundo argumento es de tipo histórico: el rey tiene derecho a expropiar los juros asentados sobre rentas reales porque se trata de una práctica política ya empleada en el pasado por otros reyes castellanos. Se trata no sólo de un argumento político -la legitimación que otorgaba el pasado a cualquier programa de acción en esta época-, sino también jurídico: el uso y costumbre, la tradición como criterio de posesión de un derecho. Don Rodrigo cita los ejemplos de Juan II, Isabel I y Felipe II, aunque sin demasiado rigor histórico, puesto que recurre a revocaciones de mercedes concedidas a la nobleza y a reincorporaciones a la Corona de apropiaciones señoriales, ninguno de los ejemplos que recoge tienen que ver directamente con los juros, entre otras cosas, porque no existían:

"Y aunque bastaran las consecuencias, como la ley del la Majestad del rey don Iuan el Segundo, que revocó y anuló todas las mercedes y compras y privilegios dados de su Real Patrimonio y las reonovó y revalidó la Magestad del rey don Felipe Segundo, que santa gloria aya, padre de V.M. en el año de mil y quinientos y setenta y siete, mandando se guardase y executasse inviolablemente. Y la Magestad de los Reyes Católicos revocaron, promulgando ley sobre esto mismo, y de todas las mercedes que la Magestad del rey don Enrique Quarto avía hecho. Y restringieron y moderaron el año de mil y quatrocientos y noventa y dos todos los privilegios y mercedes hechas, y en su testamento la Magestad de la dicha reina Católica dexó declarado que las mercedes y rentas que avía dado de su Patrimonio Real avían sido contra su voluntad y assí las revocaba y dava por ningunas"

Un tercer argumento es de tipo jurídico-político y enlaza con la teoría absolutista del poder monárquico: el rey tiene potestad para revocar cualquier ley o compromiso contractual hecho por él o sus antecesores:

"Porque por todo derecho divino y humano, natural y positivo, y en razón de estado y buen gobierno y en justicia y conciencia debían los reyes de todo lo que les pertenece y toca a su Patrimonio Real inisinuando los contratos, deshaziéndolos y aniquilándolos, restituyéndose como en causa mayor, urgente y justa"

Continúa con una serie de argumentaciones en las que los motivos de conveniencia social y económica se mezclan con razonamientos jurídicos un tanto desordenados y confusos. En primer lugar que el actual sistema de juros repercute en la prosperidad general del reino, especialmente de las clases populares o, en términos jurídicos, tal cual él lo plantea: es en daño y perjuicio de tercero. Se trata, obviamente, de una de las grandes obsesiones del arbitrismo castellano: la vinculación existente entre el endeudamiento de la Corona, la creciente presión fiscal y la decadencia económica y demográfica de Castilla:

" pues les resulta el echarles nuevas cargas y imposiciones, crecimiento de rentas reales tales que no las pueden llevar ni dejarse de assolar el reyno y Vuestra Majestad estar siempre necessitado y pobre, porque no se proporciona el remedio con la enfermedad, ni la cantidad que los vassallos pueden dar, aunque lo diesen todo y se quedassen sin cosa alguna, para suplir la necesidad y gastos forçosos, por estar la república dibilitada y el estado plebeyo aniquilado"

Le siguen otros argumentos todavía más conocidos y reiterados hasta la saciedad en la literatura política del momento. Uno de ellos, dentro de la más pura raigambre del pensamiento cristiano medieval, es la crítica a la usura. Los juros situados sobre rentas reales, ciertamente, no tenían tipos de interés calificables como tal, pero don Rodrigo recurre a una argumentación enrevesada, alegando que el interÈs sólo es lícito entre vasallos, no entre un príncipe y sus súbditos, además de que al ser préstamos perpetuos, un bajo interés mantenido durante décadas debería considerarse como usura:

"Parece que pagar usuras, que llaman réditos, es contra derecho divino y sólo se pudiera dispensar, conforme el motu propio de Su Santidad, entre vassallo y vassallo, que llaman censos. Pero no es justo observarlo contra el derecho de Vuestra Majestad, pues aunque cinco por ciento es poco número para ser usura, no está en la cantidad de llevar poco o mucho por ciento, sino en pagar el empréstido con cantidad conocida, sin riesgo alguno y que se pague el plaço y el tiempo. Demás que a su rey y señor legítimo ¿Qué hazen sus vassallos en prestarle dinero para necessidades de su misma defensa y conservación y que Vuestra Majestad se lo vuelva? Compútese los años que les ha pagado réditos, con que avrán cobrado más de veynte vezes más la cantidad que prestaron y Vuestra Majestad damnificado en tantas sumas y millones, pues no ha gozado cosa alguna de tantas rentas como pagan los reinos"

Por último, la también tópica alusión despectiva contra los banqueros extranjeros, genoveses y alemanes y, ya en su momento, también portugueses, cuyos préstamos a la Corona a intereses desorbitados habían esquilmado la Hacienda Real y, como consecuencia de ellos, al reino entero:

"con que han quedado los más naturales del reino sin hacienda por gozarla los asentistas y extranjeros y hombres de negocios, que por los asientos y capítulos pidieron fincas y antedatas para porner en lugar que cupiesen y cobrasen los juros que compraron ellos por precio muy bajo, haciendo estas usuras consecuencia de los intereses que han llevado por las anticipaciones y otras inteligencias particulares que han corrido en razón de antedata por los Presidentes de Hacienda. Que todo se ha trabucado para extinguir el gozo de los juros de los naturales del reino, los cuales, viéndose sin usufruto, los han vendido a los dichos asentistas al precio que les han querido dar"

3.- El programa de acción

Lo que propone hacer don Rodrigo es llevar a cabo la supresión definitiva de todos los juros situados sobre las rentas reales y hacerlo, además, sin que dicha operación cueste dinero alguno a la Real Hacienda y sin vulnerar principio ético o jurídico alguno. Diseña un sistema de expropiaciones triple según la indemnización fuese en oficios públicos, a decisión del Consejo o sin compensación alguna.

Sin ningún tipo de indemnización quedarían aquellos grupos sospechosos de haber adquirido los juros por mecanismos ilícitos, aprovechándose de los cargos que ocupaban o imponiendo intereses usurarios. Entre éstos están, por supuesto, los titulares de juros que no fuesen castellanos:

"A los extranjeros, que los han adquirido por la negociación de los asientos, inteligencias, compras, cesiones y pagamentos que Vuestra Majestad les ha hecho, de que se han enriquecido en tanto grado ellos y sus repúblicas que hoy gozan muchas cantidades en España y Italia"

Tampoco deberían ser indemnizados aquellos que ocupaban cargos en la administración absolutista, incluyendo a los eclesiásticos, por considerar que ya se beneficiaban suficientemente con sus salarios y que los habían comprado cometiendo fraudes:

"A los ministros que los han comprado, pues demás de haber incurrido en la ley que dijo Justiniano, hicieron negociación y cometieron delito, pues están gozando con demasía de la hacienda, gages, emolumentos y ayudas de costa que Vuestra Majestad les da. Y mucho menos a todos los que están gozando gages de Vuestra Majestad en plazas y gobiernos y alcaidías, encomiendas y obispados."

También se les arrebatarían los juros sin indemnización a quienes ocuparan cargos municipales, dado que ello aliviaría la presión fiscal sobre los concejos:

"Tampoco a los que gozan concejos, cabildos y propios de lugares, pues soltando los juros vienen a ser más interesados en no pagar ellos y la república los tributos de la sal y millones y nuevo crecimiento, pues Vuestra Majestad les ha de dar por libres, levantándolos a estado abundante y rico"

Como puede comprobarse, el odio a los letrados no era un hecho aislado, sino que formaba parte de un desprecio generalizado hacia lo que solemos llamar grupos burgueses o, si se prefiere, patriciado urbano. Un grupo social que venía protagonizando un aumento constante de su presencia en todas las instancias del poder económico y político y que suponía un obstáculo para las expectativas de predominio social de la nobleza de sangre, a la que don Rodrigo creía pertenecer.

El rigor se torna en una actitud conciliadora y pactista cuando le llega el turno a la nobleza señorial. Este grupo, que en teoría había dejado de ejercer el monopolio del poder político, militar y económico, seguía siendo lo suficientemente poderoso como para que incluso el idealista don Rodrigo apostara por renunciar a las acciones rigurosas. Para ellos propone una expropiación pactada, respetando aquellos juros que estuviesen amayorazgados -una buena salvaguarda para el patrimonio de don Rodrigo, titular de un mayorazgo en el que había juros- y negociando con el resto, incluso renunciando a la expropiación si fuese necesario:

"Ni a los que tienen los grandes señores de más de sus rentas, que esto se ha de regular con el equilibrio de la razón, para ver si sin hacerles falta considerable pueden hacer suelta de los juros, y se les de satisfacción a la prudencia del Consejo"

Similares precauciones propone para las instituciones de caridad, las cofradías, las parroquias y conventos y la Universidad. Como hemos visto antes, se debería expropiar sin indemnización a los clérigos y a cuantos ocuparan cargos eclesiásticos, de modo que este tipo de expropiación pactada se limitaba a los bienes patrimoniales de la Iglesia -excluidos los Obispados- y las instituciones de caridad:

"Ni tampoco a los que ocupan Universidades, Comunidades, Iglesias, Monasterios, Hospitales, Aniversarios, Fundaciones, Cofradías, en el mismo grado y estilo, si se pueden pasar sin los juros"

El resto de los titulares de juros serían también expropiados, pero éstos compensados "en mercedes de oficios, rentas y pensiones". Según don Rodrigo, el rey disponía de 75.000 oficios públicos con los que compensar a los titulares, algo que aseguraba demostrar en breve mediante un memorial secreto de cuya existencia no tenemos noticia alguna. No hace falta decir lo altamente improbable que es que semejante volumen de oficios públicos estuviera disponible, máxime teniendo en cuenta las perpetuaciones masivas que se habían producido en el último siglo, pero aunque así fuese no cabe duda alguna de que el remedio hubiera resultado más dañino que la enfermedad.

¿Pero quiénes habrían de ser los compensados con oficios? Si tenemos en cuenta los grupos excluidos total o parcialmente, no cabe duda de que don Rodrigo excluye a toda la élite dirigente castellana. Viendo su comportamiento político posterior, no cabe duda de culpaba a ésta de buena parte de los males de Castilla y de que, por tanto, carecía de cualquier escrúpulo a la hora de proponer minar su poderío económico.

En cualquier caso, todo vale con tal de reducir la presión fiscal, reordenar el reparto de los oficios públicos y fortalecer a la Monarquía.
 

IV.2.- Las ideas

Aunque el memorial intenta ser breve y concreto, deja traslucir todo un aparato conceptual e ideológico que, probablemente, sea de mayor interés que su contenido específico. En cualquier caso, como hemos repetido en varias ocasiones, don Rodrigo tiene una formación autodidacta con importantes lagunas y un estilo literario muy deficiente, de manera que este sustrato ideológico y conceptual resulta a menudo confuso, cuando no contradictorio.

1.- La concepción del poder monárquico

Un primer tema teórico que está presente a lo largo de todo el documento es el de la autoridad monárquica, su origen, sus prerrogativas y sus responsabilidades para con el reino. Dejando a un lado las frases hechas, puramente protocolarias que podrían desviar nuestra atención, dos los asuntos que desarrolla, muy concisamente, don Rodrigo: el origen del poder monárquico y los objetivos que éste debía perseguir.

El origen del poder está en el reino, en el pueblo, algo que, evidentemente, no debemos interpretar como un signo de pensamiento democrático sin más bien enlazar este concepto con las tradiciones pactistas de origen medieval. La soberanía se trasladó al rey por motivos puramente utilitarios o funcionales, es decir, para que el gobierno se ejerciese de forma más eficaz. Luego se transmitió de monarca a monarca por cauces jurídicos, como el de la sucesión hereditaria. Lo más interesante, con todo, no es lo que dice, sino lo que no dice: el origen divino del poder monárquico, algo esencial en la concepción absolutista del mismo, queda reducida a una frase protocolaria:

"Los innumerables reinos y provincias desta inmensa Monarquía, que pertenece a Vuestra Majestad por justo derecho y sucesión legítima (...), es justo que mirándolos como hereditarios y ejerciendo el oficio de rey que Dios le encomendó, trate no sólo de su conservación, pero de su aumento, que esta fue la principal condición con que el pueblo pasó en los reyes la potestad real"

En el pensamiento político del Barroco convivían dos teorías diferentes acerca de la génesis del poder absoluto de la monarquía, convivencia plagada de contradicciones que los teóricos del Estado Absoluto se esforzaron durante todo el Antiguo Régimen en soslayar en favor del robustecimiento de la autoridad del rey. La primera, de origen medieval y laico, plenamente imbricada en las tradiciones feudalizantes y que pervivía en la Corona de Aragón, era la llamada concepción pactista de la monarquía, que suponía una teoría ascendente de la soberanía, según la cual el poder reside en el reino, que lo transfiere al rey mediante un pacto que garantiza el respeto a los fueros y libertades del reino. La segunda, de origen canónico, aunque se la intentó presentar como heredera del derecho político romano, se basaba en una concepción descendente de la soberanía: el poder reside en Dios, quien, a través de la gracia, nombra un vicario en la Tierra, el Papa, y a los reyes. Don Rodrigo, dentro de la más pura ortodoxia, cita ambas, pero pone el acento en la primera, un signo claro de la orientación de su pensamiento político.

Otra de las claves del origen del poder monárquico y de su ejercicio fue durante todo el Antiguo Régimen el tema de los impuestos. ¿Eran éstos una prerrogativa consustancial a la propia existencia de la Monarquía? Es decir, ¿formaban parte del Real Patrimonio per se y, por tanto, el rey no hacía sino exigir lo que era suyo? ¿O por el contrario eran una concesión pactada del reino y, en consecuencia, con condiciones y contrapartidas?

Don Rodrigo se decanta por la segunda de las posibilidades, son una concesión del pueblo a su monarca para que éste promueva con ellos la defensa del territorio y el bienestar de sus habitantes. Enlaza aquí con sus opiniones acerca de cuáles eran las responsabilidades del rey y nuevamente destacar una notoria ausencia: ni una palabra, siquiera de compromiso, sobre la cantinela común de la época acerca de la defensa de la religión católica:

"Porque con mayor comodidad, sin atender a otra cosa, cuidasen del bien de los súbditos, alentando las artes, aumentando la agricultura, pacificando las provincias, eliminando de corsarios los mares, repeliendo los enemigos, aquietando culpas y premiando virtudes; y, finalmente, conservando el pueblo en amor y concordia. Porque (para eso) se señalaron para su sustento los pechos y tributos"

Otro de los objetivos de la Monarquía había de ser regular bajo el principio de la justicia y la equidad el reparto de los beneficios del Estado, esto es, según el mérito de cada cual. Todo proyecto político debería hacerse:

"en el grado y lugar que la virtud, valor, letras y nobleza no queden defraudadas ni quejosas, pues se ha de atender a los merecimientos; y el que no fuere idóneo para un oficio, lo fuera para otro de distinta calidad"

Quien lea con atención la cita comprobará cuál era la concepción que don Rodrigo, como otros muchos hombres de su época, tenía del concepto mérito. Para él existen dos grandes modos de alcanzar un merecimiento, una recompensa, la propia valía, demostrada mediante el valor, la cultura o la virtud y la herencia, es decir, la condición de noble de sangre, algo que se consideraba argumento suficiente como para optar, exigir incluso, determinados oficios públicos.

Por otro lado, el justo reparto de los méritos se entiende más como una conveniencia política que como un imperativo de tipo moral:

"dar las mercedes a los beneméritos, que es lo que asegura el dominio de los reyes, que es tener contentos a los vasallos por medio de la justa distribución de los premios, examinando los sujetos de los que hubieren de ser satisfechos a la prudencia"

En cualquier caso, esta concepción pragmática del mérito y de clara inspiración aristocrática convive con un ideal de justicia social apenas esbozado, pero sin duda presente con intensidad en el pensamiento político de don Rodrigo, sobre todo teniendo en cuenta su comportamiento en Calahorra durante los años que ocupó cargos públicos. En este sentido propone -en Calahorra lo exigirá- un reparto de las cargas fiscales proporcional a la riqueza de los contribuyentes, tanto por motivos morales como de pura conveniencia política, y que el fruto de los impuestos se utilice en la mejora de la condiciones de vida en el reino y no para engrosar los ingresos de los poderosos:

"Enjugando las lágrimas de los pobres vasallos, que con gemidos lloran y sienten que lo que contribuyen del sudor y trabajo se lo lleven los poderosos y ricos (...) que es grave culpa dar a los poderosos la sangre de los pobres, que es quitar el agua de la tierra árida y seca y aumentar los ríos caudalosos. (...) Pues es razón que la grandeza, la riqueza, sea tributaria de los reyes y no la necesidad"

Otro de los objetivos de la Monarquía había de ser fomentar el bienestar de los vasallos y fortalecer económicamente el reino:

"Pues si se conserva una casa, una familia, un reino, una monarquía, es conforme la riqueza. Y el día que se empobrece, en el mismo grado se aniquila y deshace"

2.- El buen ministro

Como es sabido, en la construcción del aparato conceptual legitimador del Absolutismo fueron pioneras las reflexiones acerca del ejercicio del poder, después llegarían las teorizaciones sobre el Estado. Más que de dos corrientes de pensamiento, cabe hablar de dos fuentes principales de inspiración que los primeros autores tenían como punto de referencia. Una de ellas era de origen eclesiástico y colocaba a la moral cristiana como norma fundamental; la otra, mucho más vinculada a los cambios intelectuales y políticos del Renacimiento, tenía su punto de referencia en la filosofía clásica y, mucho más directamente, en los historiadores romanos.

Don Rodrigo, como era por otro lado usual en el pensamiento español de la época, nada entre dos aguas, aunque pone el acento en la segunda de las opciones ideológicas.

Su concepto del buen ministro real queda desarrollado en la Dedicatoria dedicada al Conde-duque de Olivares que precede al memorial propiamente dicho. Este detalle es importante porque, dadas las características del destinatario, es seguro que don Rodrigo se vio forzado a hacer concesiones a la prudencia y al protocolo.

Una primera idea que subyace en todo el documento es que el ministro debe anteponer el bien común al interés particular. Sin embargo, no como un precepto moral absoluto, sin moderado por la razón y la oportunidad política:

"las dos virtudes, una interior y otra exterior, tan necesario que concurran ambas, siendo el oficio de la una carcelar los afectos dentro de los límites y raya de la razón y la política, que enseña a cuidar más del bien común que de la utilidad propia"

El concepto bien común apenas se desarrolla más allá de los tópicos al uso, es servicio al rey y a los hombres desvalidos:

Y esto anima a que se arrime el hombro para que el peso de los negocios no oprima las fuerzas del rey (...) siendo como dijo Job, ojo para el ciego, pie para el tullido, mano para el manco, tutor para el pupilo, amparo del huérfano, remedio del pobre, consuelo del triste. Socorriendo y consolando a todos, trayéndolos en el seno"

Si la influencia de las tradiciones cristianas son muy evidentes en su concepto de bien público, ésta se mitiga cuando explica asuntos de tanta trascendencia como la moral y la virtud. Propone, en primer lugar, una doble moral: una interior o privada, que habrá de regirse según la ley cristiana, y otra exterior, funcional o política, que deberá tener como norte el servicio al rey:

"Trayendo con la interior ajustada a la conciencia a la ley de Dios, y poniendo en la exterior cuidado y vigilancia en servir a Su Majestad"

La virtud en política se entenderá también en términos utilitarios, de eficacia en el ejercicio del poder. Según esto, la virtud sólo es políticamente eficaz si se sostiene sobre tres principios básicos: la ciencia, es decir, la formación intelectual; la prudencia, que en el lenguaje político de la época equivalía, más o menos, a lo que ahora llamaríamos astucia; y la experiencia en el desempeño del poder. El utilitarismo que podrían denotar estos conceptos queda mitigado por los preceptos morales antes explicados y otro más, el desapego por los cargos, es decir, estar dispuesto a dejarlos cuando no se es eficaz o necesario:

"juntando la dignidad del oficio con el exercicio de las virtudes, realzadas con ciencia, prudencia y experiencia, dándole nuevo esmalte con estos tres términos que yo hallo en mi política, celo del bien público, ciencia y el no estar atenido a su valimiento"

En cuanto a las características personales que debía poseer el buen ministro, don Rodrigo se limita a realizar una descripción telegráfica, citando los tópicos al uso:

"prudencia para los consejos, valor para los encuentros, industria para los negocios, presteza para la execución (...) empleadas con gusto en el beneficio del reino, sirviendo con toda fidelidad"

Por último, advierte de la necesidad de mantenerse firme frente a las presiones sociales, tanto frente a las provenientes de lo que podríamos llamar élites de poder como a la de la plebe:

"sin emulación de enemigos, dando motivo a las desapasionadas plumas (...) pues aunque la privança y gobierno está expuesta a la censura y a lo poco justificadas quexas del inconstante pueblo, q ue como bestia de cien cabezas sigue diferentes opiniones imposibles de concordar, y así se sujetan las calumnias"

3.- La decadencia de Castilla

Para don Rodigo, como para el resto de los arbitristas castellanos de la época, la verdadera obsesión, lo que le animó, por seguir sus palabras a arrimar el hombro fue la evidencia de que el país se derrumbaba. Lo que a finales siglo de XVI parecían meros síntomas económicos o lamentaciones de moralistas por las viejas virtudes perdidas, ahora resultaban evidencia de un proceso que muchos veían como irresoluble: la decadencia de Castilla. A lo largo de todo el memorial se percibe esta preocupación como fundamental, aunque luego, formalmente, el asunto de la Hacienda Real pase a un primer término.

Interpretado globalmente, el pensamiento de don Rodrigo enlaza con el de otros muchos arbitristas que consideraban la decadencia como un proceso cuantificable, con causas concretas y, por tanto, solucionable. No hace ni una sola alusión a esa famosa ley natural según la cual todos los reinos tenían un proceso, equiparable al biológico, de nacimiento, juventud, madurez, senectud y, por último, muerte y desaparición. Tampoco aparece ninguna crítica de tipo moralizante acerca de la perversión de las costumbres ni añoranzas por los viejos ideales caballerescos perdidos. Antes al contrario, don Rodrigo propone ideas prefisiocráticas y el fomento de la economía productiva en general, lo cual le llevará a poner de manifiesto que el futuro del reino depende del estado plebeyo y de la capacidad colectiva para generar riqueza.

Desgraciadamente, el estilo recargado y confuso del memorial dificulta la sistematización de sus contenidos en un asunto de tanta trascendencia como éste. De ahí que no siga la estructura clásica de este tipo de documentos: primero los síntomas de la decadencia y luego las soluciones o propuestas, sino que mezcle ambos y los exponga de forma desordenada.

Comienza con las típicas lamentaciones acerca del declinar del país, comparando la triste situación del momento con un pasado idealizado, aunque, lo cual es ligeramente inusual, no se refiere al reinado de los Reyes Católicos ni al de Felipe II, sino a épocas anteriores, remontándose hasta los geógrafos romanos:

"si hoy los que han escrito de la fertilidad y riqueza de España le pasaran lo ojos, reconocieran de nuevo la diferencia de cuando escribieron Ptolomeo, Marino Sículo, Aposidonio, Juan Botero y la Historia de los Reyes de Segorbe, donde se refiere la grandeza, riqueza y fertilidad de España"

Las lamentaciones por la grandeza perdida no son, sin embargo, el núcleo del discurso de don Rodrigo, sino el análisis de sus síntomas. Pronto aparece otra de las obsesiones de los arbitristas castellanos de la época: la plata americana y el efecto dañino que había tenido sobre la economía española. Don Rodrigo liquida el tema con una frase casi telegráfica, marcando distancias frente a las teorías bullonistas de las que tan injustificadamente se ha acusado a los economistas castellanos del XVI:

"Pero lo que más admira es que hayan venido a ella desde el año de mil y quinientos y diez y nueve hasta el de mil y seiscientos y treinta, mil y quinientos y sesenta y ocho millones registrados, que tal riqueza admira los entendimientos. Con que se prueba prudentemente que no la hace rica a un provincia la plata ni el oro, y que la verdadera riqueza el la natural de los frutos"

La fuente de la verdadera riqueza está en el trabajo, concretamente en la agricultura, fuente desde donde se originan todos los demás tipos de riqueza. Desgraciadamente, don Rodrigo se queda en el planteamiento, anunciando que tiene preparado un estudio específico sobre el tema, el cual no hemos podido localizar:

"y por este punto ofrezco dar un papel que está en impresión en favor de la agricultura (a que me remito), pues no toca en este discurso"

La descripción que hace del estado del país se centra en los aspectos económicos y sociales, eludiendo el tema de la moralidad pública, dato muy significativo dado el fervor moralista que sufría el país por esos años:

"está la República dibilitada y el estado plebeyo aniquilado y la labrança, que es la que sustenta la grandeza de los reinos: assí la agricultura como las personal laborantes, porque de la parte de los bienes naturales, falta gente para labrar los campos, y de la parte de los frutos industriales, faltan laborantes para el trabajo y beneficio, que es la mayor riqueza"
 

V.- ESTUDIO DIPLOMATICO

El memorial que don Rodrigo Fuenmayor elevó al rey a través de su valido, el Conde-duque de Olivares, es un texto impreso de dieciocho páginas, dividido en tres partes con foliación independiente: un preámbulo dirigido al rey, una dedicatoria al Conde-duque de Olivares y el memorial en sí, dirigido por supuesto al rey. Desde un punto de vista literario, las tres partes forman una misma unidad, desde una perspectiva diplomática son tres documentos diferentes.

La foliación se hace en las páginas impares, en el ángulo superior derecho, y se le añade un sistema de paginación por reclamos en el pie de página derecho. Según esto, el preámbulo, que hace las veces de portada, y la dedicatoria, con foliación independiente, tienen cuatro páginas y el memorial catorce. Cada página se maqueta con treinta y cuatro renglones, siendo la caja del texto de 256 mm. por 501 mm.

Las notas aparecen en el margen derecho, señaladas mediante una cruz en el cuerpo del texto y un asterisco para indicar el inicio de cada nota marginal.

Cada una de las partes del documento, preámbulo, dedicatoria y memorial, se inicia con una capital decorada con motivos vegetales y zoomórficos y enmarcada en un cuadro. El preámbulo se encabeza también con un escudo real. Los tratamientos de cortesía con que comienza cada parte están impresos en letras capitales cuadradas de mayor tamaño y en negrita.

El preámbulo está inspirado en los resúmenes de contenido que los secretarios de despacho adjuntaban a los documentos elevados al monarca o a otro alto cargo de la administración absolutista, pero añadiéndole las típicas cláusulas protocolaria, especialmente recargadas en este caso. Se inicia con la dirección, Memorial para el rey..., seguida de la intitulación, Por don Rodrigo...., y tras ésta un escudo real. Luego el tratamiento de cortesía habitual, Señor, y el cuerpo del documento, que se cierra con una nueva cláusula de cortesía, para... la grandeza desta inmensa monarchía que V. Magestad felizmente goze, y otra de sumisión y súplica, suplicando le pase sus reales ojos. Por último, una nueva cláusula de cortesía, Cuya persona guarde Dios..., y la suscripción del autor.

La dedicatoria, de clara inspiración literaria, aunque no tan vacía de contenido y protocolaria como solía ser usual en éstas, se inicia con la dirección, Al Excelentísimo Señor D. Gaspar de Guzmán..., que actúa como mención de la dedicatoria, y el tratamiento de cortesía habitual, Señor Excelentísimo. El cuerpo del documento se abre con un preámbulo tradicional en el que se justifica el documento aludiendo a la grandeza del Conde-duque y a una serie de referentes filosóficos y teológicos bastante tópicos. Le sigue una exposición, concretamente un resumen del memorial y de los objetivos que perseguía su autor, y, por último, un conclusión, inspirada en la sanción de los documentos oficiales, en la que se insta al Conde-duque a apoyar el programa de acción política que se propone en el memorial, acompañado de múltiples referencias históricas y filosóficas. El documento se cierra con unos versos de elogio a la figura del valido y una cláusula de cortesía, Cuya persona guarde.... Lo suscribe únicamente el autor.

El memorial es, lógicamente, el documento más importante. Diplomáticamente adopta, como era usual en el arbitrismo castellano de la época, la forma de un informe, aunque sin seguir escrupulosamente el modelo establecido en la administración ordinaria. Se trataba, en su modelo administrativo originario, de un documento de estructura sumamente simple, expedido con el objeto de ser funcional, no protocolario. Sin embargo, don Rodrigo lo complica introduciendo un preámbulo de contenido filosófico e histórico y extendiéndose sobremanera en la exposición.

Se inicia con un tratamiento de cortesía habitual, Señor, en el que queda sobreentendida la dirección. Le sigue un amplio preámbulo con múltiples referencias filosóficas e históricas y alusiones directas al pensamiento y al trabajo del autor. Ocupa dos páginas y media, aproximadamente, hasta el primer punto y aparte. Luego comienza la exposición, que se prolonga durante siete páginas, en donde expone los argumentos y hechos que obran a favor de su propuesta. Por último, la parte dispositiva del documento, en este caso un parecer o dictamen, que ocupa las últimas cinco páginas. En el escatocolo aparece la usual cláusula de cortesía, Que Dios nuestro señor..., y la suscripción del autor, que hace las veces también de intitulación.

En ningún momento aparece la data u otra referencia que permita conocer positivamente la fecha en que se escribió el documento ni otra incidencia administrativa alguna. La fecha ha de ser, por tanto, deducida de por el contenido del documento. Una primera pista es, desde luego, el hecho de que cite las rentas de la Corona de 1630, luego podemos dar por seguro que el memorial se escribió con posterioridad a esta fecha. Entre las rentas reales que cita está el intento de aumentar el impuesto sobre la sal, sucedido entre 1631 y 1632, así como el estanco del tabaco, cuyo cobro, aunque aprobado en 1632, no pudo empezar a cobrarse hasta 1633 y no se formalizó jurídicamente hasta 1634. Esta sería la fecha extrema más antigua.

No cita la renta del papel sellado, que entró en vigor en 1636, pero tampoco el nuevo Servicio de Millones aprobado en 1633 ni el de 1634. En conclusión, es probable que el memorial fuera escrito entre 1633 y 1634, aunque siempre con un considerable margen de duda. Con una seguridad casi absoluta, se puede decir que se escribió entre 1632, dado que cita las reformas fiscales aprobadas en dichas Cortes de Castilla, y 1636, cuando se aprobó el impuesto sobre el papel sellado. La fecha de 1634 se refuerza por el hecho de que en dichas Cortes el asunto de los juros fue un tema central, incluso en el acuerdo entre la asamblea y el rey para la ampliación del servicio, se otorgaron 600.000 ducados anuales para el rescate de juros situados sobre rentas reales. Don Rodrigo bien pudo escribir su memorial para sumarse al encendido debate que hubo en la Corte por esas fechas sobre el tema.

Don Rodrigo hizo imprimir el memorial en el momento de enviarlo a la Corte, de modo que varias copias circularon entre sus parientes, amigos u otros personajes influyentes a quienes se les enviase. De todas las copias sólo una parece que ha llegado hasta nosotros, según el estado actual de nuestros conocimientos. Permanecía ésta en un fondo de origen desconocido y sin inventariar ni catalogar que conserva el Archivo de la Universidad de Salamanca. En el curso de la realización de una tesis doctoral sobre dicho fondo, obra del Prof. Agustín Vivas, se localizó una de las copias impresas. Aunque no hay certeza alguna, parece ser que formaba parte de los fondos archivísticos embargados a los Jesuitas de Salamanca en 1767 tras su expulsión.

En el texto del memorial anuncia que, junto con él, enviaría, de forma secreta, un listado con los nombres de extranjeros que habían adquirido juros castellanos mediante testaferros. Dicho documento no llegó, como cabía esperar, a imprimirse ni he encontrado noticia archivística alguna sobre su existencia.

También anuncia la impresión de un tratado más extenso sobre la importancia de la agricultura en la formación de la riqueza de las naciones, lo cual enlazaría su pensamiento con la conocida corriente prefisiocrática, con múltiples ejemplos entre el arbitrismo castellano. Tampoco he localizado ninguna referencia ni archivística ni bibliográfica sobre este documento, cabiendo incluso la posibilidad de que nunca llegara a imprimirse.
 

VI.- CRITERIOS DE EDICION

El memorial de don Rodrigo Fuenmayor fue impreso en una edición de baja calidad, de manera que podemos presuponer que un buen número de las erratas que aparecen en el texto son achacables a un trabajo apresurado y poco cuidadoso del impresor. En cualquier caso, se ha optado por mantenerlas literalmente, sólo cuando afectan seriamente a la comprensión del documento se han insertado notas aclaratorias a pie de página o un sic entre corchetes.

Las abreviaturas se resuelven mediante la adición de las letras omitidas en cursiva. Cuando las letras aparecen entre corchetes son inclusiones mías, no abreviaturas.

Don Rodrigo ópuede también que fuese el impresoró hizo un uso muy abusivo de las comas y prácticamente renunció al resto de los recursos de puntuación. En la medida de lo posible he actualizado la puntuación, siempre bajo el criterio de facilitar la comprensión del documento sin alterar el estilo ampuloso, recargado, barroco en extremo, que caracteriza a la prosa del autor.

Los acentos ortográficos se han añadido todos. Este elemento, más la actualización parcial de las mayúsculas, es la única alteración ortográfica que he realizado. Ciertamente, esta decisión dificulta la lectura a los no habituados a este tipo de documentos, pero permite conocer mejor el estilo del autor desde una perspectiva filológica.

El documento tenía notas al margen, pero don Rodrigo, que no tenía una formación académica sólida, comete errores continuos y resulta a menudo imposible localizar el libro o fragmento al que se refiere. He mantenido el original latino, sobre todo como prueba de los escasos conocimientos que de esta lengua tenía don Rodrigo, un indicador infalible en la época para conocer el nivel formativo de cualquier autor. Las notas se insertan entre corchetes en el cuerpo del documento, debidamente referenciadas, para de este modo distinguirlas de las incluidas por mí, que aparecen a pie de página.

Por último, he insertado un buen número de notas explicativas o aclaratorias acerca del contenido del texto, de modo que ésta puede considerarse como una edición crítica o comentada. En cualquier caso, las notas aclaratorias sólo pretenden facilitar la comprensión del documento, posibilitar una lectura profunda, pero no son un estudio sobre el pensamiento político del autor, asunto del que nos ocupamos en un capítulo específico.
 
 

VII.- EDICION CRITICA DEL MEMORIAL
 

MEMORIAL PARA EL REY
Nuestro Señor
Por don Rodrigo de Fuenmayor y Salzedo, Cavallero de la
Orden de Santiago
[escudo real]
SEÑOR

[capital] IMITANDO [a] los de mi casa, y a Millá[n] Ruiz de Fuenmayor, General de la Magestad del Rey don Fernando el santo, y al Licenciado Fuenmayor, de los Consejos Real y Cámara, y a Ruy Díez de Fuenmayor, mi padre, que sirvió muchos años en Flandes en diversos puestos; sirvo con este memorial para el desempeño del Real Patrimonio, perpetuydad y grandeza desta inmensa Monarchía, que Vuestra Magestad felizmente goze. Suplicando le pase sus Reales ojos en premio del continuo trabajo.

Cuya Católica Persona guarde y conserve Dios muhcos años para bien de la Christiandad.

Don Rodrigo de Fuenmayor y Salzedo
AL EXCELENTISSIMO SEÑOR DON
Gaspar de Guzmán, Conde de Olivares, Duque de
Sanlúcar, gran Chanciller de las Indias, Cava-
llerizo Mayor, del Consejo de
Estado, etc.

[capital]SEñor Excelentíssimo, inexusable es dexar de dedicar a Vuestra Excelencia y que sea Mecenas, y patrocinio deste discurso. Buscando el Autor a quien entien de y por sí obra en la satisfación, como en el zelo de mi ofrecimiento, y su Magestad reciba el efecto deste trabajo, que lo he reducido a siete hojas por atender a no servir can sando.

El assumpto es que su Magestad tenga veynte millones de renta tan perpetua y incorporada en su Real mayorazgo, quanto sin carga de vassallos, ayudando Vuestra Excelencia con su gran talento, retornado como las agradecidas fuentes al mar de su Magestad el favor y valimiento, para vivir eternamente en las memorias desta inmensa Monarchía, pues la gloria del entendimiento noble es la alabança, assistiendo al desempeño de su Magestad y a la determinación y provisión de los oficios y mercedes, como causas segundas, para la brevedad de satisfacer a los Iuristas, a imitación de los Angeles y de las Gerarchías mayores para las menores: pues la agudeza de Santo Tomás dize que siendo Dios la inmensa sabiduría y uno en la essencia, son tres personas en el obrar.

Y sien do la riqueza que se propone tan grande, Vuestra Excelencia, con equilibrio de la razón lo esfuerce, pues en la misma paga y satisfación se hallará el poder dar las mercedes a los beneméritos, que es lo que assegura el dominio de los Reyes, que es tener contentos a los vassallos por medio de la justa distribución de los premios, examinando los sujetos de los que huvieren de ser satisfechos a la prudencia, que en obra tan grande y en que va estar su Magestad en la mayor grandeza y riqueza que los entendimientos pueden alcançar.

Es justo que Vuestra Excelencia cuyde de ambas cosas eroycas en sumo grado, mostran do la sangre Real de Guzmán; haziendo esto más que otro ningún privado del mundo, desnaturalizándose y desapropiándose de lo que Dios por sus méritos le dio, mereciendo la soberanía de la gracia y amor de su Magestad, y en esta parte renunciarle las provisiones y mercedes, para que se den a la satisfación y paga que su Magestad ha de hazer a sus acredores. Y haziéndose en el grado y lugar que la virtud, valor, letras y nobleza no queden desfraudadas ni quexosas; pues se ha de atender a los merecimientos; y el que no fuere idóneo para un oficio, aviéndosele de dar por paga de su juro, lo fuera para otro de distinta calidad, y el que para ninguno, lo será para pensión y renta que no tenga dependencia de oficio, con que su Magestad quedará con veynte millones, de que oy no goza cosa alguna, y con los dos de las tres gracias de Cruzada y tres que le traen de las Indias, tendrá veynte y cinco millones de renta cada un año, cosa tan gran de que consiguirá su Magestad y sus descendientes el tener el mundo a sus pies, pues le podrá conquistar y hazer el Imperio Español el más estendido.

Y esto se consigue sin tocar en nueva carga de tributo de vassallos, haziéndoles merced con su Real piedad y paternal clemencia de darles por libres de los tributos y cargas de la sal y su nuevo crecimiento y de las sisas y millones y su nuevo crecimiento y de los derechos de puertos secos, para la unión y comercio de los Reynos desta Corona, levantándola a estado abundante y rico.

Y Vuestra Excelencia dará esta cantidad sacándola de la ignorancia misma. Pues aunque la privança y govierno está expuesta a la censura y a lo poco justificadas quexas del inconstante pueblo, que como bestia de cien cabeças sigue diferentes opiniones impossibles de concordar y assí se sujetan a las calunias que refere Séneca + [nota al margen: *Séneca, de Consolat. ad Polybium, c. 26. Multa tibi non licent, que humilibus in angulo iacentibus licent, Magna servit est magna fortuna. Non licet tibi quidquam arbitrio tuo facere: audien da sunt tot hominum millia, tot disponendi libelli, tantus rerum ex orbetoto accurrentium con gestus. Non licet tibi unquam frentes audire possis. Ut periclitam tium, et ad misericordiam mitissimi Caesaris Pervenire cuprem tium lachrymae prosint, tibi tuae exsican dae sunt.], si bien, aunque con los ojos de la invidia no me podrán negar que aviendo sido tan pocos los privados que han merecido aplausos generales, considerando los desinteressados, les lleva Vuestra Excelencia ventaja, pues se halla oy con el empeño y en el mismo estado de medra de hazienda que tuvieron sus predecessores, en quien conoció el mundo las dos virtudes, una interior y otra exterior, tan necessario que concurran ambas, siendo el oficio de la una carcelar los afectos dentro de los límites y raya de la razón y la política que enseña a cuydar más del bien común que de la utilidad propia.

Y esto anima a que se arrime el [h]ombro para que el peso de los negocios no opriman las fuerças de su Rey, como hazía Daniel + [nota al margen: Dan. 6.c. Et Rex non sustineret molestiam], pues no ay suficientes alabanças, como dixo Claudiano + [nota la margen: Claud. Quid dignum te laude seram, que pene ruen ti.]. Y pues se hallan en Vuestra Excelencia con eminencia ambas virtudes, trayendo con la interior ajustada a la conciencia a la ley de Dios y poniendo en la exterior cuydado y vigilancia en servir a su Magestad sin manchar con inlícitas negociaciones la pureza de la privança, aviendo juntado en ella la dignidad del oficio con el exercicio de las virtudes realzadas con ciencia, experiencia y prudencia, dándoles nuevo esmalte con los tres términos que yo hallo en mi política, zelo del bien público, ciencia y el no estar atenido a su valimiento, siendo como dixo Job, ojo para el ciego, pie para el tillido, mano para el manco, tutor del pupilo, amparo del huérfano, remedio del pobre, consuelo del triste. Socorriendo y consolando a todos, trayéndolos en el seno, como le man dó Dios a Moysen.

Y assí es justo no cansarse con accidentes por lograr acciones tan eroycas. Y sepa el mundo lo que de Trajano refiere Plinio + [nota al margen: Plin. Instar refectionis existimas mutationem laboris], que el alivio que tomava en unos cuydados era para passar a otros. Y pues la Divina porvidencia le ha dado a Vuestra Excelencia tantas dotaciones, prudencia para los Consejos, valor para los encuentros, industria para los negocios, expediente para los despachos, presteza para la execución, calidades que pide Cicerón + [nota al margen: Cicer. pro lege Manilia.] empleadas con gusto en el beneficio del Reyno, sirviendo con toda fidelidad, como Iosué a Ioseph, Daniel a Moysén, Faraón a Nabucodonosor [nota al margen: Isidorus de vita, et morte Snactorum, c. 10. et 27. et 411.], sin emulación de enemigos, dando motivo a las desapasionadas plumas que escrivieren los anales destos tiempos para atribuyr a la prudencia y valor de Vuestra Excelencia siendo Idea de buenos Privados, por quien dixo un Autor moderno:

Pues la cortés estrella que os inclina

A privar sin codicia, y sin vengança,

Milagro que a la invidia desatina.

Cuya Persona guarde y conserve Dios muchos años.

Don Rodrigo de Fuenmayor y Salzedo.
 

S E Ñ O R

[capital] Los inumerables Reynos y Provincias desta inmensa Monarquía, que pertenece a Vuestra Magestad por justo derecho y sucessión legítima, que felizmente ha de continuar en sus sucessores, es justo que, mirándolos como hereditarios y exerciendo el oficio de Rey que Dios le encomendó, trate no sólo de su conservación, pero de su aumento, que ésta fue la principal condición con que el pueblo passó en los Reyes la potetad Real.

Y porque con mayor comodidad sin atender a otra cosa cuydassen del bien de los súbditos alentando las Artes, aumentando la Agricultura, pacificando la Provincias, limiando de Co[r]sarios los mares, repeliendo los enemigos, aquietando sediciones, castigando culpas y premiando virtudes; y finalmente conservando el pueblo en amor y concordia, porque se señalaron para su sustento los pechos y tributos, que es lo que dixo San Pablo [nota al margen: *Pabl. ad Rom., cap. 13.].

Con que precisamente no es materia dudosa que ha de estar premanente en ser y union del vínculo y mayorazgo para cumplir las obligaciones que le pertenecen y que no esté como de presente en manos de la necessidad, que parece está en un hilo muy delgado, y en estado que el remedio ha de ser de la mano de Dios [nota al margen: Iudit 8.18.].

Con que es sin piedad no remediarla, y que Vuestra Magestad esté y reyne con tranquilidad y descanso, que es el intento de aver puesto el ombro al trabajo continuo de doze años, andando como a caça de hombres famosos y eminentes con quien he comunicado las cosas de la hazienda de Vuestra Magestad y he sacado (si bien por medios diversos) la resolución deste discurso, que es de los juros y situaciones, patrimonio y mayorazgo de Vuestra Magestad y sus alimentos, que han sido vendidos y hechos de merced a diferen tes personas, assí del Reyno como a Estrangeros, que oy las tienen ocupadas, de las quales no goza Vuestra Magestad cosa alguna.

Y aunque bastaran las consequencias, como la ley de la Magestad del Rey don Iuan el Segundo, que revocó y anuló todas las mercedes y compras, privilegios dados de su Real patrimonio. Y la renovó y revalidó la Magestad del rey don FelipeTercero [sic ], que santa gloria aya, padre de Vuestra Magestad en el año de mil y quinientos y setenta y siete, mandando se guardasse y executasse inviolablemente.

Y la Magestad de los Reyes Católicos revocaron promulgando ley sobre esto mismo, y de todas las mercedes que la Magestad del Rey don Enrique Quarto avía hecho. Y restringieron y moderaron, el año de mil y quatrocientos y noventa y dos, todos los privilegios y mercedes hechas. Y en su testamento la Magestad de la dicha Reyna Católica dexó declarado que las mercedes y rentas que avía dado de su Patrimonio Real avían sido contra su voluntad y assí las revocava y dava por ningunas.

Porque por todo derecho Divino y Humano, Natural y Positivo, y en razón de estado y buen govierno, y en justicia y conciencia devían los Reyes de todo lo que les pertenece y toca a su Patrimonio Real, insinuando los contratos, deshaziéndolos y aniquilán dolos, restituyéndose como en causa mayor, urgen te y justa. Pues con este remedio cessan los repartimientos y tributos y nuevas cargas, para conservación y alivio de los vassallos y reciprocamente darse las manos para poderse traer en los ombros el Reyno, llevando en paciencia los tributos; y el Rey doliéndose de su desconsuelo quando lleva más de lo que puede[n].

Porque la Magestad del Rey don Enrique Tercero, quinto abuelo de Vuestra Magestad, queriendo sus ministros imponer un tributo, respon dió que no se hiziesse, porque temía más las lágrimas y maldiciones del pueblo que las armas de los enemigos. Y porque el oficio y fin para que se hizo el Rey fue para la República y no la República para el rey [nota al margen: S. Bernard. fol. 10.].

De manera que el punto deste discurso es si Vuestra Magestad puede insinuar los contratos hechos de sus ascendientes que están jurados en con trato expresso y despachados sus privilegios y cédulas de las cantidades de sus créditos. O si se estiende este poder sólo en las mercedes hechas con ignorancia o por importunidad o desmesuradas, que en estas era justo que Vuestra Magestad se restituyera no sólo en la propiedad, sino en los réditos que han gozado con título escrupuloso, como se dirá adelante.

Mas si el Derecho assienta que la general cessión de bienes no valga, qué más importa que Vuestra Magestad y sus ascendientes Reyes den su patrimonio y mayorazgo y alimentos en una cessión junta que dividida en diez mil cessiones, si es de la misma can tidad y de los mismos efectos de sus rentas Reales. Con que ha quedado desapropriado y sin renta alguna, qué calidad le dará más a la duda el que sea en una o en muchas escrituras, si es de lo reservado y puro y que ha menester que no se puede desnaturalizar ni desapropriarse destos bienes Quando supusiéramos estuvieran todos ven didos justificadamente y no tuvieran los más de los vendidos y hechos de merced la falencia de los que tantos por malos medios los han adquirido y alcançado.

Porque nadie puede ser dueño de dar lo que naturalmente necessita, pues es contra derecho y caridad quitarse lo que ha menester, y la razón es llana. Pues sus ascendientes de Vuestra Magestad han vendido y hecho de mercedes las rentas de su Real patrimonio, siendo las forçosas para sus alimentos y en daño y perjuicio de tercero, que sin su consentimiento no se pudieron vender; pues nadie puede dezir que ayan prestado caución tácito, ni expresso.

Porque estando ven didas como de presente y no gozán dolas Vuestra Magestad les resulta el echarles nuevas cargas y imposiciones, crecimiento de rentas tales que no las pueden llevar, ni dexarse de assolar y aniquilar el Reyno y Vuestra Magestad estar siempre necessitado y pobre. Porque no se proporciona el remedio con la enfermedad, ni la cantidad que los vassallos pueden dar, aunque lo diessen todo y se quedassen sin cosa alguna, para suplir la necessidad y gastos forçosos, por estar la República dibilitada y el estado plebeyo aniquilado y la labrança, que es quien sustenta la grandeza de los Reynos. Assí la agricultura como las personas laborantes, porque de la parte de los bienes naturales falta gente para labrar los cam pos y de la parte de los frutos industriales faltan laborantes para el trabajo y beneficio, que es la mayor riqueza. Que si oy los que han escrito de la fertilidad y riqueza de España le passaran los ojos, reconocieran de nuevo la diferencia que quando escrivieron Ptolomeo, Marino Sículo, Aposidonio, Iuan Botero, y la historia de los Reyes de Segorbe, donde se refieren la grandeza, riqueza y fertilidad de España.

Pero lo que más admira es que ayan venido a ella desde el año de mil y quinientos y diez y nueve hasta el de mil y seiscientos y treynta, mil y quinientos y sesenta y ocho millones registrados, que tal riqueza admira a los entendimientos. Con que se prueva prudencialmente que no la hace rica a una Provincia la plata, ni el oro y que la verdadera riqueza es la natural de los frutos.

Y para este punto ofrezco dar un papel que está en impresión en favor de la agricultura (a que me remito), pues no toca en este discurso, sino el de que Vuestra Magestad no esté necessitado y pobre, viviendo de anticipaciones, socorros y empréstidos [sic]. Con que no puede aver aumento ni socorro a tiempo, que muchas veces causa más daño el esperar el socorro que puede suplir el conseguirle. De que han resultado que en los exércitos y armadas del más rico Príncipe del mundo se ayan conocido infinitas necessidades. Que es lo mismo de que se quexaba Conon General de Artaxerxes, diziendo que sus exércitos de tierra y sus armadas de mar se perdían por pobreza, siendo tan rico y poderoso, y que eran vencidos por el mal orden que avía en remitir el dinero y hazer los aprestos a tiempo [nota al margen: V.T. Rog. libr. 6.].

De manera que el assumpto y intento deste discurso es remediar a Vuestra Magestad y darle renta suya conviniente y necessaria; y al Reyno y República conservarle, enriquezerle y aumentarle, que son las dos cosas a que estoy empeñado en este trabajo. Satisfaciendo a los confiados Iuristas y tenedores del Patrimonio Real, que entienden y creen para sí se les deve derecho Divino y Natural y que tienen naturaleza eterna, como si fueran dioses. Y que Vuestra Magestad sirva de un quidam y que esté su Consejo de Hazienda hecho un esclavo y Mayordomo perpetuo de los que tienen juros, pues no tiene más del nombre del Rey de tan tos tributos como pagan los Reynos y que se los lleven cada año los dueños de los juros, dexando a Vuestra Magestad en tan extrema necessida[d] y sin darle alimentos ningunos, siendo de naturaleza innegables y que no se pueden ni han podido apartar del mayorazgo y Real Patrimonio. Y como si Vuestra Magestad no fuera señor del positivo, que deve justamente deshazerlo, insinuarlo y revocarlo, para que saliesse el remedio de lo mismo que ha sido causa del daño * [nota al margen: Séneca. I.]

Y suponiendo, para responder a los Iuristas, y personas que ocupan los alimentos, y patrimonio de Vuestra Magestad que están tan cargados de juros, assí Ministros, como assentistas estrangeros, que unos por la usura, y otros por la negociación, parece que tropieçan en ellos, hazien do escrúpulo, o miedo de gozarlos por sus personas: y assí los ponen en cabeça de otras, como se dará memoria secreta a Vuestra Magestad de quatro millones, y setecientos mil ducados de renta cada año, cuyo trabajo se conocerá en la dicha memoria a que me remito.

Mas suponiendo que todas las cantidades y principales de los juros se han recibido enteramente que hizieron sus contratos y los juraron y dieron sus privilegios auténticos, a cada uno de su crédito, por el dinero y precio justo, como por paga y de remuneración de servicios, a que me toca satisfacer en justicia. Pues passa por todos los que tienen mayorazgos, pues estando empeñados se les da alimen tos en daño y perjuizio de sus acreedores, graduándolos en la concurrente cantidad que sobra, pagando primero las cargas forçosas y administración de la hazienda y alimentos del señor: y los que no caben o alcançan quedan sin renta y sin crédito alguno, que es cosa llana, corriente y ordinaria.

De manera que assentado el punto como verdadero: que la renta de Vuestra Magestad es mayorazgo y que está vendida y enagenada en daño y perjuizio y assolamiento de todos los Reynos desta Corona, porque es causa se ha de escusar de tomar los alimentos. Pues si se dan en consideración de la calidad y obligaciones del señor, no avrá ningún hombre docto que dexe de aplicar a Vuestra Magestad por alimentos todas las rentas de su patrimonio y Real Mayorazgo.

Y en quanto al punto que pueden alegar los que gozan la dicha hazienda Real, de dezir que no se puede romper el juramento y tener las donaciones, mercedes, ven tas, transacciones [y] privilegios jurados. Se responde. Puede muy bien Vuestra Magestad deshazer y romper el juramento, assí el que hizieron los ascendientes Reyes de Vuestra Magestad como los propios: Porque no se ha de cumplir juramento quando ay error en cosa sustancial. Assí lo siente San Agustín, la Glossa ordinaria, Massio, Arias Montano. * [Nota al margen: August. Q. 13. Iosue, Caterias per Iosue, c. 8.].

Pues admira que tenga Vuestra Magestad veynte millones de renta de su patrimonio y Real mayorazgo y que no goze cosa ninguna dellos. Y pretenda sustentarse y mantener una Monarquía tan dilatada con tributos tan pobres y con nuevas cargas impossibles a sus fuerças. Con que se despueblan y consume la República en tanto grado, que no se haze relación por menor por el desconsuelo universal y porque se reconoce de todos. Si bien lo deven de ignorar algunos Ministros, que les parece es más llevadero. Pues siendo esta materia tan cierta y clara y verdadera, no la han venerado, aclamado y aplaudido, siendo tan reconocidos los inconvinientes y tan fácil el hazer juyzio entre los unos y los otros, pues de la parte que se elige se toca con las manos y los otros apenas se veen con el entendimiento.

Parece que pagar usuras, que llaman réditos, es contra derecho Divino y sólo se puediera dispensar, conforme el motu proptio de su Santidad, entre vassallo y vassallo, que llaman censos. Pero no es justo observarlo contra el derecho de Vuestra Magestad, pues aunque cinco por ciento es poco número para ser usura, no está en la cantidad de llevar poco o mucho por ciento, sino pagar el empréstido con cantidad conocida sin riesgo alguno y que se pague [en] el plaço y [en] el tiempo. Demás que a su Rey y señor legítimo, que hazen sus vasallos en prestarle dinero, para necessidades de su misma defensa y conservació[n] y que Vuestra Magestad se lo buelva.

Compútese los años que les ha pagado réditos, con que avrán cobrado más de veynte vezes más que la cantidad que prestaron y Vuestra Magestad damnificado en tantas sumas y millones, pues no ha gozado cosa alguna de tan tas ren tas como pagan los Reynos para los alimentos de Vuestra Magestad; que en mi opinión tienen la misma naturaleza que bienes Eclesiásticos. Porque la Magestad suprema, Católica, ungida y santa, constituyda inmediatamente en ser Ministro de Dios y su Virrey en la tierra, con que siéndolo Vuestra Magestad, ha de gozar sus rentas y alimentos y Real patrimonio de la manera que si fuera renta de diezmos de Iglesia, que no se pueden vender ni han podido ser vendidos: porque son para la congrua sustentación y culto. Y quando mucho se puedan empeñar por tiempo limitado. Y esto ha de ser con con [sic] calidad y condición que se dexen alimen tos para la Iglesia, que es el punto determinado deste discurso. Falta aora averiguar con verdad y por menor qué rentas son las que yo pretendo que Vuestra Magestad goze, que son como se sigue:

El Reyno de Castilla está obligado a

pagar por las alcavalas y tercias 1.033 quento s 636.000

De lo que creció esta renta en el

último encabeçamiento. 82 quento s

El almoxarifazgo mayor de Indias 310 quento s

Salinas del Reyno 158 quento s

Los puertos secos de Aragón 40 quento s

Los de Portugal 33 quento s 500.000

Mas mercaderías vedadas destos

puertos 50 quento s

Los diezmos de la mar 339 quento s

La renta de los esclavos 50 quento s

La del solimán, y açogue 14 quento s 800.000

La de los naypes 40 quento s

La pimienta 60 quento s

La de los ganados 33 quento s

La yerva de Calatrava 40 quento s 600.000

La de Alcántara 40 quento s 200.000

La Cochinilla 20 quento s

Los derechos de las lanas 70 quento s

Las Islas de Canaria 15 quento s 500.000

La moneda forera 1 quento s 300.000

El servicio de galeotes 2 quento s

Servicio ordinario y extraordinario 150 quento s

Las penas de cámara 30 quento s

La sedas de Granada 16 quento s

La renta de las casas de aposento 120 quento s

El estanque del tabaco 8 quento s

El estanque de la goma 4 quento s

Los maestrazgosde San tiago,

Calatrava, y Alcántara 300 quento s

La Corona de Aragón 300 quento s

El Reyno de Navarra 7 quento s

Las alcavalas de Portugal, con otras

ren tas, adoanas, y puertos de mar,

almoxarifazgo, y casa de la India 1.500 quento s

El Estado de Milán 625 quento s

El Reyno de Nápoles 1.500 quento s

El Reyno de Sicilia 645 quento s

Que todo suma y monta siete mil seyscientos treynta y seys quentos de maravedises, que hazen los dichos veynte millones. De que Vuestra Magestad no goza cosa ninguna, por estar todas estas rentas vendidas y hechas de mercedes.

Los dos mil novecientos y ochenta y ocho quentos de maravedís, que hazen siete millones y seyscien tos mil ducados cada un años, son efectos de sólo el Reyno de Castilla. Y los quatro mil quinientos y treynta y tres quentos de maravedís, que hazen doze millones y quatrocientos mil ducados cada un año, son los que pagan las Coronas de Portugal, Aragón, Valencia, Cataluña, Nápoles, Sicilia [y] Milán, conforme las partidas por menor que van puestas.

Pues admira que tenga Vuestra Magestad veynte millones de renta en cada un año, riqueza tan grande que da admiración, y que Vuestra Magestad quiera passar sin quitarlos de rayz, enjugando las lágrimas de los pobres vassallos, que con gemidos lloran y sienten que lo que contribuyen del sudor y trabajo se lo lleven los poderosos y ricos, dexando a Vuestra Magestad en pobreza y necessidad, contra lo que San Isidoro pondera * [nota al margen: Isidor. Libr. 3 de sum. bono, c. 44.]: Que era grave culpa dar a los poderosos la sangre de los pobres, que es quitar el agua de la tierra árida y seca y aumentar los ríos caudalosos. Pues qué será las inmensas razos [sic] que ay de citado y congruencia y justicia, por los efectos eroycos desta resolución, pues se perpetuará esta inmensa Monarquía y sin lisonja ninguna tendrá el mundo a sus pies.

Previniendo con la execución breve los daños por venir. Porque si se conserva una casa, una familia, una República, un Reyno, una Monarquía, conforme la riqueza. Y el día que se empobrece en el mismo grado se aniquila y deshaze, prevención que San Agustín dixo: que la providencia era un cierto conocimiento que antevé el sucesso de las cosas futuras, conjeturando por lo passado y presente lo que está por venir, previniendo con el consejo las calamidades que se temen * [nota al margen: Agust de Spiritu, et anima]. Para que la invasión e sus enemigos setarios, infieles y Mahometanos no la puedan destruyr, antes vaya y esté como el Sol. Pues va en la execución deste punto quatrocientos millones de principal y veynte de renta, que es tesoro de tesoros y riqueza de riquezas.

Y esto se consigue sin nuevo tributo, repartimiento, imposición o carga, sino usando Vuestra Magestad del mismo derecho que usan sus vassallos con sus acreedores. Y quan do se le diera por los que están gozando las rentas y Real patrimonio de Vuestra Magestad, es justo lo paguen, pues son los poderosos, pues es razón que la grandeza, la riqueza, sea tributaria a los Reyes y no la necessidad* [nota al margen: S. August.].

Demás que esta materia de juros, si Vuestra Magestad manda hazer reparo en ella, está adulterada gravemente. Porque en todos los miembros de las rentas que se pagan a juros ay muchos que no caben y estos son los que verdaderamente se les devía pagar, porque dieron de su dinero y hazienda el precio justo y los que oy los gozan. Con que han quedado los más naturales del Reyno sin hazienda, por gozarla los assientistas y estran geros y hombres de negocios, que por los assientos, y capítulos pidieron fincas y antedatas, para poner en lugar que cupiessen y cobrassen los juros que compraron ellos por precio muy baxo, hazien do con estas usuras consequencia de los interesses, que han llevado por las anticipaciones y otras inteligencias particulares que han corrido en razón de antedata por los Presidentes de hazienda. Que todo se ha trabucado para extinguir el gozo de los juros de los naturales del Reyno, los quales, viéndose sin usufruto, los han vendido a los dichos assientistas al precio que les han querido dar, que este daño ha[n] causado las condiciones de los assien tos que se han hecho.

Y en el estado presente no avrá hombre docto que no reconozca que es acto de justicia el gozarlos Vuestra Magestad. Porque si se le puede dar nombre de tributo o insinuación. O restituyrse Vuestra Magestad en su hazienda en daño y deterioración de los vassallos que los compraron, lo fue quando se varajaron las fincas, situaciones y cabimientos, con cuya causa los naturales vassallos perdieron sus créditos, que oy será consuelo suyo, y como restituyrse el que Vuestra Magestad los goze, pues es más justo.

Y para que no aya escrúpulo alguno y Vuestra Magestad use de su clemencia y paternal piedad para el acierto de satisfazer a las personas que se les quitare de presente los juros, que para el buen acierto se halla servido de tales Ministros, a cuyo talento se puede aplicar lo que encargava el Rey Atalarico* [nota al margen: Cassidior. lib. 9. epist. 24], pues el zelo y satisfación que exercitan les toca tan suprema determinación. Pues la materia y punto que se trata no va menos que la exaltación de la yglesia y passar esta Monarquía a la mayor alteza que los enten dimientos de los hombres pueden llegar a alcançar.

Y por el trabajo que en tantos años he continuado para la satisfación deste punto y saber por menos que tiene Vuestra Magestad setenta y cinco mil plaças de que hazer merced a sus vassallos, con que tendrá Vuestra Magestad muy fácil la satisfación. Que ha de ser a solos aquellos que con stare con verdad aver comprado juros por su justo precio y que sus ascendientes Reyes de Vuestra Magestad los huviessen recebido, que conforme a la distinción de estados y personas que oy los gozan, sobrará mucho con que satisfacer, pues no se deve dar ninguna por muchas razones, que por no cansar con tanta copia las escuso, nombrando a quien se deve quitar de rayz los juros y a quien se deve dar satisfación con los oficios de mercedes dichos.

A los estrangeros, que los han adquirido por la negociación de los asientos, inteligencias, compras, cessiones y pagamentos que Vuestra Magestad les ha hecho, de que se han enriquezido en tanto grado ellos y sus Repúblicas que oy gozan muchas cantidades en España y Italia.

A los Ministros que los han comprado, pues demás de aver incurrido en la ley que dixo Iustiniano * [nota al margen: Iustin. in L. Unica, C. de contraetibus iudicum, L emere, L qui officiis, ff. de contrabenda empt. L. aufertur, ff. de iure fisci.], hizieron negociación y cometieron delito, pues están gozan do con demasía de la hazienda, gages, emolumentos [y] ayudas de costa que Vuestra Magestad les da.

Y mucho menos a todos los que están gozan do gages de Vuestra Magestad en plaças y goviernos y Alcaydías, Encomiendas y Obispados.

Tampoco a los que gozan Concejos, Cabildos y propios de lugares, pues soltando los juros vienen a ser más interessados en no pagar ellos y la República los tributos de la sal y millones y nuevo crecimiento, pues Vuestra Magestad les ha de dar por libres, levantándolos a estado abundante y rico.

Ni a los que tienen los grandes señores de más de sus rentas, que esto se ha de regular con el equilibrio de la razón, para ver si sin hazerles falta considerable pueden hazer suelta de los juros y se les de satisfación a la prudencia del Consejo.

Ni tampoco a los que ocupan Universidades, Comunidades, Iglesias, Monasterios, Hospitales, Aniversarios, Fundaciones [y] Cofradías. En el mismo grado y estilo si se pueden pasar sin los juros y en el mismo grado y estilo de si pueden passar sin los juros [sic].

Y en la parte que pareciere impiedad, satisfacerles en mercedes de oficios, rentas y pensiones, haziendo la liquidación de cada uno que tiene juro en la manera dicha, con que se podrá satisfacer a los que se huviere de hazer con muy poco trabajo. Y aunque fuera mucho, no se ha de huyr del, pues todos los incon vinientes, si se mira con el zelo de piedad y religión, no pesan más de la una parte que la codicia o comodidad de quatro Iuristas. Y de la otra, el estar Vuestra Magestad y sus predecessores seguros, libres y essemptos de la tyranía y yugo de la necessidad; y con poder y grandeza y riqueza tan grande, que sus efectos digan si es nueva regeneración o nueva redempción del estado en que Vuestra Magestad y sus descendien tes, que Dios Nuestro Señor perpetúe y con serve, para su servicio y gloria, hasta la fin del mundo.

Cuya Católica persona guarde y conserve Dios muchos años.

Don Rodrigo de Fuenmayor y Salzedo.
 
 
 

VIII.- BIBLIOGRAFIA DE REFERENCIA

VIII.1.- Criterios de selección

El extenso repertorio bibliográfico que a continuación se incluye tiene por objeto posibilitar la profundización en los principales ámbitos desde cuya perspectiva podría ampliarse el estudio del memorial de don Rodrigo Fuenmayor, su vida y su entorno vital e intelectual.

Un primer conjunto de obras son referidas a la diplomática moderna y ciencias afines, las cuáles podrían ser la base inicial para un estudio documental y archivístico de la obra de don Rodrigo. Como complemento de este tipo de enfoque, se hace necesario disponer de un referente jurídico sólido acerca de la organización institucional de la Administración de los Austrias. Esto es doblemente necesario puesto que don Rodrigo no sólo intentaba con su memorial aliviar los problemas financieros del rey, también aspiraba a mejorar el funcionamiento de la Administración mediante una selección más rigurosa de su personal.

Otro grupo de obras son memoriales enviados a la Corte durante el siglo XVII, punto de referencia inexcusable para ubicar intelectualmente el trabajo de don Rodrigo en el contexto del arbitrismo castellano. Si relacionar a don Rodrigo con las obras de otros arbitristas contemporáneos, todavía lo es más tener en cuenta las interpretaciones que, desde el siglo XVIII, se ha hecho de este tipo de literatura política.

Don Rodrigo, como he tratado de poner de manifiesto, no sólo fue un arbitrista, también intentó, al final de su vida, poner en práctica sus opiniones políticas, recurriendo incluso a la violencia popular. Por este motivo se incluye un repertorio de trabajos sobre los conflictos sociales en la Edad Moderna, así como bibliografía básica sobre la sociedad, la política, la economía y la cultura española del siglo XVII.

Por último, su entorno vital riojano resulta importante para entender su vida y, en lógica consecuencia, su pensamiento, también sobre este tema se ha incluido un repertorio bibliográfico actualizado.
 
 

VIII.2.- BIBLIOGRAFIA

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